La
Convención de Ramsar sobre los Humedales
Resolución IX.2 -- Los aspectos científicos y técnicos de la Convención
| "Los humedales
y el agua: ¡mantienen la vida, nos dan el sustento" 9ª Reunión de la Conferencia de las Partes Contratantes de la Convención sobre los Humedales (Ramsar, Irán, 1971) Kampala, Uganda, 8 a 15 de noviembre de 2005 |
Resolución IX.2
Futura aplicación de los aspectos científicos y técnicos de la Convención
1. RECORDANDO que en la Resolución VIII.45 las Partes Contratantes reconocieron la necesidad de hacer más eficaz y eficiente el proceso de redacción, examen, adopción y aplicación de las Resoluciones y Recomendaciones;
2. RECONOCIENDO que con el conjunto cada vez mayor de orientaciones técnicas y científicas y otros materiales de que disponen las Partes, la disposición de diversos marcos globales para importantes aspectos diferentes de la aplicación de la Convención, como el Marco general para la aplicación de la Convención (Resolución IX.8), el Marco conceptual para el concepto de uso racional (Resolución IX.1, Anexo A), el Marco estratégico y lineamientos revisados para el desarrollo futuro de la Lista de Humedales de Importancia Internacional (Resolución IX.1, Anexo B), el Marco integrado para los lineamientos de Ramsar en relación con el agua (Resolución IX.1, Anexo C), y el Marco integrado para el inventario, la evaluación y el monitoreo de los humedales (Resolución IX.1, Anexo E), suponen un valioso paso para dotar a las Partes con mejores medios para aplicar la Convención, así como para identificar lagunas en las orientaciones existentes;
3. ACOGIENDO CON AGRADO la preparación de una Serie de Informes Técnicos de Ramsar a fin de publicar metodologías, exámenes e informes técnicos detallados sobre la ecología, la conservación, el uso sostenible y el manejo de los humedales, como medio de prestar un servicio de apoyo informativo mejorado a las Partes Contratantes y a la comunidad más amplia que depende de los humedales para ayudarles a llevar a la práctica la Convención de Ramsar;
4. RECONOCIENDO ASIMISMO que ciertas acciones de aplicación científica y técnica se especifican en varias otras Resoluciones de la presente reunión de la Conferencia de las Partes y que tales Resoluciones tienen como fin centrarse en áreas de prioridad específicas de políticas en proceso de evolución en el marco de la Convención, en tanto que la presente Resolución pretende ofrecer una visión general de las acciones clave de la aplicación científica y técnica para la Convención durante 2006-2011;
5. RECORDANDO que la Resolución VIII.28 estableció un mecanismo para la determinación de prioridades en la labor del Grupo de Examen Científico y Técnico (GECT); y
6. CONSCIENTE de que no ha resultado posible progresar en elementos importantes de la labor prioritaria del GECT durante el trienio 2003-2005, y de que la completa realización del programa del Grupo sigue dependiendo de los recursos, especialmente de las contribuciones voluntarias de las Partes y otras entidades;
LA CONFERENCIA DE LAS PARTES CONTRATANTES
7. APRUEBA las acciones de prioridad inmediata y de alta prioridad para el GECT durante el trienio 2006-2008 que aparecen en el Anexo 1 de esta Resolución, y TAMBIÉN APRUEBA la lista de acciones del Anexo 2 como un programa para la aplicación científica y técnica de la Convención durante el período 2006-2011;
8. ENCARGA a la Secretaría que refunda en el Anexo 2 de esta Resolución, cuando proceda hacerlo, cualquier nueva acción de aplicación científica y técnica que se derive de otras Resoluciones aprobadas por la presente reunión de la Conferencia de las Partes;
9. SOLICITA a la Secretaría que refunda los Anexos 1 y 2 de esta Resolución con el Anexo de la Resolución IX.8 a fin de que conformen el Plan de Trabajo de la Convención para 2006-2008, y lo ponga sin demora a disposición de las Partes Contratantes y demás interesados; e
10. INSTA a las Partes, los donantes, los organismos intergubernamentales, las Organizaciones Internacionales Asociadas, las ONG nacionales, y otras entidades a utilizar este programa, incluido el programa de costos para las acciones de prioridad inmediata y de alta prioridad del GECT contenidas en el Anexo 1 de esta Resolución, a fin de decidir prioridades para su apoyo financiero y de otro tipo con miras a la futura aplicación científica y técnica de la Convención de Ramsar.
Anexo 1
Tareas de prioridad inmediata y de alta prioridad, y los costos estimados de su realización, para el programa de trabajo del GECT para 2006-2008
El Grupo de Examen Científico y Técnico y la COP9 han recomendado las siguientes 26 tareas y sus costos estimados como actividades prioritarias para su plan de trabajo durante el trienio 2006-2008. Se dividen en dos categorías, a saber:
i. Tareas de Prioridad inmediata: las que el GECT debería iniciar lo antes posible en el trienio 2006-2008 utilizando recursos disponibles; y
ii. Tareas de Alta prioridad: las que deberían iniciarse durante el trienio 2006-2008, siempre y cuando lo permitan los recursos disponibles del GECT. Algunas de estas tareas de Alta prioridad dependen asimismo de la realización previa de ciertas tareas de Prioridad inmediata.
Se han determinado diez tareas de Prioridad inmediata para el GECT, que abarcan los siguientes temas:
Los costos estimados provisionales se basan en que, para llevar a cabo la labor que exige cada tarea, el GECT necesita contratar a uno o varios expertos. El GECT y sus Grupos de Trabajo de expertos han elaborado los costos estimados - cuando comience el trienio 2006-2008 se establecerán cálculos de costos más precisos y formas y medios de llevar a cabo esas tareas, algunas de las cuales tal vez no necesiten las mencionadas consultas de expertos, a través de los mecanismos establecidos en el marco del modus operandi revisado del GECT (Resolución IX.11), y de los cuales se informará al Comité Permanente.
Los costos estimados provisionales para las doce tareas de Prioridad inmediata son CHF250.000, y para las otras catorce tareas de Alta prioridad para 2006-2008 son CHF 190.000.
En este Anexo se ofrecen los títulos abreviados de algunas tareas. Mediante la numeración de la tarea pertinente utilizada como referencia en el Anexo 2 se puede obtener una descripción completa de la misma.
