El Grupo de supervisión de las actividades de CECoP

El Grupo de supervisión de las actividades de CECoP se encarga de realizar un seguimiento de la aplicación del Programa de CECoP de la Convención y de presentar informes al respecto, además de establecer prioridades en materia de comunicación, educación, participación y creación de capacidad.

Se constituyó en la 34ª reunión del Comité Permanente en 2006, en respuesta a la petición realizada por las Partes Contratantes a través de la Resolución IX.18 de 2005.

El mandato del Grupo se actualizó en 2022 mediante la Resolución XIV.8, con las siguientes funciones:

  • Obtener los resultados solicitados específicamente en materia de comunicación, fomento de capacidad, educación, concienciación y participación (CECoP) en resoluciones de la Conferencia de las Partes Contratantes (COP) y el Plan Estratégico.
  • Examinar las necesidades de CECoP y las deficiencias en su aplicación a fin de determinar las actividades de CECoP que se deben integrar en el Plan Estratégico.
  • Supervisar e informar sobre las cuestiones actuales de CECoP en el marco de la Convención y de los progresos logrados en la aplicación de las Prioridades actuales de CECoP, especialmente en lo que se refiere a las actividades de CECoP incluidas en el Plan Estratégico, así como en las resoluciones de la COP.
  • Asesorar al Comité Permanente y a la Secretaría sobre las prioridades del trabajo de CECoP en el ámbito nacional e internacional, incluyendo las prioridades del Grupo de Examen Científico y Técnico (GECT).
  • Coordinarse con otros acuerdos multilaterales sobre el medio ambiente a fin de mejorar las sinergias entre convenciones en lo que se refiere a CECoP.