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El Programa 21 y la Convención sobre los Humedales (1)

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  El Programa 21 y la Convención sobre los Humedales

Documento presentado al Departamento de Asuntos Económicos y Sociales (DAES) de las Naciones Unidas para el examen y evaluación de la ejecución del Programa 21 y del Plan para la ulterior ejecución del Programa 21

 Grupos de temas específicos examinados:

Preparado por la Oficina de la Convención sobre los Humedales (Ramsar, Irán, 1971)

febrero de 2001


Índice:

Prefacio

Resumen ejecutivo

1. Introducción

2. Estructuras de toma de decisiones e instituciones para el desarrollo sostenible

2.1 Introducción
2.2 Integración del medio ambiente y el desarrollo en el ámbito de las políticas, la planificación y la gestión
2.3 Provisión de un marco jurídico y normativo efectivo
2.4 Aprovechamiento efectivo de los instrumentos económicos, así como de los incentivos de mercado y otros incentivos
2.5 Establecimiento de sistemas de contabilidad ecológica y económica integrada
2.6 Examen de temas y políticas y ‘cambios de rumbo’ recomendados

3. Función de los principales grupos

3.1 Introducción
3.2 Poblaciones locales e indígenas
3.3 Sector empresarial e industrial
3.4 Organizaciones no gubernamentales

Organizaciones internacionales asociadas de Ramsar
Otras ONG asociadas de Ramsar
Actividades de las ONG en el plano nacional

3.5 La comunidad científica y tecnológica
3.6 Examen de temas y políticas y ‘cambios de rumbo’ recomendados

4. Educación, toma de conciencia, capacitación y creación de capacidad

4.1 Introducción
4.2 Educación, toma de conciencia y capacitación

Reorientación de la educación hacia el desarrollo sostenible
Aumento de la conciencia del público
Fomento de la capacitación
Programa de Promoción de Ramsar

4.3 Creación de capacidad en los países en desarrollo

Las ‘herramientas’ de creación de capacidad de Ramsar

4.4 Examen de temas y políticas y ‘cambios de rumbo’ recomendados

5. Océanos y mares, recursos marinos vivos y ordenación de las zonas costeras

5.1 Introducción
5.2 Ordenación integrada y desarrollo sostenible de las zonas costeras, entre ellas las zonas económicas exclusivas
5.3 Protección del medio marino
5.4 Uso sostenible y conservación de recursos marinos vivos sujetos a la jurisdicción nacional
5.5 Solución de las principales incertidumbres que se plantean respecto de la ordenación del medio marino y el cambio climático
5.6 Fortalecimiento de la cooperación y la coordinación internacionales, incluso en el plano regional
5.7 Desarrollo sostenible de islas pequeñas
5.8 Examen de temas y políticas y ‘cambios de rumbo’ recomendados

6. Recursos de agua dulce

6.1 Introducción
6.2 Lineamientos para integrar la conservación y el uso racional de los humedales en el manejo de cuencas hidrográficas
6.3 La red cada vez más extensa de humedales de importancia internacional (sitios Ramsar) de ‘agua dulce’
6.4 Humedales y cuencas hidrográficas transfronterizos
6.5 Rehabilitación y restauración de humedales
6.6 Valoración de los humedales como parte de la ‘infraestructura’ de suministro de agua dulce
6.7 Lineamientos para las asignaciones de agua con fines ‘ecológicos’
6.8 Examen de temas y políticas y ‘cambios de rumbo’ recomendados

7. Conservación y uso sostenible de la biodiversidad

7.1 Introducción
7.2 Colaboración con el Convenio sobre la Diversidad Biológica
7.3 La Lista de Ramsar de Humedales de Importancia Internacional
7.4 Examen de temas y políticas y ‘cambios de rumbo’ recomendados

8. Ramsar, las convenciones relacionadas con la CNUMAD y la cooperación internacional

8.1 Introducción
8.2 Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático
8.3 Convenio sobre la Diversidad Biológica
8.4 Convención de las Naciones Unidas de lucha contra la desertificación en los países afectados por sequía grave o desertificación, en particular en África
8.5 Cooperación internacional, disposiciones institucionales, instrumentos y mecanismos jurídicos
8.6 Examen de temas y políticas y ‘cambios de rumbo’ recomendados


Prefacio

1. Ante la proximidad de la segunda Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible, que se celebrará en Sudáfrica en 2002, es oportuno que la comunidad internacional examine los logros alcanzados por los instrumentos internacionales que contribuyen a la ejecución global del Programa 21.

La misión de la Convención se ha enunciado como sigue: "la conservación y el uso racional de los humedales, a través de la acción a nivel nacional y mediante la cooperación internacional, a fin de contribuir al logro del desarrollo sostenible en todo el mundo" (Plan Estratégico 1997-2002 de la Convención).

2. La Oficina (secretaría) de la Convención de Ramsar sobre los Humedales ha preparado el presente informe de evaluación de las actividades de este tratado, cuyo mandato se centra actualmente en el desarrollo sostenible, a título informativo para quienes participarán en la preparación de la Cumbre Mundial en los planos nacional e internacional. Su propósito es asegurar que, a diferencia de lo ocurrido en Rio en 1992, se reconozcan plenamente la importante función que la Convención de Ramsar está desempeñado, así como las funciones que prevé y podría desempeñar en la promoción del desarrollo sostenible.

3. En términos generales el informe se ha estructurado teniendo en cuenta las recomendaciones de la Comisión sobre el Desarrollo Sostenible y los ‘exámenes temáticos’ propuestos que se elaborarán para poner de relieve los logros y determinar las lagunas e insuficiencias de los enfoques que se están adoptando para ejecutar el Programa 21.

4. Para ayudar a quienes están elaboranado dichos exámenes, cuando ha sido posible se han incluido datos cuantitativos para dar una idea de los progresos conseguidos en la ejecución de las acciones prioritarias.

La Conferencia de las Partes Contratantes (1987) ha definido "uso racional" como sigue en el contexto de la Convención: "El uso racional de los humedales consiste en su uso sostenible para beneficio de la humanidad de manera compatible con el mantenimiento de las propiedades naturales del ecosistema". Al mismo tiempo, el "uso sostenible" de un humedal se define como su "uso…por los seres humanos de modo que produzca el mayor beneficio continuo para las generaciones presentes, manteniendo al mismo tiempo su potencial para satisfacer las necesidades y aspiraciones de las generaciones futuras". Las "propiedades naturales del ecosistema se han definido como "Aquellos componentes físicos, químicos y biológicos tales como el suelo, el agua, las plantas, los animales y los nutrientes, y las interacciones entre ellos".

5. El informe se basa en los 30 años de experiencia de Ramsar de promoción de su principio de uso racional y demuestra que la Convención sobre los Humedales ha alcanzado la mayoría de edad como instrumento internacional y tiene mucho que aportar en relación con todos los capítulos del Programa 21.

6. En el informe se recomiendan también para su examen por la Cumbre Mundial algunos "cambios de rumbo" de especial interés para la Convención de Ramsar. Éstos se basan en una evaluación de las lagunas y deficiencias normativas y programáticas que se aprecian en la aplicación de la Convención de Ramsar.

7. Cabe esperar que los dirigentes mundiales reunidos en Johannesburgo en 2002:

(a) tengan presente la importancia de los humedales para la sostenibilidad a largo plazo del ecosistema del planeta y para el bienestar de la humanidad;

(b) reconozcan que la Convención de Ramsar, y particularmente su Lista de Humedales de Importancia Internacional, es un instrumento útil para ejecutar un Programa 21 renovado y reorientado como resultado de la Conferencia de Rio+10; y

(c) adopten las ‘cambios de rumbo’ recomendados en este documento como parte del programa más amplio de trabajo que la Cumbre Mundial habrá de hacer suyo.