I. Cuestiones dimanantes de la Resolución VIII.45 y las funciones "actuales" del GECT
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Tarea y producto |
Costo estimado provisional |
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Prioridad inmediata |
Mínimo
(se cubrirá en el marco del modus operandi para las reuniones y procesos del GECT)
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3. Mantener una perspectiva de progreso con respecto a los aspectos científicos y técnicos de la aplicación de las Resoluciones de la COP. Prioridad inmediata |
20.000 (si, tras su evaluación, la tarea requiere consultas con responsables del manejo de sitios, Partes Contratantes u otros) |
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- identificar lagunas, - recoger orientaciones anteriores en documentos actualizados, y - proponer la retirada o supresión de los documentos obsoletos. Prioridad inmediata |
5.000
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Subtotal: |
25.000 |
II. Cuestiones relativas al Marco Conceptual para el uso racional de los humedales y el mantenimiento de sus características ecológicas (Resolución IX.1, Anexo A)
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Tarea y producto |
Costo estimado provisional |
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14. Examinar los estudios de caso de El uso racional de los humedales (Ramsar, 1993) y otros estudios de caso pertinentes, examinar el progreso posterior en la aplicación con esos casos, y ofrecer estudios actualizados. |
30.000
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15. Continuar examinando la armonización de las definiciones y los términos relativos a los beneficios/servicios de los ecosistemas (con referencia al párrafo 15 de la Resolución VIII.7 y al documento COP9 DOC.16, y teniendo en cuenta la utilización de esos términos en otros foros internacionales). Alta prioridad |
Por determinar |
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Subtotal: |
30.000 |
III. Cuestiones relativas al Marco integrado para el inventario, la evaluación y el monitoreo de los humedales (Resolución IX.1, Anexo E) y a los indicadores de eficacia de la Convención (Resolución IX.1, Anexo D)
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Tarea y producto |
Costo estimado provisional |
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52. i. Realizar un examen de las necesidades de datos y de información de los sitios Ramsar y de las consecuencias para la presentación oficial de informes, de cómo va mejorando el Servicio de Información sobre sitios Ramsar, y de las posibilidades de armonización de esos informes con las necesidades de otros acuerdos ambientales multilaterales.
ii. A la luz de las conclusiones de ese examen, llevar a cabo un examen de base de la estructura de la Ficha Informativa Ramsar (FIR), teniendo en cuenta la Resolución VIII.6 sobre el Marco para el Inventario de humedales, la Resolución IX.1, Anexo A, sobre el Marco Conceptual para el uso racional de los humedales y el mantenimiento de sus características ecológicas, comprendida su definición revisada del término “características ecológicas”, y otras decisiones pertinentes de la COP9. Entre las cuestiones prioritarias que se deben abordar se incluyen las siguientes: · la preparación de orientaciones para la descripción de las características ecológicas de los humedales; · el desarrollo de protocolos para la presentación electrónica de las Fichas Informativas Ramsar; · la armonización de la diagramación y de los ámbitos informativos de la FIR con los ámbitos informativos básicos del Marco para el inventario de humedales y la descripción de las características ecológicas; · el diseño de enfoques para el manejo de sitios transfronterizos; y · la investigación de la posible inclusión de un ámbito informativo básico en la FIR que permita la inserción de una descripción precisa de los límites de un sitio. iii. En coordinación con estos exámenes, desarrollar un sistema de necesidades de datos para humedales que de forma más general aborde por separado la información a escala mundial y a escala de sitio. Prioridad inmediata |
i. (es necesario revisar los datos): 30.000
ii. (revisión de la FIR y orientaciones sobre las características ecológicas, etc.): 15.000
iii. (es necesario revisar los datos sobre los humedales): 15.000
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53. Preparar asesoramiento sobre delineación y cartografiado de humedales, junto con la descripción de sus características ecológicas, con inclusión de las cuestiones relacionadas con el cartografiado digital. Alta prioridad |
15.000 |
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54. Preparar nuevas orientaciones consolidadas sobre el proceso general de detectar cambios en las características ecológicas, comunicarlos y responder a los mismos. Alta prioridad |
20.000
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59. Establecer y aplicar mecanismos para la recopilación, cotejado, análisis, evaluación, comunicación, publicación y difusión de los resultados y conclusiones de los indicadores de eficacia de la aplicación de la Convención. Prioridad inmediata |
25.000 (Nota. Esta tarea incluirá la determinación de todo análisis, evaluación, comunicación y difusión adicionales de cada indicador, dependiendo de los mecanismos establecidos.)
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60. Elaborar nuevos indicadores de eficacia de la aplicación de la Convención, comprobar su funcionamiento y proponer su uso a las Partes. Alta prioridad |
15.000
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Subtotal: |
135.000 |
IV. Cuestiones relativas al Marco integrado para las orientaciones de Ramsar relacionadas con el agua (Resolución IX.1, Anexo C)
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Tarea y producto |
Costo estimado provisional |
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81. Desarrollar con mayor detalle una adaptación al contexto de Ramsar del enfoque del “Camino Crítico” para el manejo de las cuencas fluviales y, cuando proceda, al manejo de las zonas costeras, incluidos análisis de estudios de caso, y preparar orientaciones operacionales, en particular para el empleo de instrumentos de CECoP. Prioridad inmediata |
30.000
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85. Elaborar orientaciones sobre prácticas recomendables de integración de los humedales en el manejo integrado de las zonas costeras (MIZC), basadas en los estudios de caso que soliciten las Partes. Alta prioridad |
15.000 |
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89. Preparar orientaciones para las Partes sobre la cobertura de las necesidades hídricas ambientales de los humedales. Prioridad inmediata |
15.000
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90. Preparar informes de examen técnico sobre: i. las interacciones entre las aguas subterráneas y los humedales; y ii. el uso y manejo de las aguas subterráneas para mantener las funciones de los ecosistemas. Una vez que dichos informes se hayan completado, examinar el actual Marco integrado para las orientaciones de Ramsar relacionadas con el agua (Resolución IX.1, Anexo C) y preparar orientaciones técnicas detalladas sobre el desarrollo de estrategias de manejo de aguas subterráneas destinadas al mantenimiento de los ecosistemas de humedales y a la minimización o mitigación de los efectos de la extracción de aguas subterráneas, y realizar otras modificaciones de actualización cuando sea necesario. Alta prioridad |
20.000 para los informes de revisión 10.000 para nuevas orientaciones sobre estrategias, etc. 5.000 para revisar y actualizar el marco
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91. Llevar a cabo un examen estratégico de las cuestiones relativas a la calidad del agua y los humedales; elaborar un plan a mediano plazo y términos de referencia para abordar las cuestiones relativas a la calidad del agua en las orientaciones de Ramsar; y, posteriormente, preparar orientaciones destinadas a las Partes sobre la inclusión de la calidad del agua en la determinación y cobertura de las de las necesidades hídricas ambientales. Prioridad inmediata |
25.000
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Subtotal: |
120.000 |
V. Cuestiones relativas al Marco estratégico y lineamientos revisados para el desarrollo futuro de la Lista de Humedales de Importancia Internacional (Resolución IX.1, Anexo B)
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Tarea y producto |
Costo estimado provisional |
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104. Elaborar una interpretación del término tipo de humedal “insuficientemente representado” e investigar métodos de determinación de las metas con respecto a la representación de los tipos de humedales en la Lista de Ramsar. Alta prioridad |
15.000 |
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107. Revisar las orientaciones actuales sobre designación de determinados tipos de humedales, evaluar la necesidad de orientaciones adicionales y, cuando se necesiten, elaborarlas. Alta prioridad |
25.000 |
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109. Elaborar y actualizar la lista de las estimaciones de las poblaciones y del umbral del 1% para las especies animales no aviarias para la aplicación del Criterio 9 (Resolución IX.1, Anexo B). Prioridad inmediata |
10.000
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112. Mantener bajo revisión los Criterios y lineamientos de Ramsar en su conjunto para velar por que sean un reflejo de la conservación mundial de los humedales y las prioridades de uso racional. Alta prioridad |
5.000 |
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Subtotal: |
55.000 |
VI. Cuestiones
relativas al manejo de humedales (Manual de uso racional Nº 8)
El GECT no tiene asignadas tareas de prioridad inmediata ni de alta prioridad
para 2006-2008.
