La
Convención sobre los Humedales
Manual de la Convención de Ramsar, 4a. edición (2006)
Manual de la Convención de Ramsar
Guía
a la Convención sobre los Humedales
(Ramsar, Irán, 1971)
4a. edición

Secretaría de la Convención de Ramsar - 2006
Manual de la Convención
de Ramsar: Guía a la Convención sobre los Humedales
(Ramsar, Irán, 1971),
4a. edición. Gland (Suiza): Secretaría de la Convención
de Ramsar,2006.
Copyright © Secretaría de la Convención de Ramsar 2006
Queda autorizada la reproducción de datos contenidos en esta publicación con fines educativos y otros fines no comerciales sin permiso previo de la Secretaría de Ramsar siempre que se cite como es debido. Queda prohibida la reproducción de los mismos para reventa u otros fines comerciales sin la autorización previa por escrito de la Secretaría de Ramsar.
Nota: Las denominaciones de entidades geográficas empleadas en este Manual y la forma en que aparecen presentados los datos que contiene no entrañan, de parte de la Secretaría de la Convención de Ramsar, juicio alguno sobre la condición jurídica de ningún país, territorio o región, o sus autoridades, ni respecto de la delimitación de sus fronteras o límites.
Esta publicación ha de ser citada como sigue: Secretaría de la Convención de Ramsar, 2006. Manual de la Convención de Ramsar: Guía a la Convención sobre los Humedales (Ramsar, Irán, 1971), 4a. edición. Secretaría de la Convención de Ramsar, Gland (Suiza).
Foto de la portada: Sitio Ramsar Refugio de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo, Costa Rica. Foto: Julio Montes de Oca, UICN-ORMA, 2004.

2 de
febrero -Día Mundial de los Humedales
Únase a la conmemoración del aniversario de la Convención
por la comunidad Ramsar de todo el mundo.
Índice
1. La Convención de Ramsar
1.1 ¿Qué es la Convención de Ramsar sobre los Humedales?
1.2 ¿Qué son los humedales?
1.3 ¿Por qué conservar los humedales?
1.4 ¿Por qué una convención internacional sobre los humedales?
1.5 ¿Por qué se adhieren los Estados a la Convención de Ramsar?
1.6 ¿Quién puede adherirse a la Convención de Ramsar?
1.7 ¿A qué se comprometen las Partes que se adhieren a la Convención de Ramsar?
1.8 Interpretación ulterior de los compromisos
1.9 Presentación de informes
1.10 La Convención de Ramsar hoy
1.11 El Plan Estratégico de Ramsar y los "tres pilares" de la Convención
1.12 Sinergias con otras convenciones sobre el medio ambiente2. Breve historia de la Convención de Ramsar
2.1 Antecedentes
2.2 El Protocolo de París y las Enmiendas de Regina
2.3 Cronología de Ramsar - hitos
2.4 Otros materiales de lectura3. ¿Cómo funciona la Convención de Ramsar?
3.1 La Conferencia de las Partes Contratantes
3.2 El Comité Permanente
3.3 La secretaría
3.4 Autoridades Administrativas y notificaciones diplomáticas
3.5 El Grupo de Examen Científico y Técnico
3.6 El presupuesto de la Convención de Ramsar
3.7 Las regiones Ramsar
3.8 Comités Nacionales Ramsar
3.9 Cooperación con otras organizaciones4. Apoyo a las Partes Contratantes
4.1 El 'Juego de Herramientas' de Ramsar
4.2 El concepto Ramsar de uso racional
4.2.1 Establecimiento de políticas nacionales de humedales
4.2.2 Conocimientos sobre los humedales y sus valores
4.2.3 Actuaciones en humedales determinados
4.2.4 El Proyecto sobre Uso Racional4.3 Sitios incluidos en la Lista
4.3.1 Criterios para la identificación de Humedales de Importancia Internacional
4.3.2 La Ficha Informativa de los Humedales Ramsar
4.3.3 La Base de Datos sobre los Sitios Ramsar
4.3.4 Sistema de Clasificación de Tipos de Humedales
4.3.5 El Registro de Montreux
4.3.6 Misiones Ramsar de Asesoramiento
4.3.7 Artículo 3.24.4 Cooperación internacional
4.4.1 Cooperación con las Partes Contratantes y entre ellas
4.4.2 Conservación de humedales transfronterizos
4.4.3 Conservación transfronteriza de especies
4.4.4 Hermanamiento de sitios Ramsar
4.4.5 Cooperación regional en el marco de Ramsar
4.4.6 Programas de asistencia a pequeños proyectos: FPS y WFF
4.4.7 Respaldo a proyectos y organismos de apoyo externo4.5 Reservas y formación
4.5.1 Reservas
4.5.2 Formación4.6 Comunicación del mensaje de Ramsar
4.6.1 El Programa de comunicación, educación y concienciación del público (CECoP) de la Convención
4.6.2 Ramsar e Internet
4.6.3 Día Mundial de los Humedales y materiales para el DMH
4.6.4 Los Premios a la Conservación de los Humedales
4.6.5 El Centro de Recursos para el Uso Racional
4.6.6 Publicaciones
4.6.7 Letreros en los sitios Ramsar
5. ¿Cómo se adhieren los Estados a la Convención de Ramsar?
5.1 El instrumento de adhesión
5.2 Designación de humedales para la Lista de Ramsar
5.3 Costo de adhesión a la ConvenciónApéndices
1 Texto de la Convención de Ramsar
2 Resoluciones y Recomendaciones de la Conferencia de las Partes Contratantes
3 Bibliografía
4 El 'Juego de herramientas de Ramsar': Índice de la serie de Manuales
5 Glosario de siglas, abreviaturas y términos
Cuando
el Manual de Ramsar fue compilado por T. J. Davis y publicado por primera
vez en 1994 tuvo una buena acogida como vademécum esencial para orientarse
en el cúmulo a veces desconcertante de resoluciones, lineamientos y términos
de Ramsar. No obstante, quedó desfasado rápidamente, sobre todo
porque la labor realizada por la Conferencia de las Partes en su 6a. Reunión,
celebrada en Brisbane en 1996, aportó nuevas ideas y orientaciones para
la evolución de la Convención.
Se publicó pues una segunda edición en 1997, en la que se incorporaron todos los cambios institucionales de los tres años precedentes e incluyeron como anexos todos los documentos importantes relacionados con la Convención.
Ahora bien, después de la COP7, celebrada en San José en 1999, se estimó que los materiales documentarios de Ramsar se habían vuelto demasiado voluminosos para ser incluidos en forma de apéndices en el Manual y en enero de 2000 se publicó por separado la primera edición de los nueve volúmenes del "Juego de Herramientas de Ramsar" (Manuales Ramsar para el uso racional de los humedales) a fin de dar acceso a todas las orientaciones importantes adoptadas por la COP. Ese momento supuso una ruptura en el Manual de Ramsar.
Los Manuales han demostrado ser de una utilidad inestimable y una tercera edición, que incluye los documentos orientadores aprobados por la COP8 en 2002 y la COP9 en 2005, se está poniendo a disposición actualmente en el sitio Web de Ramsar y pronto estará disponible también en CD-ROM. Así con todo, se echaba en falta el Manual, y muchas personas opinaban que seguía siendo necesaria una corta introducción impresa a la Convención y sus procesos.
Así pues, en 2004 se preparó una tercera edición, la cual tomaba en consideración todos los cambios registrados desde 1997, y ahora las nuevas revisiones de esta cuarta edición suponen una actualización hasta diciembre de 2006. Los enlaces para acceder a los documentos y recursos de Ramsar mencionados en el texto cuya fuente no se indica en él figuran en el apéndice 3. De igual modo, se proporcionan referencias a los materiales presentados en los 17 volúmenes de los Manuales Ramsar para la conservación y el uso racional de los humedales (3ª ed., 2006).
Nota: En algunos pasajes del texto que sigue figuran remisiones a otras secciones, señaladas con el símbolo § seguido del número de la sección correspondiente.
Diciembre de 2006
1.1 ¿Qué es la Convención de Ramsar sobre los Humedales?
La Convención sobre los Humedales es un tratado intergubernamental aprobado el 2 de febrero de 1971 en la localidad iraní de Ramsar, situada a orillas del Mar Caspio. Así, aun cuando hoy el nombre que suele emplearse para designar la Convención es "Convención sobre los Humedales (Ramsar, Irán, 1971)", ha pasado a conocerse comúnmente como "la Convención de Ramsar". Ramsar es el primero de los tratados modernos de carácter intergubernamental sobre conservación y uso sostenible de los recursos naturales, pero en comparación con los más recientes, sus disposiciones son relativamente sencillas y generales. Con los años la Conferencia de las Partes Contratantes ha desarrollado e interpretado los principios básicos del texto del tratado y ha conseguido que la labor de la Convención corra pareja con la evolución de las percepciones, prioridades y tendencias del pensamiento ambiental.
