Ramsar logoConvención sobre los Humedales

Orientaciones Adicionales para la Aplicación del Concepto De Uso Racional

Anexo a la Resolución V.6 (Kushiro, 1993)


INTRODUCCION

El Artículo 3.1 de la Convención de Ramsar 1971 estipula que las Partes Contratantes "deberán elaborar y aplicar su planificación de manera que favorezca la conservación de los humedales incluidos en la Lista y, en la medida de lo posible, el uso racional de los humedales de su territorio".

Durante los primeros años de la Convención, se comprobó que las disposiciones sobre uso racional eran difíciles de aplicar. La atención se centró principalmente en la designación de sitios para la Lista, siguiendo prioridades globales para garantizar la conservación de áreas importantes a nivel internacional. Con el pasar del tiempo, se ha ido reconociendo mundialmente la necesidad esencial de integrar las medidas de conservación y desarrollo y las Partes Contratantes de la Convención de Ramsar han convertido el concepto de uso racional en un tema central del funcionamiento de la Convención. El concepto de uso racional fue definido en la Tercera Reunión de la Conferencia de las Partes Contratantes que se celebró en Regina, Canadá, en 1987 (Recomendación 3.3), como "el uso sostenible de los humedales para beneficio de la humanidad de manera compatible con el mantenimiento de las propiedades naturales del ecosistema".

En la Tercera Reunión de la Conferencia de las Partes Contratantes se decidió también crear un Grupo de Trabajo sobre Criterios y Uso Racional (Recomendación 3.1), encargado, entre otras cosas, de elaborar propuestas de lineamientos para la aplicación del concepto de uso racional. Estos lineamientos fueron aprobados en la Cuarta Reunión de la Conferencia de las Partes Contratantes de Montreux, Suiza, en 1990 (Recomendación 4.10).

Además de aprobar estas directrices, las Partes Contratantes solicitaron al Grupo de Trabajo sobre Uso Racional que realizase otras tareas, como el "promover un mayor desarrollo y perfeccionamiento de las directrices para que puedan ser aplicadas a una gran variedad de tipos de humedales, regiones, recursos y usos ..."

En 1990, la Oficina de la Convención de Ramsar inició la coordinación de un proyecto trienal sobre el uso racional de los humedales, financiado por el Gobierno de los Países Bajos. La Conferencia de Montreux también solicitó al Grupo de Trabajo sobre Uso Racional que supervisase la realización de este proyecto, que comprende una serie de estudios de casos que muestran las aplicaciones del concepto de uso racional en diferentes situaciones ecológicas y socioeconómicas en todo en mundo.

De los estudios de casos considerados en este proyecto se pueden sacar algunas conclusiones básicas:

En vista de la experiencia adquirida con los estudios de casos y los ulteriores análisis del Grupo de Trabajo sobre Uso Racional, se proponen orientaciones adicionales para la aplicación de las disposiciones sobre uso racional de la Convención. Estas orientaciones se aplicarán a la luz de otros compromisos nacionales e internacionales en materia de conservación de la naturaleza, incluyendo la conservación de la biodiversidad, cambio climático y medidas de control de la contaminación, adoptados por la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo (CNUMAD, Río de Janeiro, 1992) y otros foros internacionales.

El Convenio sobre Diversidad Biológica de 1992 es especialmente importante para la conservación y uso racional de los humedales, y la elaboración de las estrategias nacionales sobre biodiversidad, los planes y programas de acción previstos en el Convenio sobre Biodiversidad pueden ser excelentes oportunidades para promover la conservación y uso racional de los humedales a mayor escala. Las orientaciones que figuran a continuación se refieren a los principales elementos para la aplicación del concepto de uso racional. Han sido estudiados para ampliar los Lineamientos sobre Uso Racional, dando así más apoyo a los responsables de la aplicación de la Convención de Ramsar. Dado que el concepto de uso racional es crucial para todos los aspectos de la Convención, estas pautas también resultan pertinentes para otras actividades encaminadas al cumplimiento de distintas obligaciones establecidas por la Convención, como la cooperación a nivel internacional, creación de reservas y conservación de los sitios que figuran en la Lista.

El Grupo de Examen Científico y Técnico establecido en Kushiro por la Resolución Resolución 5.5 tiene, entre otras, la función de "evaluar la aplicación de las Orientaciones adicionales para la implementación del concepto de uso racional".