VII. Cuestiones relativas a los humedales y la agricultura
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Tarea y producto |
Costo estimado provisional |
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150. Preparar orientaciones sobre buenas prácticas agrícolas y políticas para diferentes tipos de humedales, basándose en la información proporcionada por la Evaluación global sobre el uso del agua en la agricultura y otras iniciativas, y en línea con los marcos reglamentarios existentes. Prioridad inmediata |
20.000
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Subtotal: |
20.000 |
VIII. Aspectos técnicos de la comunicación, educación y concienciación del público (CECoP)
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Tarea y producto |
Costo estimado provisional |
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152. Velar por que las cuestiones de CECoP se traten exhaustivamente en cada uno de los documentos sobre orientaciones básicas preparados por el GECT por medio de las aportaciones de expertos en CECoP a la labor del Grupo. Alta prioridad |
15.000
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153. Buscar oportunidades para preparar material con fines de promoción, en particular para los encargados de la toma de decisiones y los de otros sectores, acerca de temas que están sujetos a orientaciones básicas preparadas por el GECT, con inclusión de la forma de incorporar las cuestiones de Ramsar en el sector del agua Prioridad inmediata |
15.000 para materiales de cuestiones relativas al agua
(otros costos dependerán de la identificación de otras oportunidades específicas)
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Subtotal: |
30.000 |
IX. Elaboración de nuevas orientaciones sectoriales por el GECT
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Tarea y producto |
Costo estimado provisional |
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163. Examinar las relaciones y cuestiones que conciernen al uso racional de los ecosistemas de humedales y la salud humana. Prioridad inmediata |
25.000
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Subtotal: |
25.000 |
TOTAL DE LOS COSTOS ESTIMADOS PROVISIONALES para 2006-2008: CHF 440.000
Anexo 2
Lista de acciones para la aplicación científica y técnica de la Convención de Ramsar, 2006-2011
Nota importante: las acciones de las secciones que se exponen a continuación bajo el apartado "Acciones de otras entidades" abarcan sólo las acciones de carácter científico y técnico: las acciones de otro tipo para las Partes Contratantes y otras entidades y organizaciones que figuran en el Plan Estratégico 2003-2008 de Ramsar y otras decisiones adoptadas por las Conferencias de las Partes Contratantes con respecto a cuestiones de políticas, de procedimiento y administrativas no se abordan en el presente Anexo (véase la Resolución IX.8).
Lista de secciones de este Anexo
I. Cuestiones dimanantes de la Resolución VIII.45 y las funciones "actuales" del GECT
II. Cuestiones relativas al Marco Conceptual para el uso racional de los humedales y el mantenimiento de sus características ecológicas (Resolución IX.1, Anexo A)
III. Cuestiones relativas al Marco integrado para el inventario, la evaluación y el monitoreo de los humedales (Resolución IX.1, Anexo E) y a los indicadores de eficacia de la Convención (Resolución IX.1, Anexo D)
IV. Cuestiones relativas al Marco integrado para las orientaciones de Ramsar relacionadas con el agua (Resolución IX.1, Anexo C)
V. Cuestiones relativas al Marco estratégico y lineamientos revisados para el desarrollo futuro de la Lista de Humedales de Importancia Internacional (Resolución IX.1, Anexo B)
VI. Cuestiones relativas al manejo de humedales (Manual de Uso Racional Nº 8)
VII. Cuestiones relativas a los humedales y la agricultura
VIII. Aspectos técnicos de la comunicación, educación y concienciación del público (CECoP)
IX. Elaboración de nuevas orientaciones sectoriales por el GECT
I. Cuestiones dimanantes de la Resolución VIII.45 y las funciones "actuales" del GECT
I(a) Acciones del GECT
1. Examinar y comentar propuestas de las Partes para las Resoluciones de la COP con contenido técnico, y ofrecer este asesoramiento al Comité Permanente y la COP. (Subgrupo del Comité Permanente sobre la COP9)
2. Atribuir cada vez mayor importancia, además de a las tareas de redacción de orientaciones concretas solicitadas, a desempeñar una verdadera función de "examen" de la forma de tratar las cuestiones relativas a la dirección estratégica científica y técnica de la Convención, actuando como un mecanismo de respuesta para proporcionar asesoramiento científico y técnico a la Convención sobre las nuevas cuestiones que vayan surgiendo, con el propósito general de lograr un equilibrio entre estas orientaciones proactivas y las funciones de asesoramiento reactivas. (GECT 12) Prioridad inmediata del GECT para 2006-2008
3. Mantener una perspectiva de progreso con respecto a los aspectos científicos y técnicos de la aplicación de las Resoluciones de la COP, tanto en relación con los indicadores de eficacia (véase la sección III a continuación) como de forma más general. (GECT 12) Prioridad inmediata del GECT para 2006-2008
4. Seguir ofreciendo asesoramiento en el marco de las siguientes funciones actuales:
i) asesorar, cuando se le solicite, sobre cuestiones relativas a la designación y el manejo de sitios Ramsar, incluido sobre los informes elaborados en cumplimiento del Artículo 3.2 relativos al cambio en las características ecológicas de los humedales;
ii) asesorar a la Secretaría acerca de las solicitudes de las Partes Contratantes de eliminar sitios Ramsar del Registro de Montreux de sitios que afrontan cambios perjudiciales en sus características ecológicas;
iii) establecer y mantener contactos con los Coordinadores Nacionales del GECT a fin de velar por que su asesoramiento y conocimientos contribuyan completamente a la labor del Grupo;
iv) asesorar sobre cualquier solicitud de una Parte Contratante para participar en las actividades de una región de Ramsar diferente a la que tiene asignada en virtud de la clasificación regional de la Convención;
v) garantizar, a petición de la Autoridad Administrativa pertinente, la participación del respectivo Coordinador Nacional del GECT en el monitoreo y la evaluación de proyectos del FPS;
vi) asistir, cuando se le pida, a las Partes Contratantes y los organismos bilaterales de desarrollo en la clasificación, el desarrollo y la evaluación de proyectos de humedales;
vii) recibir informes sobre los progresos realizados y asesorar sobre las futuras necesidades y evoluciones del Servicio de Información sobre Sitios Ramsar que Wetlands International mantiene para la Convención; y
viii) garantizar la cooperación, el intercambio de información y la coordinación de actividades, cuando proceda, con otros órganos subsidiarios científicos y técnicos (y sus actividades relacionadas) de AMMA, incluido a través de acciones de planes de trabajo conjunto.