El nombre oficial del tratado, Convención relativa a los Humedales de Importancia Internacional especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas, refleja el énfasis puesto inicialmente en la conservación y el uso racional de los humedales sobre todo como hábitat de tales aves. Sin embargo, con los años la Convención ha ampliado su alcance de aplicación hasta abarcar la conservación y el uso racional de los humedales en todos sus aspectos, reconociendo que los humedales en tanto que ecosistemas son extremadamente importantes para la conservación de la biodiversidad y el bienestar de las comunidades humanas, cubriendo así el alcance completo del texto de la Convención. Por este motivo el empleo cada vez más frecuente de la versión corta del título del tratado, la "Convención sobre los Humedales", es enteramente apropiado. (Para modificar el nombre del tratado sería preciso enmendar el propio tratado, lo que supone un complicado proceso que, de momento, las Partes Contratantes no toman en consideración.)
La Convención entró en vigor en 1975 y hoy (diciembre de 2006) cuenta con 153 Partes Contratantes, o Estados miembros, de todo el mundo. Si bien el mensaje central de Ramsar es la necesidad de usar todos los humedales de forma sostenible, la "estrella" de la Convención es la Lista de Humedales de Importancia Internacional (la "Lista de Ramsar") - hasta ahora las Partes han designado más de 1.634 humedales con una superficie de 145 millones de hectáreas (1,45 millones de kilómetros cuadrados), equivalentes a una superficie superior a la de Alemania, Francia, España y Suiza juntas, para inclusión en la lista y protección especial como "sitios Ramsar".
| El Depositario recibe, examina y da por buenos los instrumentos de adhesión de cada Estado miembro del tratado, conserva el texto oficial de la Convención en seis idiomas oficiales y aporta interpretaciones jurídicas del texto cuando es preciso. El Depositario no desempeña función alguna en la administración y/o aplicación del tratado. |
La Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) ese la Depositaria de la Convención, pero la Convención de Ramsar no forma parte del sistema de convenios y acuerdos sobre medio ambiente de las Naciones Unidas y la UNESCO. La Convención depende únicamente de la Conferencia de las Partes Contratantes (COP) y su administración corriente ha sido confiada a una secretaría, bajo la autoridad de un Comité Permanente elegido por la COP. La Secretaría de Ramsar está alojada en la sede de la UICN-Unión Mundial para la Naturaleza en Gland (Suiza).
La misión de la
Convención de Ramsar, adoptada por las Partes en 1999 y revisada en 2002
es "la conservación y el uso racional de los humedales mediante
acciones locales, regionales y nacionales y gracias a la cooperación
internacional, como contribución al logro de un desarrollo sostenible
en todo el mundo".
1.2 ¿Qué son los humedales?
Los humedales son zonas donde el agua es el principal factor controlador del
medio y la vida vegetal y animal asociada a él. Los humedales se dan
donde la capa freática se halla en la superficie terrestre o cerca de
ella o donde la tierra está cubierta por aguas poco profundas.
La Convención de Ramsar aplica un criterio amplio a la hora de determinar
qué humedales quedan sujetos a sus disposiciones. Con arreglo al texto
de la Convención (Artículo 1.1), se entiende por humedales:
"las extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de aguas, sean éstas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina cuya profundidad en marea baja no exceda de seis metros".
Además, a efectos de proteger sitios coherentes, el Artículo 2.1 estipula que los humedales que se incluirán en la Lista de Ramsar de Humedales de Importancia Internacional:
"podrán comprender sus zonas ribereñas o costeras adyacentes, así como las islas o extensiones de agua marina de una profundidad superior a los seis metros en marea baja, cuando se encuentren dentro del humedal".
En general, se reconocen cinco tipos de humedales principales:
Además, hay humedales
artificiales, como estanques de cría de peces y camarones, estanques
de granjas, tierras agrícolas de regadío, depresiones inundadas
salinas, embalses, estanques de grava, piletas de aguas residuales y canales.
La Convención de Ramsar ha adoptado un Sistema Ramsar de Clasificación
de Tipos de Humedales que incluye 42 tipos, agrupados en tres categorías:
humedales marinos y costeros, humedales continentales y humedales artificiales.
Según el texto de la Convención se consideran humedales marinos
los que alcanzan una profundidad de hasta seis metros en marea baja (según
parece, esta cifra corresponde a la profundidad máxima a la que se pueden
sumergir los patos marinos en busca de alimento), pero el tratado prevé
también la inclusión dentro de los límites de los humedales
protegidos de aguas de una profundidad superior a seis metros, e islas. Cabe
señalar también que se entiende que los lagos y ríos en
su totalidad quedan comprendidos en la definición de humedales de Ramsar,
cualquiera que sea su profundidad.
Hay humedales en todas partes, desde la tundra hasta el trópico. No se
sabe con exactitud qué porcentaje de la superficie terrestre se compone
actualmente de humedales. Según la estimación del Centro Mundial
de Monitoreo de la Conservación del PNUMA sería de unos 570 millones
de hectáreas (5,7 millones de km2) - aproximadamente el 6% de la superficie
de la Tierra - de los cuales 2% son lagos, 30% turberas arbustivas o abiertas
("bogs"), 26% turberas de gramíneas o carrizo ("fens"),
20% pantanos y 15% llanuras aluviales. Mitsch y Gosselink, en la 3a. edición
de su libro de texto de amplia difusión Wetlands (2000), opinan
que oscila entre 4% y 6% de la superficie de la Tierra. Los manglares cubren
unos 240.000 km2 de zonas costeras y se estima que quedan unos 600.000 km2 de
arrecifes de coral en el mundo. Ahora bien, pese a que en un estudio mundial
preparado para la COP7 de Ramsar, celebrada en 1999, se afirmó que "la
información disponible actualmente no permite dar una cifra aceptable
de la extensión de los humedales a escala mundial", se indicó
también que, según la 'mejor' estimación mundial mínima,
oscilaría entre 748 y 778 millones de hectáreas. En el mismo informe
se indicó que este "mínimo" podría aumentar a
un total de entre 999 y 4.462 millones de hectáreas si se tuvieran en
cuenta otras fuentes de información.
1.3 ¿Por qué conservar los humedales?
Los humedales figuran entre los medios más productivos del mundo. Son
cunas de diversidad biológica y fuentes de agua y productividad primaria
de las que innumerables especies vegetales y animales dependen para subsistir.
Dan sustento a altas concentraciones de especies de aves, mamíferos,
reptiles, anfibios, peces e invertebrados. Los humedales son también
importantes depósitos de material genético vegetal. El arroz,
por ejemplo, una especie común de los humedales, es el principal alimento
de más de la mitad de la humanidad.
![]() |
|
Chozas
para la pesca en el canal Bevanella en el sitio Ramsar Ortazzo e
Ortazzino en la costa del Adriático al sur del Delta del
Po. Foto: Tobias Salathé, Ramsar, 2003.
|
Las múltiples funciones de los ecosistemas de humedales y su valor para la humanidad se han llegado a comprender y documentar en grado creciente en los últimos años. Esto se ha traducido en gastos ingentes para restablecer las funciones hidrológicas y biológicas de humedales degradadas o interrumpidas. Con todo, esto no basta - los empeños de los dirigentes mundiales para hacer frente a la aceleración de la crisis hídrica y a los efectos del cambio climático ponen de relieve que se ha iniciado la carrera para mejorar las prácticas apreciablemente a escala mundial. Y ello en momentos en que todo indica que la población del mundo aumentará en 70 millones de personas por año en los próximos 20 años.
El consumo mundial de agua dulce aumentó seis veces entre 1900 y 1995 - más del doble del índice de aumento de la población. Un tercio de la población del mundo vive hoy en países que están experimentando ya estrés por déficit hídrico en grado moderado a alto. Para 2025 dos de cada tres habitantes de la Tierra bien podrían vivir en condiciones de estrés por déficit hídrico.
La capacidad de los humedales
de adaptarse a condiciones dinámicas e índices de cambio cada
vez más rápidos será crucial para las comunidades humanas
y las especies silvestres en todas partes conforme se vaya percibiendo de lleno
el impacto del cambio climático en las bases de sustentación de
los ecosistemas. No llama pues la atención que los humedales y los servicios
que nos prestan estén en el punto de mira de todo el mundo.
Los encargados de la formulación de políticas y la toma de decisiones
adoptan con frecuencia decisiones en materia de desarrollo basadas en cálculos
sencillos de las ventajas y los inconvenientes monetarios de las propuestas
que tienen ante sí - la importancia de los humedales para el medio ambiente
y las sociedades humanas ha sido infravalorada tradicionalmente en estos cálculos
debido a lo difícil que es asignar un valor monetario a los valores y
beneficios, así como a los bienes y servicios de los ecosistemas de humedales.
