Convención
sobre los Humedales
Tercera Reunión Regional Paneuropea, Riga, Letonia, junio de 1998 -- Conclusiones y recomendaciones
Tercera Reunión Regional Paneuropea
Riga, Letonia, junio de 1998
Conclusiones y recomendaciones
Sesión plenaria A:
EXAMEN GENERAL
Conclusiones
1. Es preciso establecer relaciones de trabajo más estrechas entre la Comisión Europea y la Convención de Ramsar.
2. En particular, es preciso prestar más atención a la Directiva Marco sobre el Agua que se está preparando, la cual debería ser objeto de consultas de alto nivel entre la Comisión y la Oficina de Ramsar, así como entre los centros de coordinación pertinentes de los países que son Partes Contratantes de la Convención de Ramsar y Estados Miembros de la Unión Europea.
3. En esos países debería prestarse especial atención a la relación entre la red Natura 2000 de sitios designados con arreglo a las Directivas sobre «Aves» y «Hábitat» y los designados en virtud de la Convención de Ramsar.
4. Existen en Europa muchas redes de sitios de importancia internacional y regional. Entre ellos figuran los sitios Ramsar, los sitios Natura 2000 (Directivas sobre Aves y Hábitat de la UE), la Red Esmeralda de la Convención de Berna, los sitios con diploma europeo del Consejo de Europa, las reservas biogenéticas, los sitios del Patrimonio Mundial, las reservas de la biosfera, las zonas importantes de aves, etc. Es preciso mejorar la coordinación a nivel internacional y nacional.
5. Se han registrado progresos alentadores gracias al establecimiento en Europa de Políticas Nacionales de Humedales y Comités Nacionales Ramsar/Humedales, si bien sólo existen estructuras de esta clase en menos de la mitad de las Partes Contratantes europeas y tienen que seguir constituyendo una elevada prioridad para esos países.
6. En general ha resultado escasa la aplicación de los «criterios sobre peces» de Ramsar y la ejecución de las decisiones de la 6ª CdP relativas a la designación de mayor número de sitios, predominantemente turberas, arrecifes de coral, manglares y lechos de algas (estos tres últimos tipos de hábitat principalmente en relación con las PC de Europa occidental con territorios dependientes en regiones tropicales).
7. Aunque desde la 6ª CdP se han registrado progresos significativos, una minoría importante de sitios Ramsar todavía carece de Fichas Informáticas o mapas de límites.
8. La Convención debería dar gran prioridad a la cooperación con convenciones y acuerdos regionales, entre otros la Convención de la CEPE sobre la Evaluación de los Efectos en el Medio Ambiente en un Contexto Transfronterizo, la Convención de la CEPE sobre Lagos y Cursos de Agua Transfronterizos, HELCOM y procesos internacionales como los relativos a las cuencas del Rin y el Danubio (véanse las conclusiones y recomendaciones de la sesión técnica I sobre cooperación transfronteriza y en especial los párrafos 29 a 31).
9. Existe la necesidad urgente de disponer en los idiomas nacionales de los países de Europa central y oriental de textos relativos al uso racional. La comunicación eficaz con los interesados requiere «escuchar» y «hablar».
10. Es necesario, sobre todo en Europa central y oriental, perfeccionar los instrumentos y aumentar las oportunidades de aplicación mediante un enfoque integrado intersectorial. No obstante, en los procesos de transición y adhesión a la UE no debería perderse la diversidad regional de criterios sobre la conservación de humedales y la biodiversidad.
Recomendaciones
11. Se insta a las Autoridades Administrativas de las Partes de la UE en la Convención de Ramsar y a la Oficina a que establezcan acuerdos de trabajo más estrechos con los órganos encargados de las directivas pertinentes de la UE, en particular la Directiva Marco sobre el Agua que se está preparando.
12. Se alienta a las Partes a que examinen su situación con respecto a las diversas redes de sitios y traten de armonizar los procesos que permiten identificar, designar y controlar los sitios incluidos en esas redes e informar al respecto, con especial atención, en el caso de los países de la UE, en lo que respecta a desarrollar sinergia en los procesos relativos a los sitios Ramsar y los sitios Natura 2000.