(Resolución VIII.28; Resolución IX.11)
5. Examinar el conjunto de orientaciones de Ramsar actuales (junto con las acciones que se solicitan en la Resolución IX.17), con miras a, entre otras cosas, identificar lagunas (incluso mediante referencia al Marco conceptual de la Evaluación del Milenio de los Ecosistemas), recoger orientaciones anteriores en documentos actualizados, retirar o suprimir los documentos obsoletos (incluidas la Recomendación 4.10 y la Resolución 5.6), y realizar recomendaciones en este sentido a la COP10. (GECT12, Resolución IX.1, Anexo A, COP9 DOC 16) Alta prioridad del GECT para 2006-2008
I(b) Acción de otras entidades
6. Otorgar en general una mayor prioridad, siempre y cuando resulte conveniente, a la aplicación de las actuales Resoluciones y Recomendaciones que a la formulación de propuestas de nuevas Resoluciones. [PC] (Subgrupo del CP sobre la Resolución VIII.45)
7. Elaborar un índice de las actuales Resoluciones y Recomendaciones desglosado por materias y pertinencia geográfica, para ayudar a las Partes a concentrarse en la aplicación de las Resoluciones y Recomendaciones que resultan más apropiadas para su situación. [Secretaría] (Subgrupo del CP sobre la Resolución VIII.45)
8. Fomentar mecanismos de promoción para que la difusión de las Resoluciones y Recomendaciones llegue a los interesados directos, más allá de las Autoridades Administrativas nacionales de la Convención. [Partes, Secretaría, y otras entidades] (Subgrupo del CP sobre la Resolución VIII.45)
9. Esforzarse, al redactar propuestas para nuevas Resoluciones, por hacerlas tan breves y fáciles de aplicar como sea posible, con miras a facilitar su empleo por parte de los responsables del manejo de los sitios y otros interesados directos, incluido mediante el empleo de resúmenes y estudios de caso. [PC, GECT] (Subgrupo del CP sobre la Resolución VIII.45)
10. Proporcionar a cada COP, cuando comience, y a una reunión del Comité Permanente antes de que tenga lugar la COP, una reseña tan completa como sea posible sobre las posibles tareas científicas y técnicas que se derivan de las propuestas y los proyectos de Resolución presentados hasta ese momento y que tengan posibilidades de que se le asignen al GECT, la Secretaría y las Partes para el siguiente trienio, a fin de que la COP pueda tomar decisiones informadas sobre la magnitud global de dichas tareas y las consecuencias financieras y de otro tipo de llevarlas a cabo. [Secretaría; GECT] (Resolución IX.2)
11. Ofrecer estudios de caso de la aplicación de Resoluciones y Recomendaciones de los que se pueda sacar experiencia adecuada para compartir, con inclusión, en la medida de lo posible, de la identificación de las lecciones extraídas, especificando las ubicaciones concretas de las experiencias con base en el sitio. [PC, organizaciones intergubernamentales, OIA, otras ONG]
12. Participar en el presupuesto para la labor del GECT mediante contribuciones voluntarias, de las que depende la labor del Grupo. [Partes, donantes y otras entidades] (Resolución IX.2)
II. Cuestiones relativas al Marco Conceptual para el uso racional de los humedales y el mantenimiento de sus características ecológicas (Resolución IX.1, Anexo A)
II(a) Acción del GECT
13. Elaborar modos para utilizar de la mejor forma posible las conclusiones de la Evaluación del Milenio de los Ecosistemas, especialmente en lo que concierne a opciones de respuesta, incluido en relación con el Marco Conceptual para el uso racional de los humedales y el mantenimiento de sus características ecológicas. (GECT 12, Resolución IX.1, DR1 Anexo A)
14. Examinar los estudios de caso de El uso racional de los humedales (Ramsar, 1993) y otros estudios de caso pertinentes (incluidos los que solicitan las acciones 66, 69 y 72), examinar el progreso posterior en la aplicación con esos casos, y ofrecer estudios actualizados, incluyendo asesoramiento sobre la aplicación del enfoque por ecosistemas. (Acción 3.1.2 del Plan Estratégico; Plan de Trabajo del GECT para 2003-2005; informe del GECT 12) Alta prioridad del GECT para 2006-2008
15. Continuar examinando la armonización de las definiciones y los términos relativos a los beneficios/servicios de los ecosistemas (con referencia al párrafo 15 de la Resolución VIII.7 y al documento COP9 DOC.16, y teniendo en cuenta la utilización de esos términos en otros foros internacionales), y presentar esa información a la COP10. (Resolución IX.1, Anexo A). Alta prioridad del GECT para 2006-2008
16. Teniendo en cuenta los progresos que se pueden lograr mediante los indicadores de eficacia de la aplicación de la Convención, el examen de las lagunas de las orientaciones descritas en la acción 5 supra, y la aplicación de la Resolución VIII.45, elaborar tantos nuevos instrumentos como sea necesario para ayudar a las Partes a llevar a la práctica el concepto de uso racional. (Acción 17.1.5 del Plan Estratégico; Plan de Trabajo del GECT para 2003-2005)
17. Evaluar la contribución de los sitios Ramsar y otros humedales al mantenimiento de la pesca y recomendar prácticas de manejo sostenibles que puedan contribuir al logro de la meta de la CMDS de mantener o restablecer las poblaciones de peces a niveles que puedan producir el máximo rendimiento sostenible. (Acción 1.2.6 del Plan Estratégico)
18. Estudiar cómo elaborar el Anexo de la Resolución IX.4, teniendo en cuenta las conclusiones de la Evaluación del Milenio de los Ecosistemas (EM), la Evaluación global sobre el uso del agua en la agricultura (EG) y otras evaluaciones pertinentes, a fin de proporcionar a las Partes Contratantes más orientaciones acerca de los humedales y su relación con la pesca sostenible. (Resolución IX.4)
19. Elaborar lineamientos para la aplicación de la Resolución IX.14 sobre "Humedales y reducción de la pobreza". (Resolución IX.14)
20. Examinar la pertinencia y la viabilidad de los instrumentos y enfoques para la planificación y el manejo transbiómicos de humedales en el contexto de la labor en curso y de las prioridades, en particular las siguientes tareas prioritarias de la Resolución IX.2, Anexo 1: tarea 5 - examinar el conjunto de orientaciones de Ramsar existentes; tarea 81 - seguir desarrollando los enfoques orientados al manejo de las cuencas fluviales y las zonas costeras; y tarea 112 - examinar los criterios y lineamientos de Ramsar para que sean un reflejo de la conservación mundial de los humedales y las prioridades de uso racional. (Resolución IX.20);