Así, un número creciente de economistas y otros científicos
están trabajando en el campo cada vez más importante de la valoración
de los servicios de los ecosistemas. Se trata de una tarea difícil, pero
para que los encargados de la toma de decisiones cuenten con información
correcta sobre la relación entre los valores monetarios de un humedal
saludable y las pérdidas económicas de un humedal destruido o
degradado, no hay más remedio que avanzar en este sentido. Algunos estudios
recientes han indicado que los ecosistemas prestan servicios de un valor equivalente
a por lo menos 33 billones de dólares EUA por año, de los cuales
4,9 billones se atribuyen a los humedales.
Además, los humedales son importantes, y a veces esenciales, para la
salud, el bienestar y la seguridad de quienes viven en ellos o en su entorno.
Figuran entre los medios más productivos del mundo y reportan un amplio
abanico de beneficios.
a) Funciones
Las interacciones de los componentes físicos, biológicos y químicos de un humedal, como los suelos, el agua, las plantas y los animales, hacen posible que desempeñe muchas funciones vitales, como por ejemplo:
b) Valores
Los humedales reportan a menudo beneficios económicos enormes, como por ejemplo:
Además,
los humedales poseen atributos especiales como parte del patrimonio cultural
de la humanidad - están asociados a creencias religiosas y cosmológicas
y a valores espirituales, constituyen una fuente de inspiración estética
y artística, aportan información arqueológica sobre el
pasado remoto, sirven de refugios de vida silvestre y de base a importantes
tradiciones sociales, económicas y culturales locales.
En el contexto de la Evaluación de los Ecosistemas del Milenio
(EM), publicada en 2006, se describe a los ecosistemas como el complejo de comunidades
vivas (incluidas las comunidades humanas) y del medio ambiente no vivo (Componentes
de los Ecosistemas) que interactúan (a través de Procesos Ecológicos)
como una unidad funcional que proporciona, entre otras cosas, una variedad de
beneficios a los seres humanos (Servicios de los Ecosistemas).
El término "servicios de los ecosistemas" incluye los servicios de aprovisionamiento, regulación y culturales, que afectan directamente a las personas, y los servicios de apoyo, que son necesarios para mantener a los anteriores servicios. En el Informe de Síntesis preparado por la EM para la Convención de Ramsar (Finlayson, C.M., D'Cruz, R. & Davidson, N.C. 2005. Wetlands and water: ecosystem services and human well-being, World Resources Institute, Washington D.C.) se ofrece más información sobre el particular. En el contexto de la Convención de Ramsar los "servicios de los ecosistemas" hacen referencia a productos, funciones y atributos, según se define en la Resolución VI.1, y su alcance se amplía para incluir valores culturales materiales y no materiales, beneficios y funciones, tal como se esboza en el documento COP8 DOC.15, Aspectos culturales de los humedales.
Algunos términos empleados en anteriores lineamientos y documentos de Ramsar figuran a continuación en paralelo a los empleados en la EM.
| Términos de la EM que se aplican en los lineamientos de Ramsar y otros usos de la Convención | Términos utilizados en distintos lineamientos previos de Ramsar y otros documentos |
| Componentes de los Ecosistemas: físicos, químicos, biológicos (hábitat, especies, genes) | "componentes", "características", "atributos", "propiedades" |
| Procesos Ecológicos dentro de los ecosistemas y entre los mismos | "procesos", "interacciones", "propiedades"; "funciones" |
| Servicios de los Ecosistemas: aprovisionamiento; regulación; culturales; apoyo | "servicios", "beneficios", "valores", "funciones", "bienes", "productos" |
Estas funciones, valores
y atributos - estos "servicios de los ecosistemas" y "componentes"
- sólo pueden mantenerse si se permite que los procesos ecológicos
de los humedales sigan funcionando. Desafortunadamente, y a pesar de los progresos
realizados en los últimos decenios, los humedales siguen figurando entre
los ecosistemas más amenazados del mundo, sobre todo a causa de la continua
desecación, conversión, contaminación y sobreexplotación
de sus recursos.
La carpeta informativa de 11 documentos titulada "Humedales: Valores y
Funciones" y el juego de 10 documentos de la carpeta informativa sobre
"El patrimonio cultural de los humedales" de la Convención
se pueden solicitar a la Secretaría o consultar en la Web de Ramsar.
En el Anexo A a la Resolución IX.1 (2005) figura una interpretación
exhaustiva de la terminología tradicional de Ramsar en términos
de la Evaluación de los Ecosistemas del Milenio.
1.4 ¿Por qué una convención internacional sobre los humedales?
La Convención de Ramsar sobre los Humedales se elaboró como medio
de llamar la atención internacional sobre el ritmo con que los hábitat
de humedales estaban desapareciendo, en parte debido a la falta de comprensión
de sus importantes funciones, valores, bienes y servicios. Los gobiernos que
se adhieren a la Convención están expresando su disposición
a comprometerse a invertir el curso de esta historia de pérdida y degradación
de humedales.
Además, muchos humedales son sistemas internacionales que se extienden
más allá de las fronteras de dos o más Estados, o forman
parte de cuencas hidrográficas que incluyen a más de un Estado.
La salud de estos y otros humedales depende de la calidad y la cantidad de agua
transfronteriza suministrada por ríos y otros cursos de agua, lagos o
acuíferos subterráneos. Los mejores propósitos de los países
situados de uno y otro lado de estas fronteras pueden resultar infructuosos
sin un marco de deliberación y cooperación internacionales que
reporte beneficios mutuos.
Los impactos del ser humano en las fuentes de abastecimiento de agua, como la
contaminación agrícola, industrial o doméstica, se pueden
registrar a distancias apreciables de los humedales, a menudo allende las fronteras
de los Estados afectados. Donde ocurre esto, es posible que se degraden o incluso
destruyan hábitat de humedales y que se pongan en peligro la salud y
los medios de subsistencia de las poblaciones locales.
Muchas especies de fauna de humedales, por ejemplo algunas especies de peces,
muchas aves acuáticas, insectos como mariposas y libélulas, y
mamíferos como las nutrias, son especies migratorias cuya conservación
y manejo ha de ser también objeto de cooperación internacional.
En suma, los humedales constituyen un recurso de enorme valor económico,
cultural, científico y recreativo para la vida humana; los humedales
y las personas son en definitiva interdependientes. Es pues menester poner coto
a la invasión y pérdida de humedales y es preciso adoptar medidas
para conservar los recursos de los humedales y utilizarlos racionalmente. Para
lograr esto en el plano mundial hacen falta actividades de cooperación
intergubernamental. La Convención de Ramsar sobre los Humedales sirve
de marco para tales actividades internacionales, así como para actividades
nacionales y locales.
1.5 ¿Por qué se adhieren los Estados a la Convención
de Ramsar?
La condición de miembro de la Convención de Ramsar:
Según los Informes Nacionales presentados por las Partes Contratantes, la Convención ha contribuido a menudo a detener o evitar actividades de desarrollo que afectan adversamente a humedales. Algunos ejemplos de esto incluyen:
Muchas Partes Contratantes han observado que sus esfuerzos de conservación han sido facilitados sobremanera por la inscripción de un humedal en el Registro de Montreux de sitios que requieren atención prioritaria (§4.3.5). Por ejemplo:
![]() |
|
El
Organismo de Desarrollo de Chilika, lago Chilika (India), fue el ganador
del Premio Ramsar a la Conservación de los Humedales de 2002
por su manejo innovador y sus esfuerzos de participación comunitaria.
Foto: Ramsar / Najam Khurshid.
|
No es menester que los
humedales revistan importancia internacional para que la Convención de
Ramsar juegue un papel en su conservación y uso racional. El mero hecho
de ser un Estado Parte Contratante en la Convención puede servir para
establecer el marco legislativo y de manejo necesario para asegurar la productividad
a largo plazo y unas funciones ambientales efectivas de todos sus humedales.
1.6 ¿Quién puede adherirse a la Convención de Ramsar?
Según el Artículo 9.2 de la Convención sobre los Humedales
"Todo miembro de la Organización de las Naciones Unidas o de una
de sus agencias especializadas, o de la Agencia Internacional de la Energía
Atómica, o Parte de los Estatutos de la Corte Internacional de Justicia,
puede ser Parte Contratante en esta Convención". Desafortunadamente,
los organismos supranacionales, como la Unión Europea, no cumplen pues
los requisitos para adherirse a la Convención, pero pueden concertar
de todos modos acuerdos bilaterales de trabajo con la secretaría de la
Convención.
