La
Convención sobre los Humedales
Recomendación 6.17.2: La Reserva Nacional de Paracas
6a. Reunión de la Conferencia de las Partes
Contratantes
Brisbane, Australia
19 al 27 de marzo de 1996
Recomendación 6.17.2: La Reserva Nacional de Paracas y la estrategia nacional para la conservación de humedales en el Perú
1. RECORDANDO que la Resolución 5.7 hizo un llamado a elaborar planes para el manejo de cada humedal designado para la Lista de Ramsar, así como, en caso necesario, actualizar los planes de gestión existentes;
2. CONSCIENTE de los esfuerzos que el Perú ha dedicado para desarrollar el Plan Maestro de la Reserva Nacional de Paracas de acuerdo a los Lineamientos de Ramsar, así como para la elaboración de la Estrategia Nacional para la Conservación de Humedales en ese país;
3. EXPRESANDO SU RECONOCIMIENTO a las instituciones y organismos nacionales e internacionales que han posibilitado su concreción;
4. TOMANDO NOTA de los debates sobre los Lineamientos de Ramsar sobre la planificación de del manejo, celebrados en la Sesión Técnica D de la presente reunión;
LA CONFERENCIA DE LAS PARTES CONTRATANTES
5. ACOGE CON BENEPLACITO que, mediante resoluciones emitidas por el Gobierno Peruano, se haya aprobado el Plan Maestro de Paracas y la Estrategia Nacional para la Conservación de los Humedales del Perú; y
6. ALIENTA a las instituciones públicas y privadas que participan en el desarrollo de los sitios Ramsar y otros humedales del Perú, a que pongan su máximo empeño para la aplicación de estos planes de gestión.
Para
más información, se ruega contactar: Oficina de la Convención de Ramsar,
Rue Mauverney 28, CH-1196 Gland, Suiza (Tel: +41 22 999 0170, Fax: +41 22 999
0169, E-mail
).
Este texto se incluyó en el sitio Web el 16 de diciembre de 1996, el 5 de abril
de 2000, Dwight Peck, Ramsar.