II(b) Acción de otras entidades
21. Examinar el uso de los términos comprendidos en las orientaciones de la Resolución IX.1, Anexo A, en documentos de políticas y en otros contextos, y adaptarlos a los usos que se necesiten a fin de que guarden coherencia con los que ahora se aconsejan en las orientaciones.] [PC] (Resolución IX.1, DR1 Anexo A)
22. Al realizar intervenciones que precisen del uso de los Manuales de orientaciones de Ramsar, tratar las opciones acerca de cómo enfocar tales intervenciones, haciendo referencia, cuando corresponda, al Marco Conceptual de la Evaluación del Milenio de los Ecosistemas y adaptándose a las orientaciones de la Resolución IX.1, Anexo A. [PC] (Resolución IX.1, Anexo A)
23. Establecer análisis multirriesgos que definan las áreas adecuadas para el desarrollo y una apropiada planificación para situaciones imprevistas que contemplen medidas previas a los desastres para prevenir y minimizar el impacto respecto del manejo racional de los humedales. [PC] (Resolución IX.9)
24. Colaborar urgentemente para fomentar y apoyar activamente la recuperación de los humedales costeros y las formas de sustento de las comunidades asociadas a éstos en los países afectados por el tsunami producido en el Océano Índico en diciembre de 2004, así como para reducir las vulnerabilidades de las comunidades costeras y de los humedales, a través de:
27. Controlar cuidadosamente las prácticas de acuicultura (por ejemplo en estanques y jaulas) en los sitios Ramsar y en las zonas que sea probable que influyan en los sitios Ramsar y otros humedales, a fin de prevenir cambios adversos en las características ecológicas de los humedales, aplicando las disposiciones del Código de Conducta de la FAO y de sus Directrices Técnicas para la Pesca Responsable -Desarrollo de la Acuicultura- de 1997 y la Declaración y Estrategia de Bangkok de 2000 para el desarrollo de la acuicultura (Red de Centros de Acuicultura de Asia y el Pacífico (NACA/FAO). [PC] (Resolución IX.4)
28. Examinar las políticas, las leyes y los programas para regular la introducción de biota acuática para acuicultura y la industria de acuarios, a fin de controlar los movimientos accidentales de especies exóticas invasoras, por ejemplo con el agua de lastre, así como evitar la introducción de especies exóticas y/o invasoras, y tomar las medidas precisas para evitar la introducción o la difusión de biota acuática exótica y/o invasora conocida (incluidos genes exóticos invasores), para mantener las características ecológicas de los humedales, de conformidad con la Resolución VIII.18. [PC] (Resolución IX.4)
29. Ayudar a los pescadores a acceder a tecnologías inocuas para el medio ambiente para la pesca y las actividades conexas. [PC] (Resolución IX.4)
30. Colaborar con otros convenios, convenciones, instrumentos y organizaciones referentes a la conservación de la diversidad biológica y el manejo de los recursos naturales, (inclusive con la FAO a nivel internacional y regional), para fomentar la sinergia y la armonización de las metodologías de planificación y manejo espacial que redundan en beneficio de la conservación y el aprovechamiento sostenible de los recursos pesqueros y promueven el reconocimiento de su contribución al logro de las metas del CDB, los objetivos de la CMDS y los objetivos de desarrollo del Milenio. [Secretaría] (Resolución IX.4)
31. Procurar establecer las oportunas asociaciones con órganos u organizaciones especializados, como la FAO y el World Fish Center, que se ocupan de la conservación de recursos y el aprovechamiento sostenible de los recursos pesqueros, para que la Convención de Ramsar obtenga más asesoramiento y pueda cumplir su mandato. [Secretaría] (Resolución IX.4)
32. Promover y difundir investigaciones referentes a la dinámica demográfica y la toma sostenible de especies dependientes de humedales, especialmente de aves acuáticas migratorias, y velar por que la legislación de los distintos países relativa a la caza sea compatible con el principio de uso racional en lo referente a las aves acuáticas migratorias y demás especies dependientes de humedales, habida cuenta de su dispersión geográfica, las características de la historia vital de las especies y las investigaciones acerca de su toma sostenible. [PC; otras entidades] (Acciones 12.2.4 y 12.2.5 del Plan Estratégico)
33. Promocionar y garantizar el uso racional de los ecosistemas de turberas y sus beneficios/servicios, como muestra de la aplicación del concepto de uso racional, incluido por medio de la labor del Comité Coordinador para la Acción Mundial sobre las Turberas como mecanismo multisectorial y el logro del Plan de Aplicación, y las prioridades que ha establecido en virtud de la Resolución VIII.17 para la Acción Mundial sobre las Turberas (que se pondrá a disposición en forma de Informe Técnico de Ramsar), haciendo hincapié en la difusión de información, el monitoreo y la aplicación de la Acción Mundial sobre las Turberas por las Partes y otras entidades, la identificación de lagunas, y la asistencia en la recaudación de fondos para la futura ejecución de ésta. [Comité Coordinador para la Acción Mundial sobre las Turberas; PC; Secretaría] (GECT12)
34. Elaborar y aplicar un plan de supervivencia para los bosques palustres de turba tropicales. [PC, Comité Coordinador para la Acción Mundial sobre las Turberas, donantes] (GECT12)
35. Contribuir plenamente a las iniciativas relativas a la transferencia de tecnologías ambientalmente apropiadas para el manejo sostenible de los ecosistemas de manglar. [PC; otras entidades] (Resolución VIII.32)
36. Continuar analizando los marcos generales normativos, jurídicos e institucionales vigentes o en curso de evolución, a fin de detectar y promover medidas que alienten la conservación y el uso racional de los humedales, de detectar y suprimir las que desalienten esas prácticas, y examinar los vínculos existentes entre los incentivos y los asuntos relacionados, como los mecanismos de financiación, el comercio, la evaluación del impacto y la valoración. [PC] (Acción 8.1.1 del Plan Estratégico y Resoluciones VIII.23, VIII.34 y VIII.40)