13. Se insta a las Partes que no tengan o todavía no hayan empezado a preparar Políticas Nacionales de Humedales y no dispongan de Comités Nacionales Ramsar a que les den gran prioridad.
14. Se insta a las Partes Contratantes europeas a que consideren prioritario facilitar a tiempo a la Oficina las descripciones adecuadas de sitios y los mapas que establezcan sus límites con miras a la publicación del nuevo Directorio de Sitios Ramsar que se preparará para la 7ª CdP (plazo límite para la recepción de información, 1º de septiembre de 1998).
15. De conformidad con las decisiones de la 6ª CdP y el Plan Estratégico, también se insta a las Partes a que consideren la posibilidad de establecer a tiempo para la 7ª CdP una lista de sitios Ramsar que cumplan los criterios sobre peces o sean turberas (incluidos los cenagales), arrecifes de coral, manglares o lechos de algas.
16. Se pide a la Oficina que haga lo posible para proporcionar y difundir información sobre uso racional en los países de Europa central y oriental, en sus idiomas nacionales.
Sesión técnica 1:
COOPERACION TRANSFRONTERIZA
Conclusiones
17. La cooperación transfronteriza (CT) es parte fundamental de la Convención de Ramsar. Se expresa por medio del texto de la Convención (en especial el artículo 5), las resoluciones y recomendaciones de las CdP y el Plan Estratégico, y se examinará en dos reuniones técnicas de la 7ª CdP.
18. La CT sobre humedales y gestión de cuencas fluviales es fundamental para la región europea con el fin de garantizar la sostenibilidad a largo plazo de ese sistema. Va en interés de los propios países participar en esa cooperación. La CT debe ser de largo alcance, definir claramente las responsabilidades y emplear en lo posible las estructuras jurídicas y administrativas existentes.
19. La CT permite establecer redes de cooperación, lo que aumenta la solidaridad y disminuye los obstáculos administrativos existentes.
20. La CT requiere sobre todo actuar en asociación. Las consideraciones intersectoriales tienen importancia fundamental. Todos los interesados tienen que participar plenamente. La CT supone una idea compartida y un marco global de gestión que requieren voluntad política.
21. La CT ayuda a establecer estructuras de gestión. Los programas de CT en gran escala requieren que un órgano de coordinación los facilite y les otorgue consideración jurídica. Los órganos de coordinación también pueden ayudar a controlar la aplicación de la CT.
22. Los modelos existentes o posibles (por ejemplo, HumMed) pueden ayudar a alentar la CT en otras zonas, y se dispone de importante experiencia en la materia sobre regiones o temas concretos (por ejemplo, HELCOM, Programa del Danubio Verde o Proyecto Evian).
23. La CT no sólo conduce a generar información sino también, de manera fundamental, a proporcionar oportunidades para compartir información de forma mutuamente beneficiosa (a menudo por medio de nuevas tecnologías).
24. La CT es un instrumento adicional para conseguir apoyo con miras a la conservación de los humedales. Los aspectos de concienciación que supone la CT pueden aportar apoyo adicional para la conservación y el uso racional de los humedales.
25. La CT contribuye de manera importante a obtener financiación internacional y a su convergencia.
26. La CT en la gestión de humedales debe considerarse en términos de la duración de un proceso sin vincularla a la corta duración de un proyecto en particular.
27. Las metas y objetivos necesarios, aunque tienen que definirse claramente, deben ser lo suficientemente flexibles para ser configurados o perfeccionados a medida que se disponga de nueva información o aparezcan prioridades nuevas o adicionales.
28. Las iniciativas en materia de formación y educación y concienciación del público constituyen requisitos previos para la mayoría de formas de CT y deben tenerse en cuenta en todas las fases y niveles de aplicación de iniciativas sobre dicha cooperación.
