Ramsar  logoLa Convención sobre los Humedales

Recomendación 4.9.1: Parque Nacional de Doñana, España


4a. Reunión de la Conferencia de las Partes Contratantes
Montreux, Suiza
27 de junio al 4 de julio de 1990

Recomendación 4.9.1: Parque Nacional de Doñana, España

RECONOCIENDO que Doñana es uno de los humedales más importantes de Europa y está incluido en la Lista de Humedales de Importancia Internacional;

INFORMADA de que las autoridades españolas han tomado medidas muy positivas para la protección de Doñana, incluyendo su restauración hidrológica, el agrandamiento del área protegida y una reducción considerable del área de regadío;

NOTANDO que, a pesar de estas medidas positivas, aún existe el riesgo de que se produzca un cambio en las condiciones ecológicas del Parque Nacional y Sitio Ramsar de Doñana, debido al uso excesivo de agua con fines agrícolas y de desarrollo turístico, entre otros problemas;

CONSCIENTE de la necesidad de contar con medidas suplementarias urgentes para asegurar la conservación de Doñana;

LA CONFERENCIA DE LAS PARTES CONTRATANTES

RECOMIENDA que el Gobierno Español y las autoridades regionales:

a) se aseguren de que el Plan Regulador preparado por la Autoridad de la Cuenca del Guadalquivir (CHG) sobre los recursos de agua de toda la cuenca hidrográfica, examine tanto el acuífero de las Marismas de Almonte como el sistema de riego, así como también la demanda de agua del sector turístico y urbano, a fin de hacer frente a los requerimientos de agua que el Parque Nacional de Doñana necesita para mantener sus condiciones ecológicas.

b) velen por que los órganos consultativos oficiales existentes del Parque Nacional y de la Cuenca del Guadalquivir den especial atención a la opinión de la comunidad científica y de las organizaciones no gubernamentales involucradas con la protección ambiental;

c) aseguren un control más efectivo y estricto de la extracción de agua y de la utilización de productos químicos en la agricultura; y

d) incrementen las suficientes medidas de conservación en el área aledaña a Doñana, para asegurar que las condiciones ecológicas de Doñanan no sean alteradas; agrandar el área protegida para cubrir todas las zonas importantes alrededor de Doñana, a fin de proteger el Parque Nacional de las amenazas que presenta el desarrollo turístic, en particular el plan de desarrollo propuesto denominado "Costa Doñana".


La versión en español de este documento fue preparada para información de las Partes Contratantes antes de la COP5 de Ramsar (Kushiro, Japón, 1993) y por lo tanto no constituye una versión oficial del mismo.


Para más información, se ruega contactar: Oficina de la Convención de Ramsar, Rue Mauverney 28, CH-1196 Gland, Suiza (Tel: +41 22 999 0170, Fax: +41 22 999 0169, E-mail ). Este texto se incluyó en el sitio Web el 16 de junio de 2000, Dwight Peck, Ramsar.