37. En consulta con los pueblos indígenas, y con su apoyo, documentar y alentar la aplicación del saber y las prácticas pertinentes de manejo tradicionales de los pueblos indígenas y de las comunidades locales con respecto a la conservación y el uso racional de los humedales. [PC] (Acción 6.1.2 del Plan Estratégico; Resolución VIII.39)
38. Al revisar sus políticas en materia de tenencia de la tierra, tener en cuenta, cuando proceda, los sistemas de tenencia y los derechos de los usuarios en los humedales, de manera tal que se promueva una gestión equitativa, transparente y sostenible de estos últimos y de sus recursos. [PC] (Resolución VIII.34)
39. En colaboración con otros, realizar, cuando sea posible y proceda, estudios sobre el papel jugado por los humedales en el almacenamiento y secuestro de carbono y la mitigación de los impactos de la elevación del nivel del mar. [PC] (Resolución VIII.3)
40. Analizar, en cooperación con el sector privado, el comercio nacional e internacional de productos vegetales y animales procedentes de humedales, exportados o importados, y, si procede, adoptar las obligadas medidas jurídicas, institucionales y administrativas necesarias para que su explotación sea sostenible y conforme a la Convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres (CITES). [PC] (Acción 7.1.5 del Plan Estratégico)
41. Adoptar medidas que contribuyan a reducir la pobreza, en particular en las siguientes esferas:
[PC] (Resolución IX.14)
43. Poner a disposición de las Partes Contratantes los datos, las herramientas y los enfoques sobre planificación y manejo integrados y transbiómicos de los humedales, y continuar aplicando y desarrollando esas herramientas y esos enfoques y, en particular, seguir evaluando su utilidad para ayudar a las Partes a aplicar con mayor eficacia las disposiciones y orientaciones de la Convención de Ramsar y del CDB. [WWF] (Resolución IX.20)
44. Incluir dentro de las actividades de planificación integrada la creación de redes de áreas protegidas, en particular sitios Ramsar, para asegurar que los beneficios/servicios de los ecosistemas ofrecidos por los diferentes biomas sean reconocidos e incorporados en los regímenes de manejo y en las actividades de explotación de la tierra y de los recursos hídricos. Tomando asimismo en consideración, inter alia, las disposiciones de la decisión VII/28 del CDB sobre áreas protegidas, en particular, el Elemento de programa 1 del Anexo a esa decisión, referente a la adopción de medidas directas para planificar, seleccionar, establecer, consolidar y manejar sitios y sistemas de áreas protegidas. [PC] (Resolución IX.20)
45. Identificar y analizar nuevos estudios monográficos sobre humedales con valores culturales importantes y darles amplia difusión para incrementar de esa manera el conocimiento y la comprensión de la relación entre los procesos culturales y la conservación y el uso racional de los humedales. [PC] (Resolución IX.21)
46. Incorporar los valores culturales en las políticas y estrategias de humedales, así como en los planes de manejo de humedales, y comunicar los resultados, para contribuir de esa manera al desarrollo de enfoques amplios e integrados. [PC] (Resolución IX.21)
47. Llevar a término, mediante un amplio proceso de participación, la labor prescrita en el párrafo 17 de la Resolución VIII.19, sobre las orientaciones que se han de dar respecto de los valores culturales, y establecer un grupo de trabajo pluridisciplinario sobre los valores culturales de los humedales, sobre la base de una representación geográfica equitativa, bajo la supervisión del Comité Permanente y con aportaciones apropiadas del GECT, para coordinar las actividades. [Secretaría, Comité Permanente, GECT] (Resolución IX.21)
48. Analizar las actividades que se llevarán a cabo para incorporar los valores culturales en la labor de la Convención en el trienio 2006-2008 y la experiencia adquirida, e informar de ello al Comité Permanente y a la COP10. [Secretaría] (Resolución IX.21)
III. Cuestiones relativas al Marco integrado para el inventario, la evaluación y el monitoreo de los humedales (Resolución IX.1, Anexo E) y a los indicadores de eficacia de la Convención (Resolución IX.1, Anexo D)
III(a) Acción del GECT
49. Elaborar, comprobar y publicar un sistema de clasificación de tipos de humedales basado en sus características hidrogeomorfológicas, incluida una evaluación sobre cómo se podría relacionar éste con otros posibles sistemas y con el actual sistema de clasificación de Ramsar, tomando en consideración, entre otros aspectos, las cuestiones relativas a las aguas subterráneas y los resultados pertinentes del proyecto de teledetección GlobWetland de la Agencia Espacial Europea, y preparar un informe que sirva de asesoramiento para las Partes durante la COP10. (GECT12)
50. Poner a disposición de los interesados directos una base de metadatos que contenga información sobre todos los inventarios nacionales de humedales y que se pueda actualizar por las Partes Contratantes. (Acción 1.1.4 del Plan Estratégico)
51. En tanto en cuanto pueda progresar la actualización del Examen global de los recursos de los humedales y prioridades de los inventarios de humedales (GRoWI 2), velar por que se realicen las aportaciones adecuadas al mismo, basándose en la información del inventario contenida en los archivos de metadatos. (Plan de Trabajo del GECT para 2003-2005)
52. i) Realizar un examen de las necesidades de datos y de información de los sitios Ramsar y de las consecuencias para la presentación oficial de informes, de cómo va mejorando el Servicio de Información sobre sitios Ramsar, y de las posibilidades de armonización de esos informes con las necesidades de otros acuerdos ambientales multilaterales.
ii) A la luz de las conclusiones de ese examen, llevar a cabo un examen fundamental de la estructura de la Ficha Informativa Ramsar (FIR), teniendo en cuenta la Resolución VIII.6 sobre el Marco para el Inventario de humedales, Resolución IX.1, Anexo A, sobre el Marco Conceptual para el uso racional de los humedales y el mantenimiento de sus características ecológicas, comprendida su definición revisada del término "características ecológicas", y otras decisiones pertinentes de la COP9.