Recomendaciones
29. Se alienta a las Autoridades Administrativas de la Convención de Ramsar a que apliquen, según proceda, las disposiciones existentes en materia de CT con el fin de contribuir a la conservación y el uso racional de los humedales. Asimismo, la Oficina de la Convención de Ramsar debería estudiar la posibilidad de establecer relaciones de trabajo más estrechas con los organismos de CT existentes en Europa para ese mismo fin (véase también el párrafo 8 de las conclusiones y recomendaciones de la sesión plenaria A).
30. Para la 7ª CdP la Oficina de la Convención de Ramsar, como parte de las Líneas Directrices para la aplicación del artículo 5 relativas a la cooperación internacional, debería facilitar una evaluación de los instrumentos jurídicos mundiales y regionales existentes actualmente para fomentar la cooperación transfronteriza en relación con los humedales, otros sistemas hídricos y especies dependientes compartidos, y recomendar a las Partes los mecanismos más adecuados que puedan aplicar para cumplir y seguir fomentando esta obligación fundamental de la Convención de Ramsar.
31. La Tercera Reunión Paneuropea recomienda que al desarrollar esta orientación para las Partes la Oficina tenga en cuenta las conclusiones de esta sesión técnica que figuran más arriba y examine las consecuencias jurídicas y de otra índole de la Convención de Ramsar preparando un protocolo sobre cooperación transfronteriza.
Sesión técnica 2:
POLITICAS NACIONALES Y REGIONALES DE HUMEDALES
Conclusiones
32. Es necesario que la Convención de Ramsar colabore con otros sectores hídricos en el desarrollo futuro de criterios para el desarrollo sostenible que equilibren los factores ecológicos y los factores humanos relacionados con la ecología.
33. La Oficina de la Convención de Ramsar y las Autoridades Administrativas tienen que continuar o iniciar el diálogo con otros sectores, por ejemplo, los que se ocupan del regadío, el avenamiento, el abastecimiento de aguas, el saneamiento y la energía hidroeléctrica, con el fin de alentar un criterio equilibrado de la gestión integrada de los recursos hídricos que adopte un enfoque favorable al ecosistema.
34. La Convención de Ramsar tiene que reconocer más claramente la importancia de las aguas subterráneas en la gestión de todo el sistema hídrico y las posibles consecuencias que la contaminación de esas aguas y el exceso de consumo de sus reservas puedan tener sobre los humedales.
35. Existen estudios de casos que ponen de manifiesto las enseñanzas obtenidas en los procesos de desarrollo y ejecución de Políticas Nacionales de Humedales. Muchas de esas enseñanzas son válidas para llevar a cabo la gestión de aguas a escala de cuenca hidrográfica. Algunos de sus elementos fundamentales se indican a continuación:
- aumento de la educación y la concienciación
- supervisión para orientar la gestión
- necesidad de incluir la valoración económica en las evaluaciones
- necesidad de que en las investigaciones en curso se informe a los encargados de adoptar las decisiones
- necesidad imperiosa de celebrar consultas interministeriales
- gran conveniencia de proceder a la integración con otras políticas y estrategias conexas (biodiversidad, agua, etc.)
- el Plan Estratégico de Ramsar es un punto de partida útil o un modelo para preparar políticas que también puedan ayudar a informar a nivel nacional a las CdP
- los incentivos financieros nacionales o los planes de préstamos son útiles o a veces fundamentales para lograr la participación y el apoyo de los interesados nacionales.
36. La planificación y la gestión a nivel de cuenca hidrográfica es ideal y no debe olvidar las zonas costeras en las que la escorrentía terrestre puede tener importantes consecuencias. En la gestión de las aguas interiores y los ecosistemas de las zonas costeras la Convención debería fomentar un enfoque integrado, teniendo en cuenta todo el sistema.
37. La Convención debería hacer lo posible para facilitar a las Partes mejores líneas directrices sobre la designación y gestión de los sitios Ramsar muy pequeños. También se requiere una mejor orientación en relación con la designación y gestión de sistemas de cenagales y karst.
