ramsar1.gif (11407 bytes)La Convención sobre los Humedales

Recomendación 2.2: Enmiendas a la Convención


2a. Reunión de la Conferencia de las Partes Contratantes
Groninga, Países Bajos
7 al 12 de mayo de 1984

Recomendación 2.2: Enmiendas a la Convención

CONSIDERANDO que cualquier enmienda relativa a la competencia de la Conferencia y la Secretaría debería ser adoptada con la más amplia base posible;

La Segunda Conferencia de las Partes Contratantes, reunida en Groninga, Países Bajos, del 7 al 12 de mayo de 1984,

RECOMIENDA que las Partes Contratantes que participan en la adopción de enmiendas con posterioridad a la entrada en vigor del Protocolo de París procuren, sea cual fuere el método seguido para la adopción, adoptar dichas enmiendas por consenso.


La versión en español de este documento fue preparada para información de las Partes Contratantes antes de la COP5 de Ramsar (Kushiro, Japón, 1993) y por lo tanto no constituye una versión oficial del mismo


Para más información, se ruega contactar: Oficina de la Convención de Ramsar, Rue Mauverney 28, CH-1196 Gland, Suiza (Tel: +41 22 999 0170, Fax: +41 22 999 0169, E-mail ). Este texto se incluyó en el sitio Web el 30 de mayo de 2000, Dwight Peck, Ramsar.