Entre las cuestiones prioritarias que se deben abordar se incluyen las siguientes:
iii) En coordinación con estos exámenes, desarrollar un sistema de necesidades de datos para humedales más general, que aborde por separado la información a escala mundial y a escala de sitio. Prioridad inmediata del GECT para 2006-2008
53. Preparar asesoramiento sobre delineación y cartografiado de humedales, junto con la descripción de sus características ecológicas, con inclusión de las cuestiones relacionadas con el cartografiado digital señaladas en la Resolución VIII.13. (Plan de Trabajo del GECT para 2003-2005) Prioridad inmediata del GECT para 2006-2008
54. Preparar nuevas orientaciones consolidadas sobre el proceso general de detectar cambios en las características ecológicas, comunicarlos y responder a los mismos, con inclusión de lineamientos para determinar cuándo tales cambios son demasiado insignificantes como para que haga falta informar sobre ellos, teniendo en cuenta las razones por las que se considera importante un sitio determinado y los objetivos de conservación fijados para el mismo. (Resolución VIII.8, Plan de Trabajo del GECT para 2003-2005) Alta prioridad del GECT para 2006-2008
55. Examinar y evaluar, una vez que lo haya elaborado, el procedimiento del Programa del Hombre y la Biosfera de Monitoreo Integral de Reservas de Biosfera (MIRB) y formular recomendaciones sobre su aplicación al monitoreo de las características ecológicas de los sitios Ramsar y otros humedales. (Resolución VIII.7)
56. Preparar asesoramiento sobre cómo volver a diseñar el cuestionario del Registro de Montreux, entre otras cosas, para garantizar la coherencia con el modelo de presentación de informes del Artículo 3.2. (Plan de Trabajo del GECT para 2003-2005)
57. Analizar el estado y las tendencias de las características ecológicas de los sitios inscritos en la Lista de Ramsar, e insertar, en lo posible, en el contexto del estado y de las tendencias de los humedales más en general, y basándose, cuando proceda, en la base de datos sobre los sitios Ramsar, los indicadores de eficacia de la aplicación de la Convención y los resultados de la Evaluación del Milenio de los Ecosistemas y de otras iniciativas. (Resolución VIII.8, Plan de Trabajo del GECT para 2003-2005)
58. En relación con la tarea 57 supra, preparar informes de síntesis sobre aspectos del estado y las tendencias de los humedales y de su diversidad biológica, como una aportación: a la evaluación del progreso en relación con la meta de 2010, de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible/Convenio sobre la Diversidad Biológica, de reducir de forma significativa la tasa de pérdida de biodiversidad; y en particular a los indicadores del CDB sobre "tendencias en biomas seleccionados" y "calidad del agua", con miras a publicar un informe sobre el particular en 2008 (que también tenga en cuenta las contribuciones a Global Biodiversity Outlook (Perspectivas de la biodiversidad mundial), y Global Environment Outlook (Perspectivas del medio ambiente mundial) del PNUMA - GEO-4), y otro en 2011. [GECT, Secretaría, OIA] (GECT12)
59. Establecer
y aplicar mecanismos para la recopilación, cotejado, análisis,
evaluación, comunicación, publicación y difusión
de los resultados y conclusiones de los indicadores de eficacia de la aplicación
de la Convención. [Secretaría; PC; OIA; GECT] (GECT12; Resolución
IX.1, Anexo D) Prioridad inmediata del GECT para 2006-2008
60. Elaborar nuevos indicadores de eficacia de la aplicación de la Convención,
comprobar su funcionamiento y proponer su uso a las Partes, incluidos indicadores
que traten las cuestiones de política sobre el uso racional y los beneficios/servicios
que los humedales proporcionan a los humanos. (Resolución IX.1, Anexo
D) Alta prioridad del GECT para 2006-2008
61. Además de los mecanismos descritos en los párrafos precedentes, asistir en la supervisión del buen funcionamiento de la Convención mediante el uso de las áreas de resultados clave y los indicadores conexos del "Marco general para la aplicación del Plan Estratégico 2003-2008 de la Convención en el período 2006-2008" anexo a la Resolución IX.8. [GECT; PC; Secretaría] (Resolución IX.8)
62. Seguir participando en el Grupo de trabajo científico sobre gripe aviar si los recursos y las capacidades lo permiten; proporcionar contribuciones pertinentes, sobre las medidas prácticas para reducir el riesgo de transmisión de la enfermedad entre las aves silvestres, en cautividad y domésticas, destinadas a los organismos que elaboran planes para situaciones imprevistas y el manejo de humedales en relación con la gripe aviar hiperpatogénica; y contribuir, con los organismos internacionales pertinentes y el Grupo de trabajo científico sobre la gripe aviar, a compartir información, incluyendo asesoramiento práctico que ayude a los países a hacer frente a esta grave situación que evoluciona rápidamente, e informar sobre los progresos realizados al Comité Permanente y a la COP10. [GECT; Secretaría] (Resolución IX.23)
III(b) Acción de otras entidades
63. Aprovechar la experiencia y los métodos de la Evaluación del Milenio de los Ecosistemas para llevar a cabo evaluaciones subglobales de los ecosistemas de humedales en los planos local, nacional y supranacional, incluso mediante la cooperación internacional en la evaluación de ecosistemas acuáticos transfronterizos. [PC, otras entidades] (Resolución VIII.7)
64. Al diseñar y realizar el monitoreo de humedales o de la biodiversidad de los humedales de acuerdo con el Marco de Ramsar, considerar también la posibilidad, cuando las circunstancias lo justifiquen, de utilizar herramientas/metodologías de evaluación rápida según las orientaciones contenidas en la Resolución IX.1, Anexo E i, para el monitoreo a más largo plazo, basado en hipótesis, por medio de estudios repetidos utilizando esos métodos. [PC, otras entidades] (Resolución IX.1, Anexo E i)
65. Al levantar inventarios nacionales de humedales, identificar aquellos humedales donde resultaría adecuada su restauración o rehabilitación debido a los beneficios/servicios que proporcionan los ecosistemas en la actualidad y/o que proporcionaron en el pasado, sobre la base de las orientaciones adoptadas por las Resoluciones VII.16 y VIII.6. [PC, otras entidades] (Resoluciones VII.16, VIII.6)
66. Finalizar la elaboración de un formulario sencillo para su uso por las Partes a fin de que registren los cambios o posibles cambios en las características ecológicas de los sitios Ramsar de conformidad con el Artículo 3.2. [Secretaría; Wetlands International] (GECT 12)
67. Establecer contacto con los coordinadores nacionales pertinentes de las redes de la Asociación Internacional para la Evaluación del Impacto, con miras a identificar otras fuentes de conocimientos técnicos y asesoramiento para asistir en la evaluación del impacto relativa a los humedales. [PC; AIEI] (Resolución VIII.9)