Resumen ejecutivo

8. La Oficina (secretaría) de la Convención sobre los Humedales - cuyo mandato se centra en el desarrollo sostenible - ha preparado este informe de evaluación sobre los actividades del tratado en el marco de los preparativos para la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible de 2002 a título informativo para quienes participarán en la preparación de la Cumbre en los planos nacional e internacional.

9. La Convención sobre los Humedales de Importancia Internacional, especialmente como hábitat de aves acuáticas se firmó en Ramsar (Irán), el 2 de febrero de 1971 y entró en vigor en 1975. Hoy se la conoce como la Convención sobre los Humedales (Ramsar, Irán, 1971) o simplemente como la Convención de Ramsar.

10. Pese a que fue una de las primeras en emplear el concepto de desarrollo sostenible con su propio concepto de ‘uso racional’ (véase la definición en la nota a pie de página del prefacio), la Convención de Ramsar no consiguió ser reconocida como ‘herramienta’ útil para promover el desarrollo sostenible en la Conferencia de Rio en 1992. Desde entonces Ramsar ha evolucionado, madurado y alcanzado la mayoría de edad - a la sazón contaba con 70 Partes, que han aumentado a 123 en la actualidad, y espera contar con 150 para la 8a. Reunión de la Conferencia de las Partes en 2002. Esta maduración de la Convención de Ramsar ha coincidido con una mayor comprensión en el plano mundial de lo importantes que son los humedales para la ‘infraestructura’ de abastecimiento de agua dulce del planeta.

11. El rasgo mejor conocido de la Convención de Ramsar, la Lista de Humedales de Importancia Internacional, cuenta actualmente con 1.050 sitios con un área de casi 80 millones de hectáreas y su meta es que contenga 2000 sitios cuando se celebre la 9a. Reunión de la Conferencia de las Partes en Ramsar en 2005. Se ha dado amplia difusión al ‘juego de herramientas’ de Ramsar para el uso racional, que se está ampliando. La Convención se está utilizando actualmente como mecanismo para promover la cooperación internacional respecto de humedales, recursos hídricos y especies migratorias compartidos. Hoy es mucho lo que Ramsar tiene que ofrecer a la promoción de los ideales del Programa 21 que examinará la Conferencia de Rio+10.

12. En términos generales el presente informe se ha estructurado alrededor de los ‘exámenes temáticos’ que se están preparando para contribuir a informar las deliberaciones en Johannesburgo. En él se ponen de relieve las numerosas contribuciones hechas por la Convención de Ramsar a la ejecución de casi 20 capítulos del Programa 21. En el informe se recomiendan también algunos cambios de rumbo prioritarios (véase más adelante) para su examen por la Cumbre Mundial de 2002. Éstas recomendaciones se basan en los 30 años de experiencia de Ramsar de promoción del uso sostenible de los recursos de los humedales.

13. Se confía en que a la luz de la información contenida en este informe los dirigentes mundiales reunidos en 2002:

(a) tengan presente la importancia de los humedales para la sostenibilidad a largo plazo del ecosistema del planeta y el bienestar de la humanidad;

(b) reconozcan que la Convención de Ramsar, y en particular su Lista de Humedales de Importancia Internacional, es un instrumento útil para ejecutar un Programa 21 renovado y reorientado; y

(c) adopten las ‘cambios de rumbo’ recomendados en este documento y resumidos más adelante, como parte del programa más amplio de trabajo que la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible habrá de hacer suyo.

‘Cambios de rumbo’ recomendados

14. A continuación se recomiendan algunos ‘cambios de rumbo’. Éstos reflejan la óptica de la Convención de Ramsar sobre los Humedales únicamente y no se pretende que abarquen todo el espectro de ‘cambios de rumbo’ que la Cumbre Mundial debería contemplar.

14.1 Necesidad continua de reformas jurídicas y de las políticas

Si bien saltan a la vista algunos progresos, persiste la necesidad de que los instrumentos nacionales de políticas y jurídicos se armonicen con las expectativas del Programa 21 en muchos países. Hay un número cada vez mayor de ejemplos o modelos en este sentido y cabría exhortar a la Cumbre Mundial a que halle medios de ponerlos a disposición de otros Estados más eficazmente.

14.2 Necesidad de introducir reformas fundamentales en las estructuras de gobernanza

Los hechos demuestran que para avanzar hacia el desarrollo sostenible es necesario que las Partes contemplen, caso de no haberlo hecho aún, la posibilidad de introducir algunos cambios fundamentales en sus estructuras de gobernanza, tales como:

i) el establecimiento en el seno del gobierno de un impulsor principal del desarrollo sostenible capaz de acelerar la integración de los factores sociales, económicos y ecológicos. Este impulsor podría ser un grupo de trabajo, un consejo de alto nivel o un ministerio establecido por el Presidente o Primer Ministro y dependiente de él;

ii) la descentralización o delegación del poder decisorio en el nivel administrativo más apropiado. El ‘enfoque ecosistémico’ elaborado en el marco del Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) aboga por esto en su Principio 2 y descansa en el convencimiento de que los sistemas descentralizados pueden redundar a una eficiencia, eficacia y equidad mayores. Cabría instar a la Cumbre Mundial a que respalde esta meta y procure hallar recursos para agilizar la introducción de sistemas de gestión participativos en las cuencas hidrográficas más ‘estresadas’ inicialmente y luego en todas las demás; y

iii) la aplicación del enfoque ecosistémico para descentralizar los grandes fondos mundiales y establecer mecanismos más sostenibles sobre el terreno, esto es, fondos fiduciarios para sitios determinados, fondos para temas específicos, etc.

14.3 Necesidad de reformar la manera de consultar a los principales grupos

No se ha conseguido aún que los intereses de todas las partes interesadas se hagan valer sistemáticamente cuando se debaten asuntos relacionados con el desarrollo sostenible y el aprovechamiento de los recursos naturales. Cabría exhortar a los países a que revisen sus procesos consultivos para asegurarse de que permiten a los representantes de los principales grupos participar en la fijación de políticas y la planificación locales y nacionales para la gestión de los recursos naturales.

14.4 La escasa calidad de la información sobre los recursos naturales entorpece el Programa 21

A menos que los países cuenten con datos de elevada calidad que sirva de base a una planificación integrada, el grueso de los resultados ha de descansar en conjeturas y especulaciones. Si bien es posible que iniciativas en marcha tales como la Evaluación de Ecosistemas del Milenio y la Evaluación Mundial de las Aguas Internacionales sean útiles en este sentido, persiste el reto de facilitar la información a quienes la necesitan y de asegurar que sean capaces de interpretarla y aplicarla.

14.5 La educación sigue siendo una prioridad y un punto débil

Es preciso que la Cumbre Mundial aliente un espectro de acciones en la esfera de la educación. Se ha avanzado poco en la introducción de los principios de desarrollo sostenible en las corrientes de educación formal y no formal y esto requiere una alta prioridad. Según se indica en el acápite 14.1 supra, la solución estriba en parte en transferir mejor experiencias e información. La falta de compromisos relacionados con el sector de la educación en el Programa 21 está restringiendo al parecer los progresos en este ámbito y cabría tomar medidas en los planos nacional e internacional para encarar este problema.

14.6 Necesidad de un nuevo enfoque en materia de capacitación y creación de capacidad

La capacitación impartida en muchos casos no parece descansar en un conocimiento acabado de las necesidades y competencias existentes. Cabría exhortar a la Cumbre Mundial a concebir una importante iniciativa de capacitación en el marco del Programa 21 - un mecanismo centralizador de capacitación en materia de desarrollo sostenible - que aúne los expertos y recursos necesarios para subsanar estas deficiencias.