Ningún Estado es demasiado pequeño para adherirse, siempre que
pueda designar un humedal que cumpla uno de los Criterios para la Identificación
de Humedales de Importancia Internacional (§4.1.1) adoptados por la Conferencia
de las Partes Contratantes en la Convención.
1.7 ¿A qué se comprometen las Partes que se adhieren a la Convención
de Ramsar?
Dado que los humedales son importantes para mantener procesos ecológicos
fundamentales y debido a su rica flora y fauna y a los beneficios que reportan
a las comunidades locales y a la sociedad humana en general, los objetivos generales
de la Convención son asegurar su conservación y uso racional.
Los Estados que se adhieren a la Convención aceptan cuatro compromisos
principales, a saber:
1.7.1 Inscripción de sitios en la Lista (Artículo 2 de la Convención. Véase el apéndice 1)
La primera obligación
de cada Parte Contratante en virtud de la Convención es designar en el
momento de la adhesión al menos un sitio para ser incluido en la Lista
de Humedales de Importancia Internacional (la "Lista de Ramsar")
(Artículo 2.4) y promover su conservación, y además seguir
designando "humedales idóneos de su territorio para ser incluidos
en la Lista" (Artículo 2.1). La selección para la Lista de
Ramsar debe descansar en la importancia del humedal en términos ecológicos,
botánicos, zoológicos, limnológicos o hidrológicos.
Las Partes Contratantes han elaborado criterios y lineamientos específicos
para identificar sitios que cumplen los requisitos para ser inscritos en la
Lista de Ramsar.
En virtud del Artículo 3.2 (§4.3.7), las Partes se han comprometido
a tomar "las medidas necesarias para informarse lo antes posible acerca
de las modificaciones de las condiciones ecológicas de los humedales
en su territorio e incluidos en la Lista, y que se hayan producido o puedan
producirse como consecuencia del desarrollo tecnológico, de la contaminación
o de cualquier otra intervención del hombre. Las informaciones sobre
dichas modificaciones se transmitirán sin demora" a la Secretaría
de Ramsar.
1.7.2 Uso racional (Artículo 3 de la Convención)
De conformidad con la Convención
las Partes Contratantes tienen el deber general de incluir las cuestiones relativas
a la conservación de los humedales en sus planes nacionales de uso del
suelo. Se han comprometido a elaborar y aplicar su planificación de forma
que favorezca, en la medida de lo posible, "el uso racional de los humedales
de su territorio" (Artículo 3.1 del tratado).
La Conferencia de las Partes Contratantes ha aprobado lineamientos sobre cómo
lograr el "uso racional", que ha sido interpretado en el sentido de
que es sinónimo de "uso sostenible" (§4.2). La COP ha
adoptado también orientaciones detalladas sobre la formulación
de Políticas Nacionales de Humedales y la planificación del manejo
de humedales determinados.
1.7.3 Reservas y capacitación (Artículo 4 de la Convención)
Las Partes Contratantes se han comprometido también a establecer reservas de naturaleza en humedales, estén o no inscritos en la Lista de Ramsar, y se espera asimismo que promuevan la capacitación en materia de estudio, manejo y custodia de los humedales.
1.7.4 Cooperación internacional (Artículo 5 de la Convención)
Las Partes Contratantes han convenido también en sostener consultas con otras Partes Contratantes sobre la aplicación de la Convención, especialmente en lo relativo a los humedales transfronterizos, los sistemas hídricos compartidos y las especies compartidas.
1.7.5 Cumplimiento de los compromisos
La Convención de
Ramsar no representa un régimen reglamentario ni prevé sanciones
por incumplimiento del tratado o de los compromisos derivados del mismo - con
todo, sus disposiciones constituyen un tratado solemne y en ese sentido tienen
carácter obligatorio con arreglo al derecho internacional. Toda su estructura
descansa en la expectativa de una transparente responsabilidad común
y equitativamente repartida. El hecho de no cumplir con esta expectativa puede
dar lugar a una situación de incomodidad política y diplomática
en foros o los medios internacionales de alta visibilidad y en términos
generales impedirá que la Parte concernida aproveche al máximo
lo que, de no ser por ello, sería un sistema robusto y coherente de contrapesos
y salvaguardias y marcos de apoyo mutuo. El incumplimiento de los compromisos
del tratado puede afectar a la eficacia de otras maneras, por ejemplo de los
esfuerzos para recaudar fondos para la conservación de los humedales.
Además, en algunas jurisdicciones las obligaciones con arreglo a Ramsar
se han incorporado al derecho y /o las políticas internas que tienen
efectos en sus sistemas judiciales.
1.8 Interpretación ulterior de los compromisos
Con los años la Conferencia de las Partes Contratantes ha interpretado
y ampliado estas cuatro obligaciones principales previstas en el texto del tratado
y ha elaborado lineamientos para facilitar a las Partes la tarea de cumplirlas.
Estos lineamientos se han publicado en la serie de Manuales de Ramsar y figuran
en la Web de Ramsar.
Si bien las Resoluciones no tienen la misma fuerza jurídica que los compromisos
especificados en el texto de la Convención propiamente dicho, las Partes
Contratantes han interpretado sus deberes con mayor precisión en la Resolución
5.1 (1993) de la Conferencia de las Partes (Marco de referencia para la aplicación
de la Convención de Ramsar), en los términos siguientes:
a) Conservación de los humedales
b) Fomento de la cooperación internacional en materia de conservación de humedales
c) Fomento de la comunicación sobre la conservación de los humedales
d) Apoyo a la labor de la Convención
1.9 Presentación
de informes
Un aspecto extremadamente importante de los deberes de las Partes, sugerido
en el texto y confirmado luego en decisiones de la COP, guarda relación
con la presentación de informes sobre la aplicación de la Convención
en su territorio. Las Partes informan sobre los progresos realizados en el cumplimiento
de sus compromisos con arreglo a la Convención presentando Informes Nacionales
trienales (§3.1) a la Conferencia de las Partes Contratantes - éstos
se preparan siguiendo un modelo adoptado por las Partes que se ciñe al
Plan Estratégico de Convención y pasan a ser de dominio público.
Además, en virtud del Artículo 3.2 del tratado (§4.3.7),
se prevé que las Partes informen a la Secretaría sobre cualesquiera
cambios en las características ecológicas de los humedales que
hayan inscrito en la Lista o riesgos para ellas, y que respondan a las preguntas
formuladas por la Secretaría sobre informaciones de esta clase recibidas
de terceros.
1.10 La Convención de Ramsar hoy
En diciembre de 2006 hay 153 Partes Contratantes, o Estados miembros, de todas
las regiones del mundo. Más de 1.634 humedales, con una superficie de
145 millones de hectáreas (1,45 millones de kilómetros cuadrados),
mayor que la de Alemania, Francia, España y Suiza juntas, han sido designados
para ser incluidos en la Lista de Humedales de Importancia Internacional.
Los representantes de las Partes Contratantes se dan cita al menos cada tres
años en reuniones de la "Conferencia de las Partes Contratantes",
o COP (§3.1), para deliberar sobre la aplicación de la Convención
y su desarrollo, examinar las experiencias nacionales, pasar revista al estado
de los sitios inscritos en la Lista de Humedales de Importancia Internacional,
adoptar orientaciones técnicas y de política dirigidas a las Partes
sobre asuntos que afectan a los humedales de su territorio, promover actividades
de cooperación, recibir informes de organizaciones internacionales y
aprobar el presupuesto de la secretaría de la Convención para
los tres años siguientes.
La Convención la administra una secretaría (§3.3), un órgano
independiente acogido por la UICN-Unión Mundial para la Naturaleza, que
está sujeta a la autoridad del Comité Permanente de Ramsar. Su
sede se halla en Gland (Suiza).
1.11 El Plan Estratégico de Ramsar y los "tres pilares"
de la Convención
En su 6a. Reunión, celebrada en Brisbane (Australia) en 1996, la Conferencia
de las Partes Contratantes (COP6) aprobó un innovador Plan Estratégico
1997-2002 que se convirtió en modelo para los procesos de planificación
de otras convenciones. Tras el éxito de dicho plan, la COP8, celebrada
en Valencia (España) en 2002, concluyó tres años de consultas
y redacción adoptando el Plan Estratégico 2003-2008. Su
propósito es no sólo mantener el impulso del primer plan sino
también tomar en consideración el hecho de que hacía falta
un enfoque aún más amplio de la conservación de los humedales
y el desarrollo sostenible, en particular respecto de la reducción de
la pobreza y la seguridad alimentaria e hídrica, enfoques integrados
de ordenación de los recursos hídricos, el cambio climático
y sus impactos previsibles, el aumento de la globalización del comercio
y la reducción de los obstáculos al comercio, el incremento del
papel del sector privado y la influencia creciente de los bancos de desarrollo
y los organismos internacionales de desarrollo.