Recomendaciones
38. Véase el párrafo 13 (sesión plenaria A) relativo al desarrollo de las Políticas Nacionales de Humedales.
39. Se insta a las Partes a que cuando preparen las Políticas Nacionales de Humedales tengan en cuenta la importancia de los elementos indicados en el párrafo 35 anterior.
40. También se insta a las Partes a que adopten criterios integrados de planificación y gestión a escala de cuenca hidrográfica con el fin de garantizar la conservación y el uso racional de los humedales. En las zonas costeras los criterios integrados también son fundamentales y teóricamente deberían vincularse a las prácticas de gestión de las cuencas.
41. Cuando se apliquen los criterios integrados que se recomiendan en el párrafo 40, se insta a las Partes a que tengan cuidadosamente en cuenta sus recursos de aguas subterráneas (y los que comparten con otras Partes). Se insta a las Partes a que presten atención especial a la contaminación y el exceso de consumo de los recursos de aguas subterráneas y recomienda que en la 7ª CdP se reconozca claramente la necesidad de gestionar esos recursos de conformidad con los principios del uso racional, en especial cuando abastecen a humedales o pueden tener consecuencias directas sobre ellos.
42. Se insta a las Partes a que den prioridad a la designación de sitios Ramsar pequeños, en especial cuando incluyen humedales karst y turberas/cenagales, y que al hacerlo determinen los límites que incluyan las unidades funcionales esenciales a escala del paisaje, y de ser posible las zonas de protección que puedan contribuir a gestionar esos sitios a fin de conservar su carácter ecológico. Al preparar en las nuevas líneas directrices para la aplicación de los criterios destinados a seleccionar sitios Ramsar, se pide a la Oficina que se ponga en relación con las Partes interesadas con el fin de garantizar la inclusión de orientaciones adecuadas sobre la definición de los límites de los sitios pequeños.
Sesión técnica 3:
GESTION DE LOS HUMEDALES EUROPEOS - FUNCION DE LA RESTAURACION Y REHABILITACION
Conclusiones
43. La restauración y rehabilitación de los humedales es fundamental para recuperar funciones y valores perdidos de esas zonas. Esta labor se ha fomentado por medio de las resoluciones y recomendaciones de las CdP y en el Plan Estratégico. Se ha convertido en una gran prioridad en importantes regiones del mundo.
44. La restauración y rehabilitación puede mejorar toda la variedad de funciones, valores y recursos que proporcionan los humedales, incluidos importantes beneficios económicos. Aunque los planes pueden resultar caros, es posible que constituyan una inversión juiciosa para lograr en el futuro beneficios económicos.
45. No obstante, cuando sea posible prever los enfoques y las necesidades en materia de restauración y rehabilitación, es mucho más prudente y rentable adoptar medidas de inmediato con el fin de evitar la degradación de los humedales y la necesidad de futuras reparaciones costosas e inciertas de los daños.
46. Las prioridades en cuanto a la labor de restauración y rehabilitación deben decidirse a un nivel estratégico adecuado (en muchos casos será a nivel nacional, pero por ejemplo en el caso de sistemas de humedales compartidos esta cuestión deberá tratarse en marcos existentes de cooperación transfronteriza).
47. Las finalidades y objetivos de las iniciativas de restauración o rehabilitación tienen que ser claros y especificar en qué estado se pretende quede el humedal de que se trate. En general, se perseguirá la finalidad de conseguir resultados que permitan llegar a un estado en el que el funcionamiento del humedal sea lo más natural posible, en la medida en que persistan condiciones ecológicas adecuadas y se garantice cierto grado de viabilidad. También puede haber otros objetivos pero es preciso que se basen en razones claras.
48. Todos los planes de restauración y rehabilitación tienen que contar con un plan de control, decidir desde el principio qué se entiende por éxito y en qué escala cronológica quepa esperar resultados.
49. La restauración y rehabilitación debe incluir, cuando la planificación de la gestión lo aconseje, marcos de política nacional y programas de ayuda al desarrollo.
