La
Convención sobre los Humedales
Recomendación 5.4: El Fondo para el Medio Ambiente Mundial (FMAM) y la Convención sobre la Diversidad Biológica
5a. Reunión de la Conferencia de
las Partes Contratantes
Kushiro, Japón
9-16 de junio de 1993
Recomendación 5.4: La relación entre la Convención de Ramsar, el Fondo para el Medio Ambiente Mundial (FMAM) y la Convención sobre la Diversidad Biológica
CELEBRANDO la creación del Fondo para el Medio Ambiente Mundial (FMAM) del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento;
INFORMADA de los numerosos proyectos - en muchos casos relacionados con humedales, algunos de ellos designados por las Partes Contratantes de Ramsar para su inclusión en la Lista de Humedales de Importancia Internacional de Ramsar - que ya han recibido apoyo en la fase piloto (1992-1994) del FMAM;
INFORMADA ADEMAS de los contactos iniciales entre la Oficina de la Convención, los organismos de ejecución del FMAM y la Oficina del Administrador del FMAM;
CONSCIENTE de que, según el Artículo 21 del Convenio Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, el FMAM debidamente reestructurado será la entidad internacional encargada de administrar provisionalmente el mecanismo financiero mencionado en el Artículo 11 de ese Convenio;
CONSCIENTE ADEMAS de que, según el Artículo 39 de las disposiciones financieras provisionales de la Convención sobre la Diversidad Biológica, el FMAM, a condición de que haya sido completamente reestructurado en consonancia con lo estipulado en el Artículo 21 de dicha Convención, será provisionalmente la estructura institucional a la que se refiere el Artículo 21 de la Convención;
DESTACANDO que la Convención de Ramsar, como otras convenciones internacionales relacionadas con la conservación y el uso racional de los recursos naturales, ya está en vigor y que podría incrementar significativamente sus logros si el FMAM financiara proyectos de conservación de humedales presentados por las Partes Contratantes de Ramsar que sean Estados signatarios de la Convención sobre la Diversidad Biológica;
RECALCANDO ADEMAS que la experiencia de la Convención de Ramsar y otros convenios relacionados con la conservación y el uso racional de los recursos naturales podría ser de gran utilidad para el FMAM, la Convención sobre la Diversidad Biológica y el Convenio sobre el Cambio Climático una vez que éstos entren en vigor;
LA CONFERENCIA DE LAS PARTES CONTRATANTES
PIDE al Fondo para el Medio Ambiente Mundial (FMAM) debidamente reestructurado, que considere la posibilidad de financiar, cuando proceda, proyectos presentados a la Convención sobre la Diversidad Biológica por las Partes Contratantes de Ramsar que sean también Estados signatarios de la Convención sobre la Diversidad Biológica, por conducto de la Oficina de la Convención de Ramsar, cuando dichos proyectos guarden relación con la conservación y el uso sustentable de la diversidad biológica en los humedales;
INSTA a las Partes Contratantes de Ramsar a que en las actividades que impulsen en su carácter de Estados signatarios de la Convención sobre la Diversidad Biológica, presten especial atención a la importante función desempeñada por los humedales como hábitat de un amplio espectro de especies amenazadas;
ESTIMA que habría que realizar esfuerzos para reforzar la capacidad institucional y humana y los recursos para el manejo de los humedales y la ejecución de proyectos de conservación en los países receptores;
CELEBRA los contactos que la Oficina de la Convención ha establecido ya con los tres organismos de ejecución en relación con la determinación y la preparación de proyectos y con la Oficina del Administrador del FMAM; y
PIDE a la Oficina de la Convención que refuerce sus contactos con la Secretaría de la Convención sobre la Diversidad Biológica con vistas a:
PIDE a la Oficina que informe sobre la aplicación de la presente recomendación a la Conferencia de las Partes Contratantes en su Sexta Reunión.
Para
más información, se ruega contactar: Oficina de la Convención de Ramsar,
Rue Mauverney 28, CH-1196 Gland, Suiza (Tel: +41 22 999 0170, Fax: +41 22 999
0169, E-mail
).
Este texto se incluyó en el sitio Web el 27 de enero de 1997, el 9 de marzo
de 2000, Dwight Peck, Ramsar.