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Lineamientos para la Aplicación del Concepto de Uso Racional de la Convención

(Anexo a la Recomendación 4.10)


Lineamientos para la Aplicación del Concepto de Uso Racional de la Convención

Introducción

El artículo 3.1 de la Convención declara que las Partes Contratantes "deberán elaborar y aplicar su planificación de forma que favorezca la conservación de los humedales incluidos en la Lista, y en la medida de lo posible, el uso racional de los humedales de su territorio".

La tercera reunión de la Conferencia de las Partes Contratantes, celebrada en Regina, Canadá, del 27 de mayo al 5 de junio de 1987, adoptó la siguiente definición de uso racional de los humedales:

"El uso racional de los humedales consiste en su uso sostenible para beneficio de la humanidad de manera compatible con el mantenimiento de las propiedades naturales del ecosistema".

Se define uso sostenible como "el uso de un humedal por los seres humanos de modo tal que produzca el mayor beneficio continuo para las generaciones presentes, manteniendo al mismo tiempo su potencial para satisfacer las necesidades y aspiraciones de las generaciones futuras ".

Las propiedades naturales del ecosistema se definen como "aquellos componentes físicos, químicos y biológicos, tales como el suelo, el agua, las plantas, los animales y los nutrientes, y las interacciones entre ellos".

Las disposiciones sobre el uso racional se aplican a todos los humedales y a los sistemas que los sustentan dentro del territorio de una Parte Contratante, tanto los incluidos en la Lista, como todos los demás. El concepto de uso racional busca tanto la elaboración y la implementación de políticas generales sobre humedales, como el uso racional de los humedales en cuestión. Estas actividades forman parte integral del desarrollo sostenible.

A largo plazo, es aconsejable que todas las Partes Contratantes tengan políticas nacionales globales para los humedales, formuladas del modo que resulte más adecuado a las instituciones nacionales. No obstante, como se reconoce en el informe del Grupo de Trabajo sobre el Uso Racional establecido por la reunión de Regina, la elaboración de políticas nacionales de humedales será un proceso a largo plazo, y deben tomarse medidas inmediatas para estimular el uso racional. Los lineamientos que se exponen a continuación incluyen tanto elementos para políticas nacionales globales de humedales como acciones prioritarias.

Establecimiento de políticas nacionales de humedales

Las políticas nacionales deberán, en la medida de lo posible, tratar todos los problemas y actividades relacionados con los humedales en un contexto nacional. Pueden dividirse en distintos sectores:

1. Acciones para mejorar los mecanismos institucionales y de organización, incluyendo:

2. Acciones relativas a la legislación y políticas gubernamentales, incluyendo:

3. Acciones para promover el conocimiento y la conciencia pública sobre los humedales y sus valores, incluyendo:

4. Acciones encaminadas a examinar el estatus de todos los humedales en un contexto nacional, y a identificar prioridades, como por ejemplo:

5. Acciones encaminadas a resolver problemas en humedales específicos, como por ejemplo:

Prioridades a nivel nacional

Se estén o no elaborando políticas de humedales, hay varias acciones que deben ser atendidas inmediatamente a nivel nacional para facilitar la elaboración de políticas nacionales y evitar demoras en la puesta en práctica de las medidas de conservación y uso racional.

Las Partes Contratantes seleccionarán naturalmente las acciones, según sus propias prioridades y necesidades nacionales, de la lista incluida en "Establecimiento de políticas nacionales para los humedales". Podrán tomar medidas de tipo institucional, legislativo o educativo (como las que figuran en las secciones 1-3) y al mismo tiempo iniciar inventarios o estudios científicos (como los que se indican en 4); de esta manera los instrumentos institucionales, legislativos y educativos estarán disponibles a tiempo para poder hacer uso de los resultados de la investigación científica.

De la misma manera, las Partes Contratantes que desean promover el uso racional de los humedales sin esperar a la elaboración de políticas nacionales, pueden decidir, según su situación y necesidades

Acciones prioritarias en humedales específicos

Tal y como sucede a nivel nacional, puede que sea necesario tomar medidas inmediatas para evitar la destrucción o deterioro de importantes valores en humedales específicos. Estas acciones incluirán sin duda algunos de los elementos que figuran en la sección 5, y las Partes Contratantes seleccionarán las más adecuadas según sus propias prioridades y necesidades a nivel nacional.

Cuando se inicie la planificación de proyectos que puedan afectar a humedales importantes, deberían tomarse las siguientes medidas para fomentar el uso racional del humedal:

La planificación, el estudio y evaluación deberán abarcar los proyectos que se desarrollen aguas arriba del humedal, en el humedal mismo, así como otros proyectos que puedan afectarlo, y deberían prestar especial atención al mantenimiento de los beneficios y valores enumerados en el punto 3b.


Para más información, se ruega contactar: Oficina de la Convención de Ramsar, Rue Mauverney 28, CH-1196 Gland, Suiza (Tel: +41 22 999 0170, Fax: +41 22 999 0169, E-mail ramsar@ramsar.org). Este texto se incluyó en el sitio Web el 12 de diciembre de 1996, Dwight Peck, Ramsar.