14.7 La Lista de Humedales de Importancia Internacional de la Convención de Ramsar como herramienta de desarrollo sostenible y conservación de la biodiversidad

Convendría instar a la Cumbre Mundial a reconocer que es importante que los Estados protejan y utilicen sus recursos de agua dulce y de los humedales costeros de forma racional valiéndose de la Lista de Humedales de Importancia Internacional. Se alienta a los países a ejercer su derecho soberano a designar sus humedales principales humedales de importancia internacional, entendidos como ‘herramientas’ que ayudan a satisfacer las aspiraciones en materia de desarrollo sostenible y conservación de la biodiversidad. Según preconiza la Convención de Ramsar, estos humedales pueden llegar a formar una red mundial de sitios de ‘demostración’ con vistas al desarrollo sostenible y servir al mismo tiempo para concentrar las actividades impulsadas en el plano nacional para ejecutar el Programa 21 por medios muy tangibles y verificables. Hasta la fecha las 123 Partes en la Convención de Ramsar han designado 1.050 humedales de importancia internacional. Estos se hallan en ecosistemas de aguas continentales, marinos y costeros, de tierras áridas, de montaña y otros ecosistemas. De esta forma las correspondientes Partes han dado un paso importante hacia el cumplimiento de sus obligaciones con arreglo al CDB en el marco de los esfuerzos por alcanzar el desarrollo sostenible.

14.8 Necesidad de actuar urgentemente para proteger los recursos pesqueros del mundo

Como complemento de lo previsto en el acápite 14.7 supra, convendría exhortar a los Estados a valerse del mecanismo de inscripción de sitios en la Lista de Humedales de Importancia Internacional para establecer redes nacionales de protección de los hábitat vitales para peces. Los recursos pesqueros están siendo sometidos a una presión cada vez mayor. Adoptando ahora una medida proactiva para proteger las zonas de cría de peces como sitios Ramsar los países podrán asegurarse un grado de seguridad alimentaria y una pesca comercial viable.

14.9 La restauración de ecosistemas, prioridad para recuperar servicios y beneficios

Si bien sigue siendo más eficaz en función del costo conservar ecosistemas naturales, hoy se cuenta con tecnología para restaurar muchas zonas degradadas o convertidas para destinarlas a usos menos productivos. La Convención de Ramsar preconiza la restauración y rehabilitación de humedales, sobre todo cuando los países tienen en mente objetivos específicos de ordenación de los recursos hídricos (mejorar la calidad del agua, almacenar agua, mitigar las inundaciones, etc.). Cabría exhortar a la Cumbre Mundial a dar el paso proactivo de acordar incrementar los empeños encaminados a restaurar ecosistemas.

14.10 Medidas que hacen falta para lograr que las convenciones relacionadas con la CNUMAD y otras convenciones funcionen como un conjunto de elementos estrechamente coordinados que promuevan el desarrollo sostenible

Se siguen determinando puntos débiles en la forma en que la serie de convenciones con un mandato (directo o indirecto) del Programa 21 están coordinando su labor. Sin un esfuerzo importante para conseguir que las convenciones relacionadas con la CNUMAD y otras convenciones pertinentes se apliquen con mayor colaboración e integración, es difícil lograr que las autoridades nacionales y más aún que los interesados directos locales piensen en términos más holísticos acerca de la ordenación de los recursos naturales. Se recomiendan las acciones siguientes para atender a estas preocupaciones.

i) Como medio de comprometer más efectivamente a los principales grupos, documentar y poner de manifiesto los conocimientos científicos fundamentales sobre el ecosistema mundial, cómo se desglosan y por qué. En este contexto especificar el papel o los papeles específicos de cada convención, cómo se relacionan entre sí en un sentido de ecosistemas y en términos operacionales. (Algunos de los vínculos operacionales se examinan más detalladamente en el apartado ii) infra.) Como parte de la misma iniciativa, convendría instar a la Cumbre Mundial a respaldar el concepto de sitios de ‘demostración’ para poner de relieve cómo las distintas convenciones internacionales se pueden aplicar en forma integrada para convertir el desarrollo sostenible en realidad. Las comunidades locales siguen siendo saludablemente escépticas de que estos instrumentos de alto nivel puedan traducirse en resultados tangibles para ellas. Los sitios de ‘demostración’ que ponen en evidencia cómo esto se puede hacer fortalecerían las aspiraciones del Programa 21.

ii) Pese a los esfuerzos más recientes, la falta general de coordinación entre las convenciones multilaterales en términos de elaboración de políticas, ciencia y tecnología, administración y gestión de información es un importante motivo de preocupación. El Plan de Trabajo Conjunto de Ramsar con el CDB se considera el modelo para llevar adelante la colaboración entre convenciones.

Es preciso agilizar el proceso de crear un ‘equipo’ de trabajo más integrado y la Cumbre Mundial podría y debería servir de catalizador en este sentido. Los pasos indicados a continuación podrían ser los primeros importantes para instituir arreglos de trabajo más eficientes y efectivos entre las convenciones:

a) recogiendo la idea contenida en el Capítulo 38 del Programa 21 relativa a un mecanismo interinstitucional de coordinación de alto nivel (párrafos 38.16 a 38.18), establecer un mecanismo de coordinación institucional e intercambio de información entre las convenciones relacionadas con la CNUMAD y otras convenciones que pueda facilitar la elaboración de programas de trabajo comunes, armonizar y relacionar planes, mejorar la programación de las conferencias de las Partes y las reuniones de órganos subsidiarios científicos, etc.;

b) establecer un ‘grupo de trabajo de los presidentes de los órganos subsidiarios científicos’ de las convenciones relacionadas con la CNUMAD y otras convenciones para alentar el enriquecimiento mutuo de ideas y el intercambio de información y expertos;

c) continuar avanzando hacia unos sistemas eficaces y armonizados de gestión de información para las convenciones relacionadas con la CNUMAD y otras convenciones, como se preconiza en el estudio de viabilidad elaborado por el Centro Mundial de Monitoreo de la Conservación (CMMC) para las convenciones relacionadas con la CNUMAD (véase más adelante);

d) promover la elaboración de nuevos memorandos de cooperación bilaterales, trilaterales o multilaterales asociados a planes de trabajo conjunto entre convenciones y (como se ha recomendado anteriormente) proyectos de ‘demostración’ ilustrativos de la aplicación integrada de las convenciones relacionadas con la CNUMAD y otras convenciones.

iii) La carga impuesta por requisitos independientes de presentación de informes con arreglo a cada convención es también una cuestión importante, sobre todo para los países en desarrollo, y convendría que la Cumbre Mundial se interesara por ella. En el citado Informe del CMMC sobre la armonización de la gestión de la información entre las convenciones relacionadas con la biodiversidad se proponen medidas para simplificar la presentación de informes nacionales y es preciso ocuparse urgentemente de ellas.

iv) El problema de asegurar que todas las Partes puedan participar plenamente en la labor y las deliberaciones de las convenciones internacionales no es nuevo. Desafortunadamente, no se ha hallado aún una solución a este problema, que sigue colocando a los países en desarrollo en posición de desventaja. Algunas de las acciones recomendadas anteriormente, tales como mejorar la coordinación de los calendarios de reuniones, integrar mejor los programas de trabajo, simplificar y agilizar la presentación de informes nacionales, etc., contribuirían a reducir la carga de los países en desarrollo y por este motivo cabe asignarles una alta prioridad. La experiencia ha demostrado que la falta de recursos pone límites a la participación de los países en desarrollo en las conferencias de las Partes y en las reuniones de órganos científicos subsidiarios. Para velar por la equidad en estas importantes deliberaciones institucionales es preciso encarar este asunto.