50. Los pormenores del enfoque adoptado en cada caso serán específicos para el humedal concreto de que se trate. Aunque es importante el intercambio de experiencias entre los países, es preciso ser prudente en cuanto a generalizar las técnicas y soluciones de un caso a otro, pero en general se tratará de utilizar procesos naturales para fomentar la recuperación.
51. Podrían establecerse relaciones de trabajo más estrechas entre las comunidades de científicos y las personas que tengan conocimientos prácticos que ofrecer para la restauración y rehabilitación de los humedales.
52. Los enfoques experimentales contribuyen a demostrar la eficacia de las medidas de restauración y rehabilitación de tal manera que puedan utilizarse para aumentar los conocimientos, el apoyo y la confianza. No obstante, en algunas zonas pequeñas o vulnerables el sistema experimental tendrá una utilidad limitada.
Recomendaciones
53. Las Partes deberían incluir los objetivos y prioridades de restauración y rehabilitación en sus planes, políticas y programas nacionales de humedales. Cuando proceda, los objetivos pertinentes deberían integrarse en los planes de gestión de humedales.
54. Las Partes interesadas deberían contribuir a la labor del GECT y la Oficina en lo que respecta a preparar para la 7ª CdP una decisión y un anexo sobre restauración y rehabilitación de humedales. Se insta a la Oficina a que en sus planes y preparativos para dicha 7ª Conferencia garantice un lugar preeminente a las cuestiones relativas a la restauración y rehabilitación, en especial en las secciones técnicas I, II y III. También debería examinarse la posibilidad de una Intervención Especial sobre estas cuestiones.
55. Las Partes interesadas también deberían estudiar la posibilidad de llevar a cabo nuevos exámenes e intercambios de experiencias en el Foro Global sobre Biodiversidad previo a la Conferencia y en reuniones conexas durante la 7ª CdP.
Sección técnica 4:
CREACION DE CAPACIDAD FINANCIERA Y TECNICA PARA LA CONSERVACION Y EL USO RACIONAL DE LOS HUMEDALES
Conclusiones
56. Una asociación activa con las Convenciones «hermanas» de la Ramsar, por medio de mecanismos como el plan de trabajo conjunto con el CDB, puede ser muy beneficiosa en lo que se refiere a la conservación y uso racional de los humedales al alentar enfoques más integrados. En especial, puede contribuir a proporcionar oportunidades a fin de que los países intenten encontrar apoyo para actividades de creación de capacidad.
57. El trueque de deuda por medio ambiente permite que la deuda nacional se transforme en actividades de protección y conservación del medio ambiente nacional. Disposiciones de esta clase también pueden proporcionar la oportunidad de que se asocien gobiernos, autoridades locales, el sector privado, organizaciones no gubernamentales y organismos de financiación.
58. Los programas de cooperación multilateral y bilateral continúan constituyendo una fuente importante de financiación de los proyectos sobre humedales y pueden ayudar a los países en fase de transición económica a atender las obligaciones que les impone la Convención de Ramsar. Estos proyectos son en general muy rentables y pueden proporcionar beneficios a largo plazo gracias a la creación de capacidad.
59. Los programas de formación práctica de gestores y encargados de adoptar decisiones sobre los humedales constituyen instrumentos muy importantes de creación de capacidad y si los participantes proceden de diferentes regiones pueden contribuir a ampliar redes más extensas de especialistas en humedales y presentar a los participantes gran variedad de retos de gestión y contextos culturales.
60. Es necesario que los especialistas en humedales reciban formación en materia de planificación y aplicación de la gestión integrada de cuencas fluviales y zonas costeras, y que los especialistas de los sectores de gestión conexos (tales como el financiero, el jurídico, el del turismo ecológico, etc.) reciban formación para evaluar las funciones, valores y ventajas de los humedales.
61. Deben intensificarse los esfuerzos para aumentar la participación de la mujer en las actividades de formación.
62. La formación a escala internacional, regional y nacional se vería favorecida por el establecimiento de un mecanismo adecuado que permitiera mejorar las redes, la comunicación de la información y la coordinación.