I. ESTABLECIMIENTO DE POLITICAS NACIONALES PARA LOS HUMEDALES

I.1 Disposiciones institucionales y de organización

1) El principal mensaje que puede extraerse de los Lineamientos sobre Uso Racional es que el uso racional de los humedales requiere un enfoque integrado a nivel nacional. Para ello es necesario contar con una planificación, que puede realizarse en el marco de políticas sobre humedales, de las políticas de conservación o de políticas de carácter más general (planificación ambiental o de recursos, aplicación de la legislación sobre el agua); para ello será preciso tomar las disposiciones institucionales y administrativas necesarias.

Entre los obstáculos que pueden encontrarse al elaborar una política nacional sobre humedales cabe citar:

2) Existen diferentes medios para que los países intenten superar estos obstáculos.

Como ejemplos se pueden citar:

Se deberá establecer grupos de trabajo o consejos consultivos que representen a los usuarios, las ONG y autoridades locales.

I.2 Política/Legislación y otras medidas pertinentes

Los gobiernos pueden utilizar varios mecanismos como instrumentos legislativos para promover sus políticas; son necesarios cinco mecanismos legislativos diferentes para aplicar en la práctica el concepto de uso racional:

1) Revisión periódica de la legislación vigente para garantizar que en general sea compatible con la obligación de uso racional, y adaptarla si es necesario; esto se puede aplicar en particular a la legislación que obliga a la destrucción de humedales o a la que fomenta tal destrucción a través de beneficios fiscales o subsidios.

2) Desarrollo de una legislación general sobre uso racional de los humedales tomando en consideración los siguientes puntos:

Deberían efectuarse evaluaciones del impacto ambiental no sólo para actividades y proyectos en los humedales mismos, sino también para actividades realizadas fuera de ellos cuando puedan afectarlos de manera significativa. Estas evaluaciones deberían también tener en cuenta los efectos a largo plazo de las actividades, proyectos, planes y programas propuestos, así como de las interacciones entre todos los componentes del sistema hidrológico a nivel de cuencas hidrográficas.

3) Legislación para la conservación y uso racional de humedales específicos (sitios Ramsar, zonas ecológicamente vulnerables, zonas con un alto nivel de biodiversidad, zonas en las que viven especies endémicas, reservas naturales de humedales, etc.).

Esta legislación se aplicará por lo general a extensas áreas de humedales, donde las actividades humanas compatibles con la conservación del ecosistema deberán ser mantenidas, estimuladas y desarrolladas, para beneficio de las poblaciones locales. Esta legislación se sumará a las disposiciones establecidas en los párrafos anteriores, con respecto a los humedales en general. Debería contemplar los siguientes puntos:

4) Análisis de la distribución de competencias entre las instituciones gubernamentales.

Este tema, que se refiere tanto a problemas territoriales como funcionales, con frecuencia supone un obstáculo considerable para el manejo integrado de los humedales, puesto que éste exige un enfoque integrado por cuenca.

Se debería realizar un análisis de las limitaciones jurídicas y administrativas que obstaculizan el manejo a una escala correcta (por ejemplo: el manejo a nivel de toda la cuenca hidrográfica), a fin de hallar soluciones apropiadas a los problemas de determinación de competencias. Debe prestarse particular atención a la necesidad de manejar los humedales costeros como una unidad, sin tener en cuenta la división jurisdiccional habitual entre tierra y mar.

5) Desarrollo de acuerdos de cooperación para los sistemas hidrográficos compartidos entre dos o más países con el fin de lograr un uso racional de los mismos.

Esto significa que será necesario concertar acuerdos para la conservación, el manejo y el uso racional de tales sistemas, según se especifica en el Artículo 5 de la Convención. De ser pertinente, podrían utilizarse ciertos elementos de las presentes orientaciones para elaborar tales acuerdos. Además, esas medidas deberían adoptarse en coordinación con, o por conducto de otros tratados existentes tales como la Convención Helsinki de 1992, sobre la Protección y Utilización de Ríos Transfronterizos y Lagos Internacionales, el Convenio de Bonn de 1979 sobre la Conservación de las Especies Migratorias y la Convención de Espoo de 1991 sobre el Análisis del Impacto Ambiental en un Contexto Transfronterizo.


II. CONOCIMIENTO DE LOS HUMEDALES Y DE SUS VALORES

Para el manejo de los humedales es necesario poseer conocimientos adecuados sobre su funcionamiento. Para fomentar y llevar a la práctica el uso racional de los humedales se debería realizar inventarios, investigaciones, actividades de monitoreo y de formación.