14.11 Necesidad de revisar los mecanismos de financiación existentes para aplicar las convenciones relacionadas con la CNUMAD y otras convenciones

Aun cuando el Fondo para el Medio Ambiente Mundial y algunos fondos nacionales como el Fond Français pour l’Environnement Mondiale (FFEM) están demostrando ser útiles para aplicar dos de las convenciones relacionadas con la CNUMAD, cabría exhortar a la Cumbre Mundial a:

i) revisar estos mecanismos a fin de conseguir que sean más eficaces aún, que los países necesitados puedan acceder a ellos más fácilmente y que se integren mejor con los mecanismos de financiación para el desarrollo sostenible; y

ii) determinar fuentes concretas de financiación complementaria de forma que los países en desarrollo y los países con economía en transición puedan aplicar todas las convenciones más eficazmente.


EL PROGRAMA 21
Y LA CONVENCIÓN DE RAMSAR SOBRE LOS HUMEDALES

Sección 1. Introducción

15. El 2 de febrero de 1971 en la ciudad iraní de Ramsar (Irán), los representantes de 18 países firmaron la Convención sobre los Humedales de Importancia Internacional especialmente como hábitat de aves acuáticas, hoy denominada comúnmente Convención sobre los Humedales (Ramsar, Irán, 1971) o simplemente Convención de Ramsar. La Convención cuenta actualmente con 123 Partes Contratantes.

16. La Convención, que se concentró originalmente en los hábitat de aves acuáticas, ha evolucionado con los años hasta convertirse en la principal defensora de la conservación y el uso sostenible de los humedales teniendo en cuenta todo el espectro de valores y funciones, tanto para la biodiversidad como para el bienestar de la humanidad. La Convención de Ramsar sigue creciendo y madurando y ha llegado a ser un importante mecanismo para promover el desarrollo sostenible.

17. El texto de la Convención de Ramsar, que parece simple cuando se lo compara con los de las convenciones internacionales más recientes, consagra los tres ‘pilares’ del tratado. Se trata de los siguientes:

a) la Lista de Humedales de Importancia Internacional, con la que la Convención de Ramsar está más comúnmente asociada. En la actualidad hay 1.050 sitios designados en 123 Partes con un área de casi 80 millones de hectáreas – equivalente aproximadamente a la superficie de Namibia, el Pakistán o Turquía;

b) el "uso racional" – o sostenible (véase la definición de "uso racional" en la nota a pie de página 2 del prefacio) – de todos los humedales del territorio de cada Parte Contratante; y

c) la cooperación internacional con arreglo a la Convención, sobre todo en las situaciones en que Estados vecinos comparten humedales o recursos hídricos.

18. Es importante también la definición amplia de "humedal" adoptada por la Convención, a saber, "las extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de aguas, sean éstas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina cuya profundidad en marea baja no exceda de seis metros".

19. Si bien es posible que esta definición haya sido resultado de una avenencia internacional, parece más probable que respondiera a una decisión deliberada que apreció el papel fundamental desempeñado por los humedales en la ‘infraestructura’ hidrológica del planeta y reconoció que en el ciclo del agua no hay solución de continuidad entre las aguas dulces y saladas. En consecuencia, el mandato de Ramsar se extiende desde los pastos marinos y los ecosistemas de coral de los medios próximos a las costas, los estuarios y bosques palustres situados a lo largo de ríos y sus llanuras de aluvión hasta la parte superior de las correspondientes cuencas. Comprende todo, desde las turberas y los sistemas subterráneos kársticos hasta los humedales artificiales. En pocas palabras, la cartera de Ramsar comprende los hábitat favorecidos por la mayor parte de la especie humana.

20. No obstante, en la CNUMAD se prestó escasa atención a la Convención de Ramsar y en consecuencia apenas sí se la menciona en el Programa 21. Ahora bien, esto se ha de poner en perspectiva. En junio de 1992 había apenas 60 Partes en la Convención de Ramsar, la Lista de Humedales de Importancia Internacional sólo contenía 561 sitios, y Ramsar recién acababa de empezar a formular cabalmente el principio de ‘uso racional’ y a dar orientaciones al respecto.

21. Actualmente hay 123 Partes Contratantes y es posible que en los próximos cinco años esta cifra aumente en otros 40 a 50 países. Este interés cada vez mayor por la Convención ha coincidido con la mejor comprensión de las funciones, los servicios y beneficios aportados por los humedales, algunos de los cuales se resumen en el recuadro informativo 1 (tomado del documento titulado "Valores y Funciones de los Humedales" de la carpeta informativa de Ramsar).

22. En el mismo período la Convención de Ramsar se ha convertido en una voz importante en la promoción del uso sostenible de los recursos de los humedales y ha elaborado un impresionante abanico de herramientas para asistir a las Partes en este sentido. Uno de los mayores logros de la Convención es su ‘juego de herramientas’ para el uso racional, puesto en circulación en enero de 2000 (véase el recuadro informativo 2). Este juego de 9 volúmenes aporta actualmente información esencial dirigida a las Partes sobre la puesta en práctica de los tres pilares de Ramsar - la Lista de Humedales de Importancia Internacional, el uso racional y la cooperación internacional.

23. Las Partes en Ramsar se precian mucho del hecho de que se trate de una Convención que se ha hecho conocida por ser muy proactiva, directa, técnicamente solvente y centrada en acciones. Como se intenta demostrar en esta exposición, en la actualidad la Convención de Ramsar es una ‘herramienta’ vibrante y efectiva para contribuir al desarrollo sostenible.

24. Más que un tratado intergubernamental, la Convención de Ramsar es un movimiento que está creciendo rápidamente en todo el mundo. La Convención debe su existencia a fuertes raíces científicas y de ONG que le siguen siendo útiles en la actualidad conforme avanza en una serie de frentes, aportando mecanismos y herramientas para asistir a las Partes, así como a organismos regionales, autoridades nacionales y poblaciones locales con el marco y el respaldo necesario para actuar.

25. Las evaluaciones hechas por expertos indican que en el plano mundial cerca del 50% de los humedales han sido convertidos para destinarlos a otros usos y que, de paso, la humanidad se ha visto privada de sus innumerables servicios y beneficios. Hoy existe el entendimiento de que los intereses de toda la humanidad hacen necesario detener la destrucción de humedales. También existe la tecnología para restablecer muchos de estos antiguos humedales. La Cumbre Mundial de 2002 debería dictaminar que la destrucción continua de los bienes naturales constituidos por los humedales es contraria a los objetivos del Programa 21.


Recuadro 1 - Valores y funciones de los humedales

Los ecosistemas de humedales forman parte de nuestra riqueza natural. Según una evaluación reciente el valor monetario estimado de nuestros ecosistemas naturales es de 33 billones de dólares EE.UU. En el estudio se estimó que el valor global de los ecosistemas de humedales asciende a la cifra sorprendente de 14,9 billones de dólares EE.UU., equivalente a 45% del total. Esto refleja las numerosas funciones de los humedales:

CONTROL DE INUNDACIONES
REPOSICIÓN DE AGUAS SUBTERRÁNEAS
ESTABILIZACIÓN DE COSTAS Y PROTECCIÓN CONTRA TORMENTAS
RETENCIÓN Y ‘EXPORTACIÓN’ DE SEDIMENTOS Y NUTRIENTES
MITIGACIÓN DEL CAMBIO CLIMÁTICO
DEPURACIÓN DE AGUAS
RESERVORIO DE BIODIVERSIDAD
PRODUCTOS DE HUMEDALES
RECREACIÓN/ TURISMO
VALOR CULTURAL

No es ninguna casualidad que las civilizaciones humanas se hayan concentrado durante más de 6.000 años en los valles fluviales y sus llanuras inundables, ni que muchos otros sistemas de humedales hayan sido igualmente críticos para el desarrollo y la supervivencia de comunidades humanas. Esto refleja simplemente el papel clave que el agua y los humedales han desempeñado siempre en la vida humana. Nuestros recursos tecnológicos cada vez más adelantados pueden dar la impresión de haber suplantado el papel de la naturaleza, pero los desastres ambientales recientes – inundaciones, deslizamientos de tierras y tormentas cuya causa última estriba en muchos casos en prácticas no sostenibles de uso de la tierra – demuestran lo contrario. La verdad es que seguimos dependiendo de los ecosistemas naturales para que nos den sustento.

La comprensión y documentación de las múltiples funciones de los ecosistemas de humedales y de su valor para la humanidad han venido aumentando en los últimos años. Esto ha dado lugar a ingentes gastos para restaurar funciones de humedales degradadas o no desempeñadas ya por ellos. Sin embargo, esto no es suficiente – los esfuerzos de los dirigentes mundiales para hacer frente a la aceleración de la crisis del agua y a los efectos del cambio climático ponen de relieve que se ha iniciado la carrera para mejorar las prácticas a una escala casi mundial. Esto coincide con condiciones que harán que la población del mundo aumente anualmente en 70 millones de personas en los próximos 20 años.

El consumo mundial de agua dulce aumentó seis veces entre 1900 y 1995 – más del doble del índice de aumento de la población. Un tercio de la población del mundo vive actualmente en países que ya están experimentando estrés entre moderado y alto por escasez de agua. Es enteramente posible que para el año 2025 dos de cada tres habitantes del planeta vivan en condiciones de estrés por este motivo.

La capacidad de adaptación de los humedales a la evolución de las circunstancias y a índices de cambio cada vez más rápidos será crucial para las comunidades y la vida silvestre en todas partes conforme se haga sentir el impacto pleno del cambio climático en los mecanismos de supervivencia de nuestros ecosistemas. No llama pues en absoluto la atención que todo el mundo tenga la mirada puesta en los humedales y los servicios que nos prestan.

Los humedales son muy diversos. No obstante, ya sea trate de lagunas, marismas, arrecifes de coral, turberas, lagos o manglares, todos comparten un rasgo fundamental: la compleja interacción de sus componentes básicos - suelos, agua, animales y plantas – que desempeña muchas funciones y suministra muchos productos que han sostenido al hombre durante siglos. Naturalmente, no todos los humedales desempeñan todas estas funciones, pero la mayor parte de ellos desempeñan muchas.

 

Recuadro 2. El ‘juego de herramientas’de la Convención de Ramsar para la conservación y el uso racional de los humedales

comprendidos los Lineamientos adoptados por la Conferencia de las Partes en su 7a. Reunión, San José, Costa Rica, 1999

Uso racional de los humedales Humedales de Importancia Internacional – designación y manejo Cooperación internacional

Manual 1

Uso racional de los humedales

Manual 7

Marco estratégico y lineamientos para el desarrollo futuro de la Lista de Humedales de Importancia Internacional

Manual 9

Lineamientos para la cooperación internacional con arreglo a la Convención de Ramsar, que abarcan:

Manual 2

Elaboración y aplicación de políticas nacionales de humedales

Manual 8

Marcos para manejar humedales de importancia internacional y otros humedales, comprendidos:

i. Lineamientos sobre planificación del manejo de los sitios Ramsar y otros humedales

i. la gestión de cuencas hidrográficas y humedales compartidos

ii. la gestión de especies compartidas dependientes de humedales

iii. las asociaciones entre convenciones y organismos

Manual 3

Examen de leyes e instituciones para promover la conservación y el uso racional de los humedales

ii. Lineamientos para describir y mantener las características ecológicas de los sitios incluidos en la Lista iv. el intercambio de expertos e información

v. la asistencia para el desarrollo

Manual 4

Integración de la conservación y del uso racional de los humedales en el manejo de las cuencas hidrográficas

iii. Marco para establecer un programa de monitoreo de los humedales vi. la inversión extranjera y códigos de conducta para el sector empresarial

Manual 5

Establecimiento y fortalecimiento la participación de las comunidades locales y de los pueblos indígenas en el manejo de los humedales

iv. Lineamientos para el funcionamiento del Registro de Montreux (de sitios en los que se han producido, se están produciendo o pueden producirse cambios en las características ecológicas)

Manual 6

Programa de Promoción de la Convención sobre los Humedales - Promover la conservación y el uso racional de los humedales mediante la comunicación, la educación y la concienciación del público

v. Marco para evaluar el riesgo en humedales

Sección 2. Estructuras e instituciones de toma de decisiones para el desarrollo sostenible

2.1 Introducción

26. El capítulo 8 del Programa 21 contiene cuatro áreas de programas consideradas decisivas para conseguir integrar plenamente los factores económicos, sociales y ambientales en la toma de decisiones en el ámbito de las políticas, la planificación y lagestión. En términos generales estas cuatro áreas de programas abarcan: a) marcos institucionales y de políticas; b) leyes; c) instrumentos e incentivos económicos; y d) contabilidad ecológica y económica integrada.

27. La Convención de Ramsar, mediante su principio de uso racional y de las correspondientes directrices, preconiza estos mismos enfoques entre sus Partes Contratantes; en particular, en el último decenio se ha observado como estos instrumentos se han venido tomando cada vez más en consideración conforme ha seguido aumentando la presión sobre los recursos.

28. En los párrafos siguientes se resumen sucintamente las contribuciones de Ramsar a la promoción del uso sostenible de los recursos de los humedales en estas áreas de programas.

2.2 Integración del medio ambiente y el desarrollo en el ámbito de las políticas, la planificación y la gestión

Políticas o estrategias nacionales de humedales

29. En sus esfuerzos para promover enfoques decisorios más integrados la Convención de Ramsar se ha concentrado fuertemente en la formulación de políticas nacionales de humedales. Lo ideal es que éstas se elaboren mediante consultas amplias con los principales grupos y todas las dependencias del gobierno para asegurar que todos se sientan interpretados, que sean equilibradas y apoyadas sin reservas. En el cuadro 1 se señalan los progresos alcanzados en la elaboración de políticas nacionales de humedales desde 1987, año en que se celebró la 3a. Reunión de la Conferencia de las Partes en Ramsar. Se señalan asimismo los avances conseguidos en la elaboración de estrategias o planes de acción de humedales, a los que algunos gobiernos asignan una posición jerárquica menor.

30. Si bien los progresos en la elaboración de tales instrumentos de políticas y estrategias fueron lentos en un primer momento, más recientemente se han agilizado y se espera que esto se vea facilitado aún más por los Lineamientos para elaborar y aplicar políticas nacionales de humedales de Ramsar adoptados por la Conferencia de las Partes Contratantes en su 7a. Reunión (Costa Rica, mayo de 1999) la Resolución VII.6. Estos Lineamientos constituyen ahora el Manual 2 del ‘juego de herramientas’ de Ramsar para el uso racional puesto en circulación en enero de 2000.

31. Los esfuerzos de Uganda para elaborar una Política Nacional de Humedales y complementarla con reformas legislativas hacen de este país un líder en África - véase el recuadro informativo 3.

Cuadro 1: Situación con respecto a las Políticas Nacionales de Humedales (PNH) y Estrategias Nacionales para Humedales (ENH) o Planes de Acción (PAH)

 

1987 Regina COP3

1990 Montreux COP4

1993 Kushiro COP5

1996 Brisbane COP6

1999 San José COP7

Situación de la Política Nacional de Humedales
Adoptada

0

0

3

6

12

En borrador

0

1

6

8

6

En estudio o propuesta

n.d.

1

6

13

26

No se informó sobre acciones al respecto

17

43

36

65

70

Situación de las Estrategias Nacionales sobre Humedales / Planes Nacionales sobre Humedales
Adoptados

4

9

9

35

50

En borrador

1

1

4

12

12

En estudio o propuestos

n.d.

n.d.

5

8

39

No se informó sobre acciones al respecto

12

35

33

36

13

Número de Informes Nacionales presentados

17 de 35

45 de 60

51 de 76

92 de 92

107 de 114

Fuentes: Oficina de Ramsar (1987, 1990, 1993, 1998a, 1998c); Rubec (1996); Smart (1993). n.d - no disponible.

Comités nacionales Ramsar/de Humedales

32. En conjunción con la formulación de políticas o estrategias en una reunión tras otra de la Conferencia de las Partes se ha instado a las Partes a que establezcan comités nacionales Ramsar o de humedales encargados de prestar asesoramiento y dirigir las aportaciones a las reformas de políticas e institucionales contempladas por el gobierno. Cuando se celebró la 7a. Reunión de la Conferencia de las Partes (1999), los gobiernos de 40 países confirmaron en sus informes nacionales que tales organismos existían y que en ellos se daba cabida a representantes de los interesados no gubernamentales. Se ha informado de que en 11 Partes hay comités nacionales Ramsar o de humedales en los que está representado el gobierno únicamente.

Integración de políticas y estrategias nacionales afines

33. La Convención de Ramsar alienta también a las Partes a velar por que, de ser posible, sus obligaciones con arreglo a Ramsar se integren en una serie de instrumentos de política, tales como estrategias nacionales de desarrollo sostenible, planes nacionales de acción en materia de biodiversidad, políticas nacionales de gestión de los recursos de agua dulce y enfoques de ordenación de zonas costeras. Según los informes nacionales presentados a la Conferencia de las Partes en su 7a. Reunión (1999), 74 Partes cuentan con tales mecanismos o los están instituyendo. Para facilitar esto último la COP7 de Ramsar adoptó lineamientos relativos a la integración de los humedales en el manejo de las cuencas hidrográficas (véase la sección 6.2) y en la actualidad la Convención está elaborando lineamientos relacionados con el manejo integrado de humedales en las zonas costeras (véase la sección 5.2).

Restauración y rehabilitación de humedales

34. Otra importante esfera de actividad de las Partes en la Convención de Ramsar es la de la restauración y rehabilitación de humedales. En la 7a. Reunión de la Conferencia de las Partes, 76 de las 100 Partes (76%) informaron de que se estaban restaurando o reparando humedales en su territorio. Dado el reconocimiento de los vitales servicios de ecosistemas prestados por los humedales, la situación está cambiando en muchos países y el nuevo propósito es restablecer ("recuperar") zonas que fueron humedales en otras épocas o en rehabilitar zonas degradadas – lo que se está haciendo en el marco de enfoques de ordenación de los recursos hídricos o conservación de la biodiversidad por ecosistemas o cuencas hidrográficas por ecosistemas o cuencas hidrográficas.

35. En el recuadro informativo 4 hay más información sobre esta importante área de programas de la Convención de Ramsar, que reconoce que actualmente existe la tecnología necesaria para restablecer un estado casi natural en antiguas zonas de humedales y por ende para volver a sacar provecho de sus funciones y beneficios.

2.3 Provisión de un marco jurídico y normativo efectivo

36. Según el Programa 21 un marco jurídico y reglamentario coherente se cuenta entre "los instrumentos más importantes para poner en práctica las políticas sobre el medio ambiente y el desarrollo" (párrafo 8.13). El objetivo global en esta área de programas es "promover, de conformidad con las condiciones particulares de cada país, la integración de las políticas de medio ambiente y desarrollo mediante la formulación de leyes, reglamentos, instrumentos y mecanismos coercitivos adecuados en el ámbito nacional, estatal, provincial y local." (Párrafo 8.16).

37. La Convención de Ramsar hace suya la misma prioridad en esta área en el Objetivo Operativo 2.1 de su Plan Estratégico 1997-2002, que dice así: "Examinar y, en caso necesario, reformar la legislación, los organismos competentes y las prácticas nacionales o supranacionales de todas las Partes Contratantes para garantizar la aplicación de las Directrices para el Uso Racional". Cuando se celebró la 7a. Reunión de la Conferencia de las Partes en Ramsar (1999), 45 Partes informaron de que habían llevado a cabo exámenes de esta clase - un indicio palpable de que esta acción estaba despertando interés. De éstos, 39 declararon que el examen había redundado en reformas legislativas.

38. Los informes nacionales de algunas de estas Partes ponen de manifiesto que se están tomando medidas importantes para complementar tales exámenes con reformas legislativas e institucionales para promover la integración de la conservación de los humedales con el desarrollo sostenible – el propósito de las Directrices para el Uso Racional. Costa Rica y Australia ofrecen ejemplos notables de acción en este ámbito, que se describen sucintamente más adelante en los correspondientes recuadros relativos a sendos estudios de casos.

39. En su 7a. Reunión la Conferencia de las Partes en la Convención de Ramsar aprobó como mecanismo para fortalecer el esfuerzo de reforma jurídica Lineamientos para examinar leyes e instituciones a fin de promover la conservación y el uso racional de los humedales (Resolución VII.7). Según se explica con más detalle en el correspondiente recuadro informativo, estos Lineamientos se basan en una serie de estudios de casos documentados y en la publicación de mayor amplitud titulada Wetlands, Water and the Law (Los humedales, el agua y el drecho) (UICN–Unión Mundial para la Naturaleza, 1999).

40. Los Lineamientos forman también el Manual 3 del ‘juego de herramientas’ de Ramsar para el uso racional publicado en enero de 2000 (véase la sección 1). La Convención se ha fijado como meta la realización de 100 exámenes de leyes en 100 de las 150 Partes que prevé tener cuando se celebre la 8a. Reunión de la Conferencia de las Partes en 2002.

41. Si bien las Partes en la Convención de Ramsar han conseguido avances apreciables en lo que atañe a subsanar las deficiencias de sus marcos jurídicos en el último decenio desde la óptica de los humedales, salta a la vista que en tan sólo un puñado de países se puede decir que este empeño ha respondido a las previsiones del Programa 21 en esta área de programas.

42. Los puntos débiles estriban en conseguir que tales reformas sean eficaces a todos los niveles, desde el nacional hasta el local; en contar con la capacidad suficiente para respaldar las reformas jurídicas y luego su aplicación o ejecución; en la prestación de servicios de suministro de información jurídica y servicios de apoyo; y en la integración de disposiciones institucionales que se correspondan con los nuevos marcos jurídicos y faciliten su aplicación. Estos son retos importantes que habrá que encarar en Rio+10.

2.4 Aprovechamiento efectivo de los instrumentos económicos, así como de los incentivos de mercado y otros incentivos

43. En la 7a. Reunión de la Conferencia de las Partes Contratantes, celebrada en 1999, en la que se aprobó la Resolución VII.15, titulada Incentivos para promover la aplicación del principio de uso racional, se reconoció que la promoción de instrumentos económicos y otros incentivos era una de las prioridades para la Convención de Ramsar. En en esta Resolución, acorde con el Programa 21, se insta a las Partes a "revisar el marco institucional, legal y de política existente o en proceso de desarrollo, para identificar y promover aquellas medidas que alienten la conservación y uso racional de los humedales, y a identificar y remover los incentivos que desalienten la conservación y el uso racional" (párrafo 11).

44. En la misma Resolución se encargó al Grupo de Examen Científico y Técnico de la Convención (GECT) (véase la sección 3.5), que trabajara en cooperación con los órganos pertinentes del Convenio sobre la Diversidad Biológica (CBD) y la Convención sobre las Especies Migratorias, la OCDE, la Asociación Internacional para la Evaluación del Impacto, la UICN y las Partes interesadas para revisar las orientaciones existentes y la información disponible acerca de los incentivos a fin de preparar una serie de recursos con base en Internet que incluyera un catálogo de incentivos y estudios de caso. Este recurso basado en Internet ha sido establecido y se halla en: http://economics.iucn.org/policy/incentives.htm.

45. Se prevé que cuando se celebre la 8a. Reunión de la Conferencia de las Partes en Ramsar en noviembre de 2002, el GECT de la Convención informe sobre los progresos alcanzados en la preparación, aplicación, seguimiento y evaluación de incentivos y la supresión de incentivos que tienen efectos incompatibles con la conservación y el uso racional. Cabe resaltar que se espera que al acometer esta tarea para la Convención el GECT colabore estrechamente con el organismo equivalente del CDB, el SBSTTA, en el marco del Plan de Trabajo Conjunto de ambas Convenciones (véase la sección 8.3).

2.5 Establecimiento de sistemas de contabilidad ecológica y económica integrada

46. La meta fundamental del Programa 21 en este terreno es que todos los Estados Miembros establezcan sistemas de contabilidad ecológica y económica integrada (párrafo 8.42).

47. Por su parte, la Convención de Ramsar ha contribuido a promover esta meta sobre todo procurando conseguir que se dé cabida plena a los verdaderos valores de los humedales, en términos de los bienes y servicios que proporcionan, en las prácticas de evaluación del impacto y en los sistemas de contabilidad nacional en general.

Valoraciones económicas de humedales

48. En 1997 la Convención (en asociación con la Universidad de York, el Institute of Hydrology del Reino Unido y la UICN) publicó Valoración económica de los humedales que se ha reimpreso desde entonces y distribuido en una serie de lenguas nacionales (véase el recuadro informativo). Esta guía para decisores y planificadores ha sido concebida para introducir un poco de claridad y realismo en la evaluación de los costos reales asociados a la pérdida o degradación de humedales.

49. Cuando se celebró la 7a. Reunión de la Conferencia de las Partes, 34 de ellas informaron en sus informes nacionales de que habían tomado medidas para dar cabida a técnicas de valoración económica en sus medidas de planificación y evaluación de los recursos naturales. Pese a ser a todas luces insuficiente, esta cifra parece indicar que está aumentando el grado de reconocimiento entre las Partes de que la incorporación de la economía de los humedales en los debates sobre la ordenación de los recursos naturales es un paso importante hacia el logro de su conservación y uso racional.

50. Los informes nacionales presentados con ocasión de la 7a. Reunión de la Conferencia de las Partes en Ramsar ofrcen algunos ejemplos de países donde se están haciendo valoraciones económicas. En el de México se informó de que la Dirección General de Vida Silvestre formenta la valoración cualitativa de humedales en el plano local a fin de poder de manifiesto los beneficios que reporta utilizar los humedales, y en el de Venezuela que se propuso integrar los recursos naturales en el sistema de contabilidad nacional. En Bangladesh la valoración económica de los humedales se incorporó al Plan Nacional de Ordenación de los Recursos Hídricos, y en la India se están aplicando técnicas de valoración económica en el manejo de tres sitios Ramsar. En África, Uganda ha decidido incluir valoraciones de cada sitio en su programa de inventario de humedales.

Evaluación ambiental estratégica

51. En su 7a. Reunión la Conferencia de las Partes en laa Convención de Ramsar evaluó también las prácticas de evaluación del impacto y nuevas orientaciones, y aprobó la Resolución VII.16, titulada La Convención de Ramsar y la evaluación del impacto - estratégico, ambiental y social. Los informes nacionales para la Conferencia Partes indicaron que en 92 Partes las acciones susceptibles de tener efectos en humedales han de someterse a evaluaciones del impacto ambiental.

52. Además, las Partes reconocieron la necesidad de pasar de la evaluación del impacto ambiental basada en sitios/proyectos a una amplia evaluación estratégica, tomando en consideración planes, programas y políticas gubernamentales enteros y los efectos económicos y sociales de la pérdida de humedales. En la Resolución se alienta a las Partes a "asegurarse de que los procedimientos de evaluación del impacto se orienten a la identificación de los verdaderos valores de los ecosistemas de humedales en términos de los múltiples valores, beneficios y funciones que proveen, para permitir que estos amplios valores ambientales, económicos y sociales se incorporen a los procesos de toma de decisiones y manejo." ("Párrafo 11).

53. En la misma Resolución se solicitó al Grupo de Examen Científico y Técnico de la Convención que trabajara en cooperación con el Convenio sobre la Diversidad Biológica y otras convenciones expertas en la materia para revisar los lineamientos existentes y la información disponible sobre la evaluación del impacto ambiental y la valoración económica de los humedales a fin de preparar una serie de recursos con base en Internet que contenga un catálogo de incentivos y estudios de caso. Este recurso basado en Internet se ha establecido y figura en: http://economics.iucn.org/policy/incentives.htm

2.6 Examen de temas y políticas y ‘cambios de rumbo’ recomendados (estructuras e instituciones de toma de decisiones para el desarrollo sostenible)

54. La contribución de la Convención de Ramsar en este ámbito puede resumirse como sigue:

a) Crecimiento sostenido en la formulación de políticas nacionales de humedales – 12 políticas adoptadas, 6 en proceso de redacción, 50 estrategias adoptadas, 12 en proceso de redacción;

b) Setenta Partes están integrando las cuestiones concernientes a la ordenación de los humedales en instrumentos de política y planificación amplios de desarrollo sostenible y conservación de la biodiversidad;

c) Cuarenta Partes cuentan con un comité consultivo nacional Ramsar o humedales de carácter intersectorial;

d) Incremento de la restauración y rehabilitación de humedales, actividad respaldada en por lo menos 76% de las Partes;

e) Adopción de Lineamientos para elaborar y aplicar políticas nacionales de humedales (Manual 2 del ‘juego de herramientas’ de Ramsar);

f) Cuarenta y cinco Partes han examinado sus marcos legislativos y en 39 esto ha dado lugar a reformas;

g) Adopción de Lineamientos para examinar leyes e instituciones a fin de promover la conservación y el uso racional de los humedales (Manual 2 del ‘juego de herramientas’ de Ramsar para el uso racional);

h) Treinta y cuatro por ciento de las Partes han tomado medidas para introducir la valoración económica de los humedales en la toma de decisiones y la planificación con vistas a la ordenación de los recursos naturales;

i) Noventa y dos Partes prescriben que se preparen evaluaciones del impacto ambiental de las acciones susceptibles de afectar a humedales;

j) Se están preparando series de recursos con base en Internet sobre incentivos y evaluación del impacto;

k) Publicación del manual titulado Valoración económica de los humedales.

55. Desde la óptica de la Convención de Ramsar los retos que deben examinarse en la Cumbre Mundial de 2002 son los siguientes:

a) Que las Partes sigan elaborando y ejecutando políticas y estrategias nacionales de humedales, en consulta con los principales grupos y todas las dependencias del gobierno para asegurar la participación de los ministerios encargados del desarrollo;

b) Que las políticas y estrategias nacionales de humedales se ejecuten como parte integrante de programas ambientales (hidrológicos, de biodiversidad, zonas costeras, etc.) y sociales;

c) Continuar promoviendo y fomentando la restauración y rehabilitación de humedales;

d) Que las Partes continúen examinando sus marcos legislativos e introduciendo reformas apropiadas para asegurar que se cumplan plenamente las obligaciones con arreglo a la Convención de Ramsar y que todos los ministerios respalden tales reformas;

e) Asegurar que los instrumentos económicos y los incentivos de mercado y otros incentivos promuevan la conservación y el uso racional de los humedales y que, por el contrario, se suprima todo incentivo con efectos negativos que promueva prácticas no sostenibles o la destrucción directa de humedales;

f) Continuar aplicando las normas de evaluación del impacto ambiental de las propuestas de desarrollo más rigurosas que sea posible, comprendida la contabilidad plena y exacta de los valores, servicios y beneficios de los humedales;

g) Promover la realización de evaluaciones ecológicas estratégicas para asegurar que ningún programa, plan o política gubernamental sea contrario a las obligaciones en virtud de la Convención de Ramsar.

Examen de políticas y ‘cambios de rumbo’ recomendados para Rio + 10

56. Si bien se han conseguido algunos avances, la mayor parte de los países no ha instituido un sistema de toma de decisiones que dé cabida plena a los factores sociales, económicos y ambientales en el ámbito de las políticas, la planificación y la gestión. No cabe ninguna duda de que es un reto importante alcanzar esta meta, incluso para los países que cuentan con los recursos y la capacidad de hacerlo sin asistencia. Salta a la vista que debido a la naturaleza de los gobiernos, hace falta una voluntad política muy fuerte respaldada por altos cargos y una comunidad comprometida con el logro del desarrollo sostenible para integrar estas corrientes administrativas.

57. Los imperativos de la seguridad alimentaria e hídrica y de la mitigación de la pobreza son también factores importantes que pueden entorpecer el proceso de sustitución de paradigmas por el gobierno y la sociedad civil si no se encara desde la óptica de lograr la sostenibilidad a largo plazo de los servicios de los ecosistemas.

58. Las Partes necesitan al parecer que se les aliente (y respalde en caso necesario) a continuar con sus procesos de reforma jurídica y de las políticas para que el desarrollo sostenible se pueda convertir en realidad. Lo que se observa es un número cada vez mayor de ejemplos o modelos en este sentido y es preciso que Rio+10 halle medios de transferirlos a otros Estados y ponerlos a su disposición. En otros ámbitos, como el de la evaluación del impacto, los instrumentos económicos y los incentivos de mercado y otros incentivos, y la contabilidad ecológica y económica integrada, se cuenta ya con un abanico de opciones para considerar. El reto es conseguir que este abanico sea más fácil de adoptar y adaptar a las situaciones nacionales.

59. Según parece hace también falta que Rio+10 exhorte a las Partes a que contemplen reformas en materia de gobernaza que alcancen dos objetivos principales:

a. establecimiento en cada gobierno de un impulsor principal del desarrollo sostenible capaz de agilizar la integración de los factores sociales, económicos y ambientales. Este impulsor podrá ser un grupo de trabajo, un consejo de alto nivel o ministerio establecido por el Presidente o Primer Ministro y dependiente de él. Sin un compromiso a este nivel con el Programa 21 es difícil prever que se registren progresos rápidamente en muchos países; y

b. la descentralización o delegación de la toma de decisiones al nivel de gestión más apropiado. El ‘enfoque por ecosistemas’ elaborado en el marco del Convenio sobre la Diversidad Biológica preconiza esto en el Principio 2 y hace notar que es posible los sistemas descentralizados redunden en más eficiencia, efectividad y equidad. La experiencia acumulada en los países donde se ha hecho confirma que es así.


Recuadro 3 - Metas y principios de la Política Nacional de Uganda

El Gobierno de Uganda ha adoptado una Política Nacional de Conservación y Manejo de los Recursos de los Humedales para promover la conservación de los humedales a fin de conservar sus valores para el bienestar actual y futuro de la población.

En apoyo de este objetivo la política fija cinco metas:

  • sentar principios que permitan utilizar los recursos de los humedales de forma óptima ahora y en el futuro;
  • poner fin a las prácticas que reducen la productividad de los humedales;
  • conservar la diversidad biológica de los humedales naturales o seminaturales;
  • conservar las funciones y los valores de los humedales; e
  • integrar las preocupaciones concernientes a los humedales en la planificación y la toma de decisiones de otros sectores.

Se aplican tres principios a los esfuerzos encaminados a alcanzar estas metas:

  • Los recursos de los humedales forman parte integrante del medio ambiente y deben administrarse en el contexto de una interacción de la conservación y las estrategias y actividades nacionales de desarrollo.
  • La conservación de los humedales sólo se puede lograr mediante un enfoque coordinado y de cooperación en el que tomen parte todas las personas y organizaciones interesadas del país, incluidas las comunidades locales.
  • Reviste una importancia vital para la conservación y el manejo de los humedales que las actitudes y puntos de vista de los ugandeses respecto de los humedales cambien.

Se formulan 36 declaraciones de política específicas sobre cómo se alcanzarán las metas, así como una serie de orientaciones preliminares dirigidas a los usuarios de los recursos de los humedales.

Tomado del Manual 2 del "Juego de herramientas" de Ramsar para el uso racional, "Elaboración y aplicación de políticas nacionales de humedales"

Recuadro 4 - La restauración y rehabilitación como elemento de la planificación nacional para la conservación y el uso racional de los humedales

Los problemas y acontecimientos en el campo de la restauración de humedales han sido examinados por la Conferencia de las Partes Contratantes en varias reuniones y salta a la vista que hoy se reconoce en todo el mundo que la reparación de humedales es un componente vital de la restauración o conservación de unos ecosistemas ‘sanos’, especialmente para los sistemas fluviales y las zonas costeras. En su 7a. Región la Conferencia de las Partes en Ramsar debatió la cuestión de velar por que la restauración y la rehabilitación de humedales forme parte integrante de las políticas y los procesos nacionales y subnacionales de planificación. Hans Skotte Moller, del Organismo Nacional Forestal y de la Naturaleza de Dinamarca, preparó un documento analítico al respecto (Ramsar COP7 DOC. 17.4) en consulta con otros expertos. Este documento puede ser solicitado a la Oficina de Ramsar o consultado en su sitio Web (http://ramsar.org/cop7 docs index.htm). En dicha Reunión la Conferencia adoptó también la Resolución VII.17, que trata del mismo tema, a la que se adjuntaron como anexos los siguientes elementos u orientaciones para que se tengan en cuenta a la hora de planificar o ejecutar programas o proyectos de restauración o rehabilitación de humedales.

Elementos que cabe tener en cuenta en los programas y proyectos de rehabilitación de humedales

1. La legislación y los planes nacionales sobre la protección y el uso sostenible de la naturaleza y del medio ambiente así como sobre la gestión del agua deberían ampliarse para abarcar la obligación o (al menos) la opción de restauración de los humedales. Esta ampliación tal vez fomentaría también la asignación de fondos para la restauración. Deben definirse los objetivos y las prioridades de la restauración a nivel estratégico, haciendo referencia a la pérdida de funciones, procesos y componentes de humedales.

2. Debe atribuirse prioridad a los programas que contribuyen al cumplimiento de las obligaciones internacionales respecto de la conservación y el uso sostenible de los humedales.

3. Hay muchos objetivos, como la conservación de la biodiversidad, el suministro de recursos alimentarios fiables, el abastecimiento de agua potable, la depuración, el control de crecidas y las actividades recreativas, que en muchos casos pueden incrementar la sostenibilidad y los beneficios globales de un proyecto de restauración.

4. Es preciso identificar a todos los interesados y lograr su participación en una etapa temprana. La realización de un proyecto depende de la cooperación entre los propietarios y/o los usuarios de la tierra, las autoridades públicas y los políticos a distintos niveles, los organismos de asesoramiento científico y las organizaciones no gubernamentales.

5. Es preciso supervisar y evaluar los efectos y la difusión de la información sobre los resultados. Es necesario garantizar que la información revierta en la ejecución del programa o proyecto y, en caso necesario, deberán introducirse ajustes para alcanzar los objetivos fijados.

6. Antes de aprobar y ejecutar un programa o un proyecto se recomienda realizar una evaluación del impacto ambiental y un análisis de rentabilidad (estratégicos).

7. La aplicación satisfactoria de proyectos piloto puede ser un estímulo y un modelo para elaborar futuros proyectos y programas de restauración.

8. Tanto durante la ejecución como después de la aplicación de los programas y proyectos es importante la información general y a nivel de la población sobre los efectos y consecuencias.

9. Para evaluar previamente los proyectos en relación con su utilidad y viabilidad, es importante formular, entre otras, las preguntas siguientes:

9.1 ¿Se conseguirán beneficios ambientales, es decir, un mejoramiento del suministro y la calidad del agua, menor eutroficación, conservación de