63. HumMed tiene un fuerte componente de formación que debería seguir siendo apoyado prioritariamente para institucionalizar la formación en sus 23 países con el fin de establecer programas nacionales de formación.
Recomendaciones
64. Se insta a todas las Partes a que tomen nota del plan de trabajo conjunto y de las diversas decisiones de la 4ª CdP del CDB que se refieren a la asociación entre dicho Convenio y la Convención de Ramsar. Se insta a las Partes que tengan derecho a participar a que preparen proyectos adecuados para su examen con miras a conseguir el apoyo financiero del FMAM de conformidad con el texto concreto que figura en las decisiones a que se hace referencia anteriormente.
65. Además, se insta a las Autoridades Administrativas de la Convención de Ramsar a que examinen sus relaciones de trabajo con los centros de coordinación del CDB y otras convenciones internacionales pertinentes con el fin de garantizar a escala nacional un esfuerzo coordinado encaminado a la conservación y el desarrollo sostenible.
66. Se alienta a las Partes que estén examinando o preparando acuerdos para cambiar deuda por medio ambiente a que incluyan proyectos de conservación y uso racional de humedales como parte de la cartera de actividades nacionales que recibirán apoyo.
67. Se insta a los donantes multilaterales y bilaterales a que sigan apoyando a los países con economías en transición de Europa y en especial los proyectos que les ayuden a crear capacidad para atender las obligaciones que les impone la Convención de Ramsar.
68. Se insta a las Partes a que incluyan componentes de formación en todos los aspectos pertinentes de su labor de aplicación de la Convención de Ramsar, incluidos el desarrollo de las Políticas Nacionales de Humedales y la realización de prácticas de uso racional mediante actividades en los sitios ecológicos, y que cuando proceda incluyan elementos de formación en los proyectos que presenten a los órganos de financiación.
69. Se insta a las Partes, la Oficina, las organizaciones asociadas, otras organizaciones no gubernamentales y los organismos donantes a que aumenten sus esfuerzos para alcanzar el Objetivo Operativo 4.2 del Plan Estratégico 1997-2002 de la Convención de Ramsar relativo a la formación, y en especial las medidas que fomenten la gestión integrada de cuencas hidrográficas y fluviales. Debería darse prioridad a la participación de la mujer en toda esta formación.
70. La Tercera Reunión Regional Paneuropea de Ramsar apoya el examen del establecimiento de un mecanismo para mejorar las redes existentes, la información compartida y la coordinación, a escala mundial, en relación con la formación en materia de gestión de humedales. Se pide que la Oficina, las organizaciones asociadas, Tour du Valat (para HumMed), las Partes interesadas y otras organizaciones no gubernamentales trabajen conjuntamente con el fin de preparar una propuesta en relación con dicho mecanismo para su examen por posibles organizaciones donantes.
Sesión plenaria B:
7ª CONFERENCIA DE LAS PARTES, COSTA RICA, MAYO DE 1999
Conclusiones
71. La estructura de los informes nacionales (incluido un cuadro de los sitios enumerados en el país de que se trate) se distribuyó a todas las Partes Contratantes mediante notificación diplomática de enero de 1998. La Oficina también distribuye disquetes en los que figura la estructura en varios formatos electrónicos diferentes. La estructura se ajusta a la del Plan Estratégico de Ramsar con el fin de que pueda evaluarse a nivel nacional, regional y mundial en la 7ª CdP. Cada coordinador regional preparará un examen general que se presentará en las sesiones plenarias de la 7ª CdP. Estos informes, en su calidad de documentos públicos, también se incorporarán en la página de Ramsar en el World Wide Web.
72. El programa técnico de la 7ª CdP constará de cinco temas (cada uno de ellos con subtemas conexos) y habrá una serie de intervenciones especiales en la plenaria. Los debates de las sesiones técnicas se basarán principalmente en las agrupaciones regionales, después de presentaciones preliminares en la sala de plenarias.
