La
Convención sobre los Humedales
Recomendación 1.5: Inventarios
de humedales ![]()
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1a. Reunión de la Conferencia de las Partes
Contratantes
Cagliari, Italia
24 al 29 de noviembre de 1980
Recomendación 1.5: [Elaboración de inventarios de humedales que ayuden a la elaboración y aplicación de políticas nacionales relativas a los humedales]
La Conferencia,
CONSCIENTE de que las Partes Contratantes de la Convención de Ramsar se comprometen a elaborar y aplicar su planificación de forma tal que favorezca el uso racional de los humedales de su territorio;
RECALCANDO que, como se señala en la Estrategia Mundial de la Conservación, el uso racional de los humedales implica el mantenimiento de sus condiciones ecológicas, en tanto base no solamente de la conservación de la naturaleza, sino también de un desarrollo sustentable;
CONVENCIDA de que el establecimiento de políticas nacionales globales debería favorecer el uso racional de los humedales, y que dichas políticas deberían basarse en un inventario nacional de los humedales y sus recursos;
TOMANDO NOTA de que algunas Partes Contratantes ya han efectuado dichos inventarios y elaborado políticas de ese tipo;
INSTA a las Partes Contratantes y a los gobiernos interesados a que elaboren inventarios de los humedales y sus recursos en cuanto sea posible, como un instrumento de ayuda para la elaboración y aplicación de políticas nacionales relativas a los humedales.
La versión en español de este documento fue preparada para información de las Partes Contratantes antes de la COP5 de Ramsar (Kushiro, Japón, 1993) y por lo tanto no constituye una versión oficial del mismo.
Para
más información, se ruega contactar: Oficina de la Convención de Ramsar,
Rue Mauverney 28, CH-1196 Gland, Suiza (Tel: +41 22 999 0170, Fax: +41 22 999
0169, E-mail
).
Este texto se incluyó en el sitio Web el 30 de mayo de 2000, Dwight Peck, Ramsar.