En el segundo Plan Estratégico, las Partes Contratantes procuran cumplir
con sus compromisos en materia de conservación y uso racional de los
humedales basándose en "tres pilares" de acción, a saber:
a) avanzar hacia el uso racional de sus humedales gracias a un amplio abanico de acciones y procesos que contribuyen al bienestar de los seres humanos (comprendidas la reducción de la pobreza y la seguridad alimentaria y de abastecimiento de agua) mediante la gestión sostenible de los humedales, de la asignación del agua y del manejo de las cuencas hidrográficas, comprendida la elaboración y aplicación de políticas y planes nacionales sobre los humedales; la revisión y la harmonización del marco legislativo y de los instrumentos financieros que afectan a los humedales; la realización de inventarios y de evaluaciones; la integración de los humedales en el proceso de desarrollo sostenible; la participación de los ciudadanos en la gestión de los humedales y el mantenimiento de sus valores culturales por las comunidades locales y los pueblos indígenas; el fomento de las actividades de comunicación, educación y concienciación de los ciudadanos; el aumento de la participación del sector privado; y la ejecución de la Convención de Ramsar armonizándola con otros acuerdos multilaterales relativos al medio ambiente;
b) prestar especial atención a la identificación, la designación y la gestión de un conjunto coherente y exhaustivo de sitios a fin de completar la Lista de Humedales de Importancia Internacional (la Lista de Ramsar) como contribución al establecimiento de una red ecológica mundial, y velar por que los sitios incluidos en la Lista sean monitoreados y gestionados eficazmente; y
c) cooperar en el plano internacional en sus actividades de conservación y uso racional de los humedales mediante la gestión de los recursos hídricos, los humedales y las especies de los humedales transfronterizos, colaborar con otras convenciones y organizaciones internacionales compartiendo informaciones y conocimientos especializados y aumentando la corriente de recursos financieros y tecnologías pertinentes a los países en desarrollo y países en transición.
Cada uno de estos 'tres pilares' es abordado por un Objetivo General del Plan Estratégico. Otros dos Objetivos Generales proporcionan los medios necesarios para aplicar eficazmente los objetivos relacionados con los tres pilares de la Convención. Los cinco Objetivos Generales dan estructura a un total de 21 Objetivos Operativos, que abarcan las siguientes áreas temáticas:
1. Inventario y evaluación
2. Políticas y legislación, comprendidas la evaluación del impacto y la valoración
3. Integración del uso racional de los humedales en el desarrollo sostenible
4. Restauración y rehabilitación
5. Especies invasoras exóticas
6. Comunidades locales, pueblos indígenas y valores culturales
7. Participación del sector privado
8. Incentivos
9. Comunicación, educación y concienciación del público
10. Designación de sitios Ramsar
11. Planificación y monitoreo del manejo de los sitios Ramsar
12. Gestión de los recursos hídricos, los humedales y las especies de humedales compartidos
13. Colaboración con otras instituciones
14. Aprovechamiento compartido de conocimientos técnicos e informaciones
15. Financiación de la conservación y el uso racional de los humedales
16. Financiación de la Convención
17. Mecanismos institucionales de la Convención
18. Capacidad institucional de las Partes Contratantes
19. Organizaciones Internacionales Asociadas y otras
20. Formación y capacitación
21. Adhesión a la Convención
El Plan Estratégico
2003-2008 está disponible en español, francés e inglés
en la Web de Ramsar y se puede solicitar en versión impresa o CD-ROM
a la Secretaría de Ramsar.
1.12 Sinergias con otras convenciones sobre el medio ambiente
Las ventajas de la coordinación y colaboración entre convenciones
y organizaciones internacionales con cometidos afines o coincidentes han sido
objeto de amplio reconocimiento hace ya algún tiempo. La Secretaría
de Ramsar ha puesto y sigue poniendo mucho empeño en desarrollar sinergias
con otros instrumentos relativos al medio ambiente. En algunos casos, las evaluaciones
de seguimiento de los progresos tangibles de estas relaciones han demostrado
que la iniciativa bien ha merecido la pena a todas las partes interesadas. Análogamente,
la Secretaría de Ramsar ha venido adoptando medidas enérgicas
para alentar a las "Autoridades Administrativas Ramsar" (coordinadores
nacionales, §3.4) a establecer relaciones de trabajo estrechas con sus
homólogos de otras convenciones en el plano nacional. (En §3.9.se
hace referencia a las sinergias con organizaciones e instituciones distintas
de convenciones.)
Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB)
En enero de 1996 las secretarías de la Convención de Ramsar y del CDB firmaron un primer Memorándum de Cooperación, y en noviembre de ese año la COP3 del CDB invitó a Ramsar "a que coopere como asociada con funciones de dirección" en la ejecución de las actividades del CDB relacionadas con humedales. Se elaboró y ejecutó pues un Plan de Trabajo Conjunto 1998-1999 de ambas convenciones, y luego se ejecutó con éxito un segundo Plan de Trabajo Conjunto para el período 2000-2001 - hoy, un tercer Plan de Trabajo Conjunto, para el período 2002-2006, hecho suyo por la Conferencia de las Partes en el Convenio sobre la Diversidad Biológica en su sexto período de sesiones, celebrado en abril de 2002, y por la COP8 de Ramsar, celebrada en noviembre de 2002, sigue sirviendo de referente básico para la cooperación mutua entre ambas convenciones y ya se está preparando un cuarto Plan de Trabajo Conjunto para 2007 en adelante. Las Conferencias de las Partes en ambas convenciones han pedido también que se incremente la comunicación y la cooperación entre sus organismos subsidiarios científicos, el Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico y Tecnológico (SBSTTA) del CDB y el Grupo de Examen Científico y Técnico de Ramsar (GECT, §3.5), y los miembros de cada organismo participan regularmente en la labor y las reuniones del otro.
Convención sobre la conservación de las especies migratorias de animales silvestres (CEM)
En febrero de 1997 la Secretaría de Ramsar y la Secretaría de la CEM firmaron un primer Memorándum de Entendimiento cuyo propósito es asegurar la cooperación entre ambas secretarías en materia de promoción conjunta de ambas convenciones; actividades de conservación conjuntas; recogida, almacenamiento y análisis de datos; y nuevos acuerdos sobre especies migratorias, incluidas especies migratorias amenazadas y especies cuyo estado de conservación es desfavorable. Se han constatado ya algunos resultados concretos de esta relación, particularmente en lo que atañe a la labor coordinada de Ramsar y del Acuerdo africano y euroasiático sobre las aves acuáticas migratorias (AEWA) del CEM. En abril de 2004 se firmó un plan de trabajo conjunto de carácter tripartito entre las secretarías del CEM, el AEWA y la Convención de Ramsar.
Convención sobre el patrimonio mundial de la UNESCO
En mayo de 1999 se firmó un Memorándum de Entendimiento entre la Secretaría de Ramsar y el Centro del Patrimonio Mundial. La Secretaría de Ramsar y el funcionario del Patrimonio Mundial encargado de los sitios naturales mantienen una estrecha relación de trabajo con vistas a:
En particular, el Patrimonio Mundial y Ramsar han colaborado durante los últimos años de forma extraordinariamente estrecha en las misiones conjuntas de asesoramiento de expertos despachadas a Ichkeul en Túnez, Djoudj y Diawling en el Senegal y Mauritania, y al Lago Srebarna en Bulgaria.
Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación (CNULD)
Los humedales revisten una importancia crucial en todas partes y más aún en las tierras áridas. La Secretaría de Ramsar estuvo pues presente en el primer período de sesiones de la Conferencia de las Partes en la CNULD, celebrada en octubre 1997, donde distribuyó a los delegados un documento informativo sobre los "Humedales en las Zonas Áridas". En diciembre de 1998, en el segundo período de sesiones de la Conferencia de las Partes en la CNULD, celebrada en Dakar, el Secretario General de la Convención de Ramsar y el Secretario Ejecutivo de la CLD firmaron un Memorándum de Cooperación entre las secretarías para facilitar el aumento de la comunicación entre ellas, coordinar esfuerzos y evitar duplicaciones. No obstante, hasta ahora la cooperación práctica entre las secretarías se ha venido desarrollando con lentitud.
Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC)
En el contexto de los preparativos
para la COP5 de la CMNUCC, la Secretaría de Ramsar encargó a la
UICN que elaborara un documento técnico titulado Los humedales y el
cambio climático - Examen de la colaboración entre la Convención
sobre los Humedales (Ramsar, Irán, 1971) y la Convención Marco
de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático. El documento se
tradujo a los seis idiomas oficiales de las Naciones Unidas y se distribuyó
en el Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico y Tecnológico
(SBSTA) de la CMNUCC y a los delegados a su COP5.