68. Monitorear y evaluar las repercusiones de los desastres naturales en las características ecológicas de los sitios Ramsar y otros humedales y en los medios de vida de las personas afectadas dependientes de los humedales y, en lo que respecta a los sitios Ramsar, informar sobre ello a la Secretaría de Ramsar de forma que esta información se pueda transmitir al Grupo de Examen Científico y Técnico (GECT) para ayudarle a informar a las futuras COP sobre la situación y las tendencias de las características ecológicas de los sitios incluidos en la Lista de Ramsar, como se pide en la Resolución VIII.8. [PC afectadas] (Resolución IX.9)
69. Llevar a cabo evaluaciones del valor económico, social, cultural y de los medios de sustento de los humedales individuales, así como de los humedales en general, y de los beneficios/servicios que proporcionan, con miras a mejorar los medios de sustento sostenibles, mediante el empleo de un enfoque de uso racional. [PC, con el PNUMA, el PNUD, el Departamento de Asuntos Sociales y Económicos de las Naciones Unidas, las OIA, ONG nacionales e internacionales y otras entidades] (Resolución IX.14)
70. Continuar el monitoreo y la evaluación del estado y las tendencias de cuestiones específicas de los humedales como se determinó en anteriores Resoluciones de la COP; por ejemplo, la extensión y el estado de conservación de los humedales costeros (Resolución VIII.4), la extensión, el estado de conservación y los niveles de utilización de los manglares (Resolución VIII.32), los impactos de las represas (Resolución VIII.2), las amenazas a las lagunas temporales (Resolución VIII.33), los riesgos por especies exóticas invasoras (Resolución VIII.18), y los impactos de la sequía y otros desastres naturales (Resolución VIII.35), cuando proceda, en coordinación con otras actividades relacionadas con los indicadores de la eficacia de la aplicación de Ramsar. [PC; OIA; otras entidades] (Resoluciones VIII.4, VIII.32, VIII.2, VIII.33, VIII.18 y VIII.35 de la COP8)
71. Los responsables de la protección y el manejo de los sitios Ramsar: implantar respecto de cada sitio un programa eficaz de supervisión, si puede ser dentro del plan de gestión del sitio, concebido para detectar y dar tempranamente la alarma ante los cambios de las características ecológicas, utilizando el Marco para diseñar un programa de monitoreo eficaz de la Convención y su correspondiente Marco para evaluar el riesgo en humedales, y además, en relación con eso, utilizar los sitios Ramsar como zonas básicas y de referencia para el monitoreo medioambiental en los ámbitos nacional, supranacional/regional e internacional, a fin de detectar las tendencias en la pérdida de la diversidad biológica, del cambio climático y de los procesos de desertificación. [PC] (Acciones 11.2.1 y 11.2.2 del Plan Estratégico; Resolución IX.15)
72. Considerar la posibilidad de establecer asociaciones a fin de apoyar el desarrollo de la financiación a largo plazo de los sistemas de monitoreo que sean pertinentes para los intereses de la Convención, y tan pronto como sea posible. [Secretaría] (Resolución IX.23)
73. Aplicar los datos sobre el monitoreo de aves acuáticas y efectuar análisis a partir de ellos, cuando proceda, como medio de aportar una información objetiva para la planificación de la gestión de sitios y la evaluación de las políticas nacionales o regionales relativas a los humedales. [PC] (Resolución VIII.38)
74. Actualizar y presentar Fichas Informativas de Ramsar revisadas con la frecuencia necesaria para registrar los cambios del estado de los sitios, a intervalos no mayores de seis años, a fin de poderlas utilizar para analizar los progresos en cuanto al logro de la Visión y los Objetivos del Marco estratégico y lineamientos para el futuro desarrollo de la Lista de Humedales de Importancia Internacional (Manual de Ramsar de Uso Racional nº 7) en cada reunión de la COP. [PC] (Acción 10.2.4 del Plan Estratégico)
75. Crear
un depósito de las contribuciones de las Partes consistentes en evaluaciones
nacionales (o, cuando proceda, provinciales) resumidas de las modificaciones
de los recursos de humedales, como base para un análisis periódico
y para mejorar la presentación de informes sobre el estado de los recursos
mundiales de humedales, como un mecanismo vinculado a la base de metadatos de
los inventarios. (Véase la Acción 50). [Secretaría] (Acción
1.2.2 del Plan Estratégico)
76. Estudiar la mejor forma de simplificar y reducir la duplicación en
la presentación de informes que se requiere y/o se pide en las Resoluciones
pertinentes adoptadas por anteriores COP, elaborar nuevas recomendaciones sobre
las necesidades de racionalización y simplificación de la preparación
y presentación de informes, y desarrollar un modelo de informe más
simple y menos propenso a la duplicación (tomando en consideración
la aplicación de las Resoluciones IX.1, Anexo D, y IX.8 de la COP9);
y seguir colaborando con la División de Convenios de Medio Ambiente del
PNUMA y las secretarías de otros acuerdos, convenios y convenciones relacionados
con la biodiversidad en lo que respecta a una mejor aplicación de la
convención. Los temas podrían incluir, entre otros, y cuando corresponda,
el desarrollo y la aplicación de los módulos basados en las cuestiones
y la armonización de los requisitos de presentación de informes
nacionales de conformidad con el mandato que hayan establecido para cada convenio
o convención individual sus Partes Contratantes. [Secretaría;
Comité Permanente; AMMA] (Resoluciones IX.5 y IX.8)
77. Desarrollar medios y formas, a escala nacional, de mejorar los vínculos entre los coordinadores nacionales y las Autoridades Administrativas de la Convención de Ramsar y otros convenios y acuerdos relacionados, y comunicar a la Secretaría sus progresos respecto de la armonización de la gestión de la información y los informes para los convenios relacionados con la biodiversidad. [PC] (Resolución IX.5)
78. Continuar participando plenamente en las actividades del Grupo de Enlace sobre la Diversidad Biológica, creado bajo la égida del Convenio sobre la Diversidad Biológica, y que informe regularmente al Comité Permanente sobre los progresos que realiza ese grupo; y cooperar estrechamente con otros convenios y convenciones pertinentes, incluido a través del Grupo mixto de enlace para las tres convenciones de Río (la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC), el Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) y la Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación (CLD)), con organismos de las Naciones Unidas como el PNUMA, la UNESCO y la FAO, y con otras organizaciones intergubernamentales pertinentes como las redes de la Global Biodiversity Information Facility (GBIF), el PNUMA - Centro Mundial de Monitoreo de la Conservación (PNUMA-CMMC) y el Programa sobre la alimentación, el agua y el medio ambiente, y procurar reducir la duplicación de actividades. [Secretaría] (Resolución IX.5)
79. Monitorear el buen funcionamiento de la Convención mediante el uso de las áreas de resultados clave y los indicadores conexos del Marco general para la aplicación del Plan Estratégico 2003-2008 de la Convención en el período 2006-2008 anexo a la Resolución IX.8. [PC, CP, Secretaría, OIA] (Resolución IX.8)
IV. Cuestiones re