73. En relación con el documento de información sobre regionalización preparado por la Oficina para el subgrupo del Comité Permanente sobre esta cuestión se llegó a la conclusión de que dicho subgrupo debería seguir estudiando las opciones existentes para la posible nueva definición de la estructura regional de la Convención en la 7ª CdP. La tercera opción presentada en el documento de información existente no contó con amplio apoyo.
74. La selección de representantes del Comité Permanente para el trienio 2000-2002 dependerá de los resultados del debate sobre la cuestión de la regionalización que se celebre en la 7ª CdP.
75. El nombramiento de nuevos miembros del GECT no puede retrasarse por causa de los debates sobre la regionalización de la Convención. La solicitud de candidaturas (con indicación de las zonas de conocimientos prácticos que probablemente se necesiten) se envió en nota diplomática de 19 de marzo de 1998, fijando como fecha límite el 14 de agosto del mismo año.
76. La reunión tomó nota del informe del Secretario General sobre la actual buena situación del presupuesto básico de la Convención y de su intención de pedir sólo un aumento equivalente al del costo de vida en la 7ª CdP. La reunión también tomó nota de la petición del Secretario General de que no obstante se examinara la posibilidad de incluir fondos para contratar a un funcionario de asistencia para el desarrollo, sufragar los costos de la Oficina para la organización de futuras CdP y establecer sobre una base financiera más estable el Fondo de Pequeñas Subvenciones.
77. La reunión tomó nota de la petición de la Oficina de que los proyectos de decisión o las propuestas de decisiones para la 7ª CdP se presentasen con la mayor antelación posible, antes del límite oficial de 60 días.
78. De conformidad con las decisiones de la 6ª CdP y del Comité Permanente, se creó el Premio Ramsar a la Conservación de los Humedales. La reunión tomó nota de que en la 7ª CdP se presentarían tres donaciones de USD 10.000 efectuadas por el Grupo Danone como parte del proyecto Evian para complementar el Premio Ramsar. Las candidaturas, presentadas por medio del formulario preparado especialmente, deben enviarse a la Oficina a más tardar el 31 de julio de 1998.
Recomendaciones
79. Las Partes Contratantes deben presentar a la Oficina sus informes nacionales, en ejemplares impresos y electrónicamente, a más tardar el 1º de septiembre de 1998. Los informes deben presentarse oficialmente, de ser posible acompañados de una carta firmada por el Ministro competente.
80. Para realizar sus informes nacionales las Partes Contratantes deberían aplicar el principio de que es preferible un exceso de detalles que pocos o ninguno. Las Partes Contratantes que tengan una estructura federal deben presentar un solo informe conjunto.
81. La reunión hizo suya la propuesta de que los debates de la sesión técnica de la 7ª CdP se celebrasen sobre la base de un único grupo regional paneuropeo. Debe hacerse lo posible por incluir la cuestión de la restauración y rehabilitación como subtema de la sesión técnica y/o como Intervención Especial en el programa de la 7ª CdP.
82. Se insta a las Partes Contratantes a que se pongan en relación con los miembros del subgrupo de clasificación regional del Comité Permanente (Canadá, Hungría-Presidencia, Papúa Nueva Guinea, República Islámica del Irán, Senegal y Uruguay) antes de la 21ª reunión del Comité Permanente (octubre de 1998) si desean contribuir al debate sobre esta cuestión.
83. Se insta a las Partes Contratantes a que respeten los plazos fijados en relación con las candidaturas para el Premio Ramsar (31 de julio de 1998), el GECT (14 de agosto de 1998) y la presentación de proyectos de decisión para la 7ª CdP (lo antes posible, pero a más tardar el 10 de marzo de 1999).
Para
más información, se ruega contactar: Oficina de la Convención de Ramsar,
Rue Mauverney 28, CH-1196 Gland, Suiza (Tel: +41 22 999 0170, Fax: +41 22 999
0169, E-mail
).
Posted el 4 de agosto de 1998, Dwight Peck, Ramsar.