Esto llevó al SBSTA a pedir a la secretaría de la CMNUCC que se
coordinara con la secretaría de la Convención sobre los Humedales
respecto de las cuestiones identificadas en el informe verbal presentado por
el representante de esa secretaría a fin de determinar cómo se
podría reforzar la cooperación entre las convenciones. El SBSTA
pidió a la secretaría que le presentara un informe sobre este
asunto en su 12º período de sesiones. La Secretaría de Ramsar
está colaborando con la secretaría de la CMNUCC en la preparación
de un documento oficial con el propósito de presentarlo al SBSTA y a
una Conferencia venidera de las Partes en la CMNUCC. En la Resolución
VIII.3 (2002), la Conferencia de las Partes pidió al GECT de Ramsar que
siguiera colaborando con la CMNUCC y el Grupo Intergubernamental de Expertos
sobre el Cambio Climático (IPCC) en lo que atañe a las relaciones
entre los humedales y el cambio climático.
Convenios regionales y comisiones de cuencas
La Secretaría de Ramsar ha dado también efectividad a memorandos de cooperación con el Convenio para la protección y el desarrollo del medio marino de la región del Gran Caribe (Convenio de Cartagena) del PNUMA, firmado por primera vez en mayo de 2000 y una nueva versión se concluyó en 2005, y con la Oficina de Coordinación del Plan de Acción para el Mediterráneo del Convenio para la Protección del Medio Marino y de la Región Costera del Mediterráneo (Convenio de Barcelona), firmado por primera vez en febrero de 2001, con un memorando de cooperación que se acordó nuevamente y se firmó en 2006. En diciembre de 2006 se firmó un memorando de cooperación con el Convenio para la protección y el desarrollo sostenible de los Cárpatos (Convenio de los Cárpatos). El Programa Regional del Pacífico Sur para el Medio Ambiente (SPREP) está asociado a la Convención de Ramsar en el marco de un Plan de Trabajo Conjunto que se inició en 2002 y ahora incluye, en oficinas del Programa Regional del Pacífico Sur para el Medio Ambiente (SPREP) en Samoa, a un Experto de Ramsar para la región de Oceanía, y la Comisión Internacional para la Protección del Río Danubio (ICPDR) coopera en los términos de un acuerdo firmado por primera vez en noviembre de 2000. Además, la Convención de Ramsar participa de cerca en la labor de la Comisión de la Cuenca del Lago Chad y la Autoridad encargada de la cuenca del Níger, entidades con las que la Secretaría de Ramsar firmó sendos memorandos de cooperación en noviembre de 2002, y en marzo de 2006 se concluyó un nuevo acuerdo con la Comisión Internacional de Bassin Congo-Ougangui-Sang (CICOS).
Otras estrechas relaciones con organismos oficiales
Además, Ramsar colabora estrechamente con el Programa sobre el Hombre y la Biosfera (MAB) de la UNESCO según los términos de un programa de trabajo conjunto que se acordó por primera vez en 2002 y en febrero de 2006 concluyó un nuevo acuerdo de cooperación con la Agencia Europea del Medio Ambiente. En junio de 2006 se firmó un acuerdo con el Sistema Mundial de Observación Terrestre (SMOT) y la Secretaría ha estado colaborando muy estrechamente con la Agencia Espacial Europea en relación con su proyecto GlobWetland, que se encarga de desarrollar herramientas de monitoreo y manejo basadas en datos provenientes de la observación terrestre para un proyecto experimental que abarca 50 sitios Ramsar de todo el planeta. Recientemente la colaboración entre Ramsar y la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) ha revestido gran importancia, y se están debatiendo acuerdos de cooperación con la FAO y el Instituto de las Naciones Unidas para Formación Profesional e Investigaciones (UNITAR).
Coordinación entre convenciones
La Secretaría de
Ramsar participa en las reuniones de coordinación de convenciones organizadas
por el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) y ha acogido
con agrado la tendencia de estas reuniones a concentrarse menos en cuestiones
puramente administrativas y más en cuestiones de coordinación
sustantivas. La Secretaría de Ramsar ha contribuido horas/funcionario
y fondos a grupos de trabajo mixtos y estudios encaminados a armonizar las prescripciones
de las convenciones relativas a la biodiversidad, como por ejemplo, al estudio
realizado por el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente y el
Centro Mundial de Monitoreo de la Conservación (PNUMA-CMMC) sobre la
viabilidad de armonizar las prescripciones sobre presentación de informes
de los distintos instrumentos, y participa en el Grupo de Gestión Ambiental
(GGA) del PNUMA.
En virtud de una decisión de la COP8 de la CMNUCC (2002) se invitó
a la Convención de Ramsar a participar en la labor del Grupo Conjunto
de Enlace (GCE) de las "Convenciones de Río", la CMNUCC, el
CDB y la CNULD. Además, las cinco convenciones relacionadas con la biodiversidad
- el CDB, la CITES, la CEM, Ramsar y la del Patrimonio Mundial - cuentan con
un Web conjunta administrada por la secretaría del CDB, que se puso en
funcionamiento en marzo de 1999, y la Convención de Ramsar participa
activamente como miembro de pleno derecho en el Grupo de Enlace sobre la Diversidad
Biológica, el cual se compone de esas cinco convenciones.
2. Breve historia de la Convención de Ramsar
2.1 Antecedentes
La propuesta inicial en pro de una convención internacional sobre los
humedales se formalizó en 1962 durante una conferencia que formaba parte
del Proyecto MAR (de "MARshes", "MARécages", "MARismas"),
programa establecido en 1960 a raíz de la preocupación despertada
por la rapidez con que grandes extensiones de marismas y otros humedales de
Europa estaban siendo "recuperados" o destruidos de otras maneras,
con el descenso consiguiente del número de aves acuáticas.
La Conferencia MAR la organizó el Dr. Luc Hoffmann con la participación
de Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza y
los Recursos Naturales (ahora UICN-Unión Mundial para la Naturaleza),
el Buró Internacional para el Estudio de las Aves Acuáticas y
los Humedales, IWRB (ahora Wetlands International) y el Consejo Internacional
para la Preservación de las Aves, CIPA (ahora BirdLife International),
y se celebró en Les Saintes Maries-de-la-Mer en la Camarga francesa,
del 12 al 16 de noviembre de 1962.
En los ocho años siguientes el texto de la Convención se fue negociando
en una serie de reuniones internacionales de carácter técnico
(St. Andrews, 1963; Noordwijk, 1966; Leningrado, 1968; Morges, 1968; Viena,
1969; Moscú, 1969; Espoo, 1970), celebradas sobre todo bajo los auspicios
del IWRB, la orientación del profesor. G.V.T. Matthews y la dirección
del Gobierno de los Países Bajos. En un primer momento la convención
prevista iba dirigida específicamente a la conservación de las
aves acuáticas mediante el establecimiento de una red de refugios, pero
a medida que el texto fue cobrando forma, sobre todo con el asesoramiento especializado
del consultor jurídico Sr. Cyrille de Klemm, la conservación de
los hábitat de humedales (en vez de las especies) pasó a primer
plano.
Por
último, el texto de la Convención fue acordado el 2 de febrero
de 1971 y firmado por los representantes de 18 países el día siguiente
en una reunión internacional organizada por el Sr. Eskander Firouz, Director
del Departamento de Caza y Pesca del Irán, celebrada en el balneario
de Ramsar a orillas del Caspio en Irán.
La Convención entró en vigor en diciembre de 1975 cuando la UNESCO,
depositaria de la Convención, recibió el séptimo instrumento
de adhesión o ratificación, el de Grecia. La Convención
celebró su 35º aniversario en 2006 y hoy cuenta con Partes Contratantes
de todas las regiones del mundo.
Desde su adopción la Convención de Ramsar ha sido enmendada en
dos ocasiones: por un protocolo (un nuevo tratado que enmienda el tratado original)
en diciembre de 1982, y por una serie de enmiendas al tratado original, conocidas
como las "Enmiendas de Regina", de 1987.
2.2 El Protocolo de París y las Enmiendas de Regina
El Protocolo de París fue aprobado en una Reunión Extraordinaria
de la Conferencia de las Partes Contratantes celebrada en la sede de la UNESCO
en París en diciembre de 1982. El Protocolo, que entró en vigor
en 1986, estableció un procedimiento para enmendar la Convención
(Artículo 10 bis) y adoptó versiones oficiales del tratado en
alemán, árabe, español, francés, inglés y
ruso. Casi todas las Partes Contratantes han aceptado ya el Protocolo de París
y las nuevas Partes Contratantes normalmente se adhieren a la Convención
de Ramsar en su forma enmendada por el Protocolo de París y las Enmiendas
de Regina (apéndice 1).
Las Enmiendas de Regina son una serie de enmiendas a los Artículos
6 y 7 que se aceptaron en una Conferencia Extraordinaria de las Partes Contratantes
(§3.1) celebrada en Regina (Canadá) en 1987. Éstas no afectaron
a los principios sustantivos básicos de la Convención, sino que
versaron sobre su funcionamiento - en pocas palabras, las enmiendas especificaron
las atribuciones de la Conferencia de las Partes, establecieron un Comité
Permanente entre reuniones de la Conferencia y tanto una secretaría permanente
como un presupuesto para la Convención. Si bien estas enmiendas entraron
en vigor el 1º de mayo de 1994, en el ínterin las Partes se ciñeron
voluntariamente a sus disposiciones en consonancia con el espíritu de
la Resolución 3.4 de la Reunión de 1987.
2.3 Cronología de Ramsar - hitos
2 de febrero de 1971
La Convención sobre los Humedales de Importancia Internacional especialmente
como Hábitat de Aves Acuáticas es aprobada por 18 países
reunidos en la localidad iraní de Ramsar y firmada al día siguiente.
Enero de 1974
Australia se convierte en el primer Estado en depositar un instrumento de adhesión
a la Convención.
Diciembre de 1974
Una Conferencia Internacional sobre Conservación de los Humedales y las
Aves Acuáticas se celebra en Heiligenhafen (Alemania) y adopta, con carácter
de recomendación, los primeros "Criterios que se han de emplear
para identificar Humedales de Importancia Internacional"; se había
previsto que la conferencia fuese la 1a. Reunión de la Conferencia de
las Partes Contratantes, pero un número insuficiente de países
la habían ratificado para que entrara en vigor a tiempo.
21 de diciembre de 1975
La Convención de Ramsar entra en vigor cuatro meses después de
que un séptimo Estado, Gracia, deposita un instrumento de adhesión.
(Los seis primeros fueron Australia, Finlandia, Noruega, Suecia, Sudáfrica
e Irán.)
Agosto de 1979
Se invita a las Partes Contratantes a preparar los primeros Informes Nacionales
sobre la aplicación de la Convención en su territorio con vistas
a su presentación a la Conferencia de las Partes Contratantes en su 1a.
Reunión.
Noviembre 1980
La 1a. Reunión de la Conferencia de las Partes Contratantes, Cagliari
(Italia):
Diciembre de 1982
La Conferencia de las Partes Contratantes adopta un Protocolo que modifica el
texto original de la Convención de Ramsar en una Reunión Extraordinaria
celebrada en la sede de la UNESCO en París.
Mayo de 1984
La segunda Reunión de la Conferencia de las Partes Contratantes, celebrada
en Groningen (Países Bajos):
Octubre de 1986
Entra en vigor el Protocolo de París (después de ser aceptado
por dos tercios de las Partes Contratantes que había en 1982).
Mayo-junio de 1987
La Conferencia de las Partes Contratantes adopta las Enmiendas de Regina a los
Artículos 6 y 7 de la Convención en una Reunión Extraordinaria.
La 3a. Reunión (ordinaria) de la Conferencia de las Partes Contratantes,
celebrada en Regina (Canadá):
Enero
de 1988
La Secretaría de Ramsar se establece oficialmente como secretaría
permanente de la Convención y el Sr. Dan Navid (EUA) ocupa el cargo de
Secretario General.
El Comité Permanente de Ramsar establece la Misión Ramsar de Asesoramiento
(denominada entonces 'Procedimiento de Monitoreo', y luego 'Procedimiento de
Orientación para la Gestión') en su cuarta reunión, celebrada
en Costa Rica.
1989
Se adopta el primer logotipo de Ramsar (un ave de una especie no determinada
en vuelo seguida de trazos en azul y verde pastel)
Enero de 1989
Viet Nam se convierte en la 50a. Parte Contratante en la Convención.
Agosto de 1989
Ramsar publica su primer libro, A Legal Analysis of the Adoption of the Implementation
of the Convention in Denmark (Análisis jurídico de la adopción
de la aplicación de la Convención en Dinamarca), de Veit Koester
(que forma parte de la serie de documentos de la UICN sobre política
y derecho ambientales).
Julio de 1990
La 4a. Reunión de la Conferencia de las Partes Contratantes, celebrada
en Montreux (Suiza):
Diciembre de 1991
Se celebra la primera Reunión Regional de Ramsar (Asia) en Karachi (Pakistán).
Junio de 1993
La 5a. Reunión de la Conferencia de las Partes Contratantes, celebrada
en Kushiro (Japón):
Junio de 1993
Se publica The Ramsar Convention on Wetlands: Its History and Development
(La Convención de Ramsar sobre los Humedales: historia y evolución),
de G.V.T. Matthews.
Octubre de 1993
Publicación de Towards the Wise Use of Wetlands (Hacia el uso
racional de los humedales), el Informe del Proyecto sobre Uso Racional.
Diciembre de 1993
Lituania se convierte en la 80a. Parte Contratante en la Convención.
Enero de 1994
La primera reunión del GECT se celebra en asociación con la Asamblea
General de la UICN en Buenos Aires (Argentina).
Mayo de 1994
Entran en vigor las Enmiendas de Regina a los Artículos 6 y 7 de la Convención.
Diciembre de 1994
El Sr. James McCuaig, adscrito por Environment Canada, asume el cargo de Secretario
General interino por espacio de seis meses en reemplazo del Sr. Dan Navid.
Agosto
de 1995
El Sr. Delmar Blasco (Argentina) se convierte en el segundo Secretario General
de la Convención.
Enero de 1996
Las secretarías de la Convención de Ramsar y del Convenio sobre
la Diversidad Biológica firman un Memorándum de Cooperación,
el primero de una serie de memorandos entre la Secretaría de Ramsar y
las secretarías de otros acuerdos multilaterales sobre el medio ambiente
(AMMA). En los años siguientes se elaboran Planes de Trabajo Conjunto
para incrementar las sinergias entre ambas convenciones.
Febrero de 1996
Se pone en funcionamiento la página Web de la Convención de Ramsar.
Marzo de 1996
La 6a. Reunión de la Conferencia de las Partes Contratantes, celebrada
en Brisbane (Australia):
Octubre de 1996
El Comité Permanente designa oficialmente el 2 de febrero Día
Mundial de los Humedales.
El Comité para los Humedales Mediterráneos (Com/MedWet) se establece
como primer acuerdo regional en el marco de la Convención.
Febrero de 1997
Las Bahamas y Georgia se adhieren a la Convención el 7 de febrero, convirtiéndose
en las Partes Contratantes 99a. y 100a.
2
de febrero de 1997
El Día Mundial de los Humedales se celebra por primera vez en unos 50
países y se convierte en acontecimiento anual.
Mayo de 1997
La Secretaría establece el Foro de Ramsar, un grupo de debate electrónico
de carácter público sobre cuestiones relacionadas con Ramsar.
Se inicia el Programa de Pasantías de Ramsar con la llegada del primer
grupo de cuatro asistentes de los Coordinadores Regionales.
Ramsar publica Valoración Económica de los Humedales en
español, francés e inglés.
Octubre de 1997
Se inicia la primera fase trienal de la iniciativa Humedales para el Futuro
gracias a un acuerdo entre la Secretaría de Ramsar, el Departamento de
Estado de los Estados Unidos y el Servicio de Pesca y Vida Silvestre de los
EUA, que luego se prorroga.
Diciembre de 1997
La Secretaría de Ramsar publica Wetlands, Biodiversity and the Ramsar
Convention: the role of the Convention on Wetlands in the conservation and wise
use of wetlands (Los humedales, la biodiversidad y la Convención
de Ramsar: el papel de la Convención sobre los Humedales en la conservación
y uso racional de los humedales), compilado por A.J. Hails.
Enero
de 1998
En cumplimiento de un acuerdo firmado por la Secretaría de Ramsar, el
Grupo Danone del sector privado, el FMAM francés y el Gobierno de Francia
se establece el Proyecto Evian para facilitar actividades de comunicación
y capacitación en el marco de la Convención.
Octubre de 1998
El Comité Permanente adopta el nuevo logotipo de Ramsar (formado por
la palabra Ramsar sobre fondo azul-verde y dos rayas blancas que evocan olas).
Mayo de 1999
En la 7a. Reunión de la Conferencia de las Partes Contratantes, celebrada
en San José (Costa Rica) se:
Julio de 1999
Honduras designa el Sistema de Humedales de la Zona Sur de Honduras, milésimo
sitio Ramsar de la Convención.
Septiembre de 1999
La Society of Wetland Scientists pone en marcha su programa de subvenciones
anuales 'Marco de Apoyo a Ramsar'; el programa sigue en funcionamiento hasta
2004.
Mayo de 2000
Se publican las nueve separatas del "Juego de Herramientas de Ramsar"
(los Manuales de Ramsar para el Uso Racional de los Humedales). La Universidad
de las Naciones Unidas publica una versión en CD-ROM en septiembre de
2002.
Febrero de 2001
Ramsar y el Programa sobre el Hombre y la Biosfera de la UNESCO ponen en funcionamiento
una página Web conjunta. Ambas secretarías convienen en un Programa
de Trabajo Conjunto en marzo de 2002.
Noviembre
de 2001
La Unidad de Coordinación de MedWet, filial de la Secretaría de
Ramsar dotada de cinco funcionarios, dirigida por el nuevo Coordinador de MedWet,
Spyros Kouvelis, y financiada por el Gobierno de Grecia y miembros del Comité
MedWet, abre sus puertas en Atenas (Grecia).
Junio de 2002
La superficie de los Humedales de Importancia Internacional del mundo supera
los 100 millones de hectáreas a raíz de la designación
de Abanica del río Pastazo por el Perú.
Noviembre de 2002
La 8a. Reunión de la Conferencia de las Partes Contratantes, celebrada
en Valencia (España):
Agosto
de 2003
El Dr. Peter Bridgewater (Australia) sucede a Delmar Blasco como tercer Secretario
General de la Convención.
Octubre de 2005
Finlandia añadió a la Lista 38 sitios Ramsar, con lo que el número
total logró superar la marca de los 1.500.
Noviembre de 2005
La 9a. reunión de la Conferencia de las Partes Contratantes, Kampala
(Uganda):
Diciembre de 2005
Barbados se adhiere a la Convención como su 150ª Parte Contratante.
Agosto-septiembre de 2006
Publicación de la serie de Informes Técnicos de Ramsar y de la
3a. edición de los Manuales Ramsar para el uso racional de los humedales,
que ahora ya consta de 17 volúmenes.
2.4 Otros materiales de lectura
Sendas publicaciones de Ramsar (§4.5.7) aportan antecedentes detallados
sobre la evolución histórica y jurídica de la Convención
de Ramsar hasta 1993:
The Ramsar Convention on Wetlands: Its History and Development (La Convención de Ramsar sobre los Humedales: historia y evolución), de G.V.T. Matthews, 1993; y
La Evolución Jurídica de la Convención de Ramsar, de C. de Klemm e I. Créteaux, 1993.
Otras fuentes de antecedentes:
Clare Shine y Cyrille de Klemm, Wetlands, Water and the Law (Los Humedales, el Agua y el Derecho). Gland: UICN y Bonn: Centro de Derecho Ambiental de la UICN, 1999.
Michael Bowman, "The Ramsar Convention on Wetlands: Has it Made a Difference?" (¿Ha cambiado algo la Convención de Ramsar sobre los Humedales?), en Yearbook of International Co-operation on Environment and Development 2002/2003 (London: Earthscan), 61-8. [reproducido en http://ramsar.org/key_law_bowman2.htm]
3. ¿Cómo funciona la Convención de Ramsar?
La Convención de
Ramsar se aplica sobre la base de una asociación de colaboración
continua entre las Partes Contratantes, el Comité Permanente y la Secretaría
de la Convención con el asesoramiento del organismo subsidiario de expertos,
el Grupo de Examen Científico y Técnico (GECT), y el respaldo
de las Organizaciones Internacionales Asociadas (OIA). Cada tres años
los representantes de las Partes Contratantes se reúnen como Conferencia
de las Partes Contratantes, el órgano de la Convención encargado
de formular políticas, que adopta decisiones (Resoluciones y Recomendaciones)
para administrar la labor de la Convención e incrementar la capacidad
de las Partes de alcanzar sus objetivos.
El "Marco para la Aplicación de la Convención de Ramsar",
adoptado por primera vez en la Conferencia de las Partes de 1984 (Recomendación
2.3), enunció tanto los compromisos a largo plazo como las prioridades
en que las Partes Contratantes en la Convención debían centrar
su atención - en sus Reuniones siguientes la Conferencia ha actualizado
el Marco a la vista de las decisiones de la COP y, en él se han acordado
objetivos prioritarios para las Partes, el Comité Permanente y la secretaría
para el trienio siguiente. Desde 1996 esto se ha hecho en un Plan Estratégico
y el Plan de Trabajo conexo, en que se han enunciado, en el contexto de los
objetivos prioritarios, las acciones asignadas o solicitadas a las Partes, al
Comité Permanente, la Secretaría, al GECT, las OIA y otros colaboradores.
Las actividades en curso de la Convención se enmarcan en su segundo Plan
Estratégico, para el período 2003-2008.
3.1 La Conferencia de las Partes Contratantes
La Conferencia de las Partes Contratantes (COP) es el órgano rector de
la Convención. Los representantes de los gobiernos de las Partes Contratantes
se reúnen cada tres años para recibir informes nacionales sobre
el trienio anterior, aprobar acuerdos sobre el programa y presupuesto para los
tres años siguientes y examinar orientaciones dirigidas a las Partes
respecto de una serie de problemas ambientales tradicionales y nuevos. (Los
deberes de la Conferencia se enuncian en los Artículos 6 y 7 de la Convención
(véase el apéndice 1)).
En estas Reuniones pueden participar como observadores sin derecho de voto representantes
de Estados que no son miembros, instituciones intergubernamentales y organizaciones
no gubernamentales (ONG) nacionales e internacionales. El "Reglamento"
contiene disposiciones sobre votación por las Partes, pero en la práctica
hasta ahora ninguna decisión sustantiva ha sido sometida a votación,
pues todas las decisiones han acabado adoptándose por consenso.
![]() |
|
La
9ª reunión de la Conferencia de las Partes Contratantes, Kampala
(Uganda), 2005. Foto: D. Peck, Ramsar.
|
El programa de cada Reunión
de la COP incluye varias sesiones técnicas en las que se analizan importantes
cuestiones tradicionales y nuevas en el campo de la conservación y el
uso racional de los humedales, inclusive nuevas interpretaciones y desarrollo
de los conceptos y orientaciones fundamentales de la Convención en los
principales ámbitos de aplicación. Las sesiones técnicas
presentan informes al plenario, que normalmente redundan en la adopción
de Resoluciones y Recomendaciones. Las Reuniones de la COP de Ramsar han cobrado
renombre como encuentros muy efectivos, que dan cabida a la intervención
y participación activas de los círculos no gubernamentales y académicos.
Después de cada Reunión de la Conferencia de las Partes Contratantes
la Secretaría de la Convención publica las correspondientes Actas
y en los últimos años lo ha venido haciendo en CD-ROM. Las Actas
suelen contener:
Las Actas de todas las reuniones de la Conferencia de las Partes se han reproducido también en la Web de Ramsar, juntamente con otros materiales, incluso fotografías en el caso de las reuniones más recientes.
Los Informes Nacionales y el 'Instrumento de Planificación Nacional'
En la Recomendación
2.1 (1984) se instó a las Partes a presentar Informes Nacionales (IN)
detallados a la Secretaría por lo menos seis meses antes de cada Reunión
ordinaria de la Conferencia y esta tradición se ha mantenido sin interrupción
hasta ahora. La Convención de Ramsar se precia de tener el porcentaje
más alto de presentación de IN de todas las Convenciones relacionadas
con el medio ambiente - de las 113 Partes que había cuando se celebró
la COP7 en 1999, se recibieron 107 IN (97%) y 3 Partes que se habían
adherido hacía poco quedaron exentas; de las 133 Partes que había
cuando se celebró la COP8 en 2002, se recibieron 119 IN (95%) y 8 Partes
que se habían adherido a la Convención recientemente quedaron
exentas; de las 146 Partes que había cuando se celebró la COP9
en 2005, 5 Partes que se habían adherido recientemente quedaron exentas,
se recibieron 118 IN (84%) a tiempo para los debates, y posteriormente se recibieron
algunos más.
Los Informes Nacionales se presentan en uno de los tres idiomas oficiales y
pasan a ser de dominio público. La Secretaría de Ramsar los analiza
y resume en forma de sinopsis por regiones, que se presentan a la COP como documentos
de trabajo oficiales. Los textos de los Informes Nacionales propiamente dichos
se reproducen en la página Web de Ramsar y su contenido se analiza e
inserta en la base de datos de la Secretaría, lo que hace posible elaborar
informes estadísticos sobre la aplicación de la Convención
en lo que atañe a un abanico de variables.
Los Informes Nacionales:
Los Informes Nacionales sobre la aplicación de la Convención, cuya estructura sigue la del Plan Estratégico vigente, aportan información sobre los avances alcanzados por cada Parte en el logro de los Objetivos Operativos previstos en dicho Plan y las correspondientes acciones solicitadas en él. Cada trienio el Comité Permanente adopta un "Instrumento de Planificación Nacional/Modelo de Informe Nacional" que ha de enviarse a las Partes bastante antes de cada R