ramsar1.gif (11407 bytes)La Convención sobre los Humedales

Recomendación 3.3: Uso racional de los humedales


3a. Reunión de la Conferencia de las Partes Contratantes
Regina, Saskatchewan, Canadá
27 de mayo al 5 de junio de 1987

Recomendación 3.3: Uso racional de los humedales

RECORDANDO que las Partes Contratantes en la Convención Relativa a los Humedales de Importancia internacional Especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas elaboran y aplican su planificación "de forma que favorezca... el uso racional de los humedales de su territorio";

HACIENDO HINCAPIE en la necesidad de elaborar una definición del uso racional, con miras a orientar a las Partes Contratantes en su aplicación de la Convención;

OBSERVANDO que las Recomendaciones 1.5 de la Primera Reunión y 2.3 de la Segunda Reunión de la Conferencia de las Partes Contratantes se referían a la necesidad de establecer políticas nacionales en materia de humedales con miras a favorecer el uso racional;

TOMANDO NOTA de las deliberaciones y conclusiones del Taller sobre el uso racional celebrado en la presente Reunión;

 LA CONFERENCIA DE LAS PARTES CONTRATANTES 

RECOMIENDA que las Partes Contratantes aprueben la definición de uso racional establecida por la Conferencia de las Partes Contratantes en su Tercera Reunión, celebrada en Regina, y que figura en el Anexo a las Recomendaciones de Regina;

RECOMIENDA ASIMISMO que las Partes Contratantes presten especial atención al uso racional de los humedales fomentando políticas que contengan los elementos (a) a (f) de la primera parte de las Directrices sobre el uso racional incluidas en el Anexo a las Recomendaciones de Regina; y

RECOMIENDA TAMBIEN que, en tanto se establecen políticas detalladas, se tomen medidas inmediatas para fomentar el uso racional, incluyendo las que figuran en párrafos (a) a (d) de la segunda parte de las Directrices sobre el uso racional incluidas en el Anexo a las Recomendaciones de Regina.


La versión en español de este documento fue preparada para información de las Partes Contratantes antes de la COP5 de Ramsar (Kushiro, Japón, 1993) y por lo tanto no constituye una versión oficial del mismo.


Para más información, se ruega contactar: Oficina de la Convención de Ramsar, Rue Mauverney 28, CH-1196 Gland, Suiza (Tel: +41 22 999 0170, Fax: +41 22 999 0169, E-mail ). Este texto se incluyó en el sitio Web el 5 de junio de 2000, Dwight Peck, Ramsar.