La
Convención sobre los Humedales
Recomendación 3.1: Criterios para la identificación de los humedales de importancia internacional
3a. Reunión de la Conferencia de las
Partes Contratantes
Regina, Saskatchewan, Canadá
27 de mayo al 5 de junio de 1987
Recomendación 3.1: Criterios para la identificación de los humedales de importancia internacional y directrices para su uso
TOMANDO NOTA de las deliberaciones y conclusiones de los talleres dedicados a los criterios y a las vías de migración reunidos durante la presente Conferencia;
RECONOCIENDO las preocupaciones de los países en desarrollo que estiman sería oportuno examinar más a fondo los criterios y directrices para la identificación de los humedales de importancia internacional así como la aplicación de las disposiciones de la Convención sobre el uso racional;
LA CONFERENCIA DE LAS PARTES CONTRATANTES
RECOMIENDA que se utilicen los criterios para la identificación de los humedales de importancia internacional, revisados en Regina e incluidos en el Anexo a las Recomendaciones de Regina, para la identificación de los humedales a designar con miras a su inclusión en la Lista con arreglo al Artículo 2 de la Convención;
RECOMIENDA ASIMISMO la creación de un grupo de trabajo para examinar las modalidades de elaboración de los criterios y directrices para la identificación de los humedales de importancia internacional, así como de aplicación de las disposiciones de la Convención sobre el uso racional, con miras a mejorar la aplicación mundial de la Convención; y
RECOMIENDA POR ULTIMO que la composición del grupo de trabajo sea acordada por el Comité Permanente de la Conferencia de las Partes Contratantes, que el grupo de trabajo elija a su presidente, que la Oficina de la Convención actúe como coordinador del grupo, que el grupo de trabajo pueda consultar con los asesores técnicos apropiados y que informe sobre sus conclusiones a la Oficina en un plazo de 18 meses, para que dichas conclusiones sean enviadas a Partes Contratantes y observadores recabando sus comentarios, que la Oficina de la Convención prepare un informe basado en los comentarios recibidos y un proyecto de recomendación para su examen en la próxima reunión ordinaria de la Conferencia de las Partes Contratantes, debiendo ambos documentos ser enviados a las Partes Contratantes y observadores a más tardar 12 meses antes de la próxima reunión ordinaria de la Conferencia de las Partes Contratantes.
La versión en español de este documento fue preparada para información de las Partes Contratantes antes de la COP5 de Ramsar (Kushiro, Japón, 1993) y por lo tanto no constituye una versión oficial del mismo.
Para
más información, se ruega contactar: Oficina de la Convención de Ramsar,
Rue Mauverney 28, CH-1196 Gland, Suiza (Tel: +41 22 999 0170, Fax: +41 22 999
0169, E-mail
).
Este texto se incluyó en el sitio Web el 5 de junio de 2000, Dwight Peck, Ramsar.