Debe difundirse más la importancia de los humedales en los programas educativos y divulgarse al público en general. Debería prestarse especial atención a la selección de los grupos a quienes se destinarían dichas actividades, tomando en consideración criterios geográficos, económicos y políticos. Se debería utilizar diferentes mecanismos para cada público seleccionado.

Algunos países tienen considerable experiencia sobre la aplicación del concepto de uso racional. Los estudios de caso sobre el tema publicados por la Oficina de la Convención de Ramsar son fuentes importantes de información. La Oficina, con la ayuda de las organizaciones asociadas, podría utilizarse como centro de coordinación de la información relativa a la aplicación del concepto de uso racional.

II.1 Inventario

A partir de los inventarios se puede preparar información en forma de mapas, listas, análisis regionales, relatos sobre recursos culturales o ecológicos. Sin embargo, no es necesario que sean muy complicados o detallados para ser de utilidad. Los objetivos de un inventario pueden variar, por lo tanto la definición de los objetivos ayudaría a determinar los métodos y extensión de cada uno.

1) Entre los objetivos de un inventario cabe citar:

Un inventario de humedales no debería ser considerado como un documento definitivo, sino más bien como un proceso continuo. Puede suponer una labor a largo plazo, tanto para recopilar como para actualizar la información. Los inventarios pueden recoger datos derivados de otras disciplinas, como la ecología, limnología, hidrología, ciencias sociales, agronomía, manejo de la fauna y flora silvestres, pesca, así como aportaciones de los planificadores de políticas.

2) Entre las posibles aplicaciones de un inventario cabe citar:

II.2 Monitoreo

El monitoreo es un proceso de medición del cambio en las condiciones ecológicas de un humedal durante un determinado período de tiempo.

1) En las actividades de monitoreo, debería tenerse en cuenta los siguientes puntos:

El monitoreo se puede llevar a cabo con diferentes grados de intensidad, dependiendo de la tecnología y/o los fondos disponibles. Hay que destacar que el monitoreo no requiere automáticamente tecnologías sofisticadas o cuantiosas inversiones.

2) Se podrían utilizar los siguientes planteamientos:

II. 3 Investigación

La investigación puede ser cualquier trabajo que amplíe los conocimientos básicos. Las áreas que requieren una mayor atención son la identificación y cuantificación de los valores de los humedales, la sustentabilidad del uso de los mismos y el funcionamiento y modificación del paisaje. Las Partes Contratantes deberían empezar a adoptar medidas positivas para adquirir y, de ser posible, compartir los conocimientos adquiridos sobre valores, funciones y usos de los humedales.

1) Entre las labores prioritarias de investigación cabe incluir:

2) Las labores de investigación mencionadas anteriormente son sólo una indicación de las necesidades existentes. En la práctica, es de esperar que aumente el número de temas específicos de investigación, en la medida en que lo hagan los programas sobre recursos naturales. Las prioridades en cuanto a la investigación han de establecerse en base a las necesidades de manejo.

II.4 Formación

1) Se debería prestar atención a cuatro aspectos de la formación:

2) Para los profesionales de los humedales parecen ser particularmente importantes tres tipos principales de formación :

La elaboración de manuales de formación y otros materiales debería ser un importante objetivo a largo plazo para cualquier programa de formación.

3) Métodos y recursos de formación

Las actividades de formación y la transferencia de los conocimientos apropiados deberían formar parte integrante de todos los proyectos de uso racional. Debería lograrse que esas actividades tuvieran el mayor efecto catalizador posible, y facilitaran la formación de instructores a nivel regional para que éstos transmitieran luego sus conocimientos a otros niveles, y atrajeran la colaboración de organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, utilizando los recursos e instituciones locales cuando sea posible.

II.5 Educación y conciencia pública

La educación y conciencia pública es fundamentalmente diferente de la formación que los profesionales han de tener para manejar adecuadamente los humedales. Educación es un proceso de cambio profundo y a largo plazo que se produce en los individuos así como el desarrollo de sus habilidades y valores; conciencia es un estado de conocimiento a nivel individual, que con frecuencia precede y estimula un mayor interés y que conduce a más aprendizaje y participación activa.

Los programas de educación y conciencia pública aún no han sido capaces de informar de forma eficaz al público en general del valor que tienen los humedales. La mayoría de la gente no sabe lo que son los humedales y, aunque lo sepa, tiende a considerarlos como eriales inútiles, que no suscitan el mismo apoyo que han recibido los bosques tropicales. Es fundamental mejorar las actividades educativas y de conciencia pública para así conseguir un uso racional. Es necesario realizar las siguientes actividades:


III. ACTIVIDADES EN HUMEDALES ESPECIFICOS

III.1 Aspectos ecológicos

El manejo de los humedales debe ser un proceso integrado, en el que deben tenerse en cuenta criterios de tiempo y espacio. Debe incorporar objetivos sustentables y a largo plazo y también hay que tomar en consideración toda la cuenca hidrográfica. Como proceso integrado, tiene que incorporar diferentes usos y actividades compatibles con la viabilidad.

Este proceso de manejo también ha de incorporar un enfoque interdisciplinario que refleje la gran variedad de actividades humanas basándose en principios de biología, economía, política, ciencias sociales, etc. En muchos casos habrá también que responder a preocupaciones de carácter más global, especialmente las referentes a especies compartidas, sistemas hidrográficos compartidos, y a la cuestión del cambio climático global.

III.2 Actividades humanas

Para lograr el uso racional de los humedales es necesario lograr un equilibrio que garantice el mantenimiento de todos los tipos de humedales a través de una serie de actividades que pueden ir desde la protección más estricta hasta la intervención activa, incluyendo la rehabilitación.

Las actividades encaminadas a un uso racional pueden pues ser de muy variada índole, desde la explotación de recursos muy reducida o inexistente hasta una explotación muy activa, mientras sea sostenible. Hay que reconocer, sin embargo, que hay muy pocos humedales que no estén utilizados de alguna manera por las poblaciones locales.

El manejo de los humedales debería adaptarse a las circunstancias específicas del lugar, responder a las culturas locales y respetar los usos tradicionales. El manejo, por lo tanto, no es un concepto universal que se pueda aplicar de forma general, sino que debe adaptarse a las condiciones locales.

III.3 Planificación integrada para el manejo

El manejo de los humedales puede ser aplicado mediante la elaboración de planes o estrategias para el manejo de una zona o región específicas. El Taller C de la Conferencia de Kushiro revisó los "Lineamientos para una planificación del manejo en los sitios Ramsar y otros humedales", aprobados luego en sesión plenaria (véase el Anexo a la Resolución 5.7).

Estos lineamientos subrayan que la planificación para el manejo no sólo se aplica a las reservas de humedales sino a todos los humedales, y que es un proceso sujeto a constante análisis y revisión. Los planes de manejo deberían por tanto considerarse documentos flexibles y dinámicos.

1) En general, un plan de manejo consta de cuatro partes:

El monitoreo forma parte integrante del proceso de planificación. Será necesario realizar revisiones anuales y a más largo plazo del plan, lo cual puede conducir a la modificación de la descripción, los objetivos y el plan de acción.

2) Debería nombrarse una autoridad responsable de la aplicación del proceso de manejo; esto puede ser especialmente importante en los humedales extensos, donde la planificación debe tener en cuenta todos los intereses, usos y presiones. Es necesario lograr una decidida colaboración y participación de organismos gubernamentales y no gubernamentales, así como de la población local.

3) Cuando sea apropiado, los planes de manejo deberían incorporar tanto tecnologías modernas como tradicionales. El plan debe reflejar la capacidad de carga total del sistema. Su aplicación deberá potenciar al máximo el uso sostenible de los recursos existentes.

El manejo de los humedales ha de ser incorporado a las políticas generales a nivel nacional, como ya se ha indicado en las directrices de Montreux. Estas políticas deberían reflejar la mejor información técnica disponible. La Oficina de Ramsar y sus organizaciones asociadas pueden brindar la información técnica específica.

III.4 Cuestiones técnicas

En muchas regiones del mundo, el concepto de uso racional no es una novedad. La humanidad ha ido desarrollando civilizaciones en torno a los humedales durante miles de años, y ha creado determinadas tecnologías para su uso.

Muchas de estas tecnologías son sostenibles, y por lo tanto deberían ser identificadas y fomentadas con urgencia. En los casos en los que estas tecnologías no sean sostenibles, habría que perfeccionarlas y adaptarlas para potenciar al máximo su viabilidad.

Lineamientos para la aplicación del concepto de uso racional de la Convención (1990)


write.gif (533 bytes)Para más información, se ruega contactar: Oficina de la Convención de Ramsar, Rue Mauverney 28, CH-1196 Gland, Suiza (Tel: +41 22 999 0170, Fax: +41 22 999 0169, E-mail ). Posted 29 diciembre 1996, Dwight Peck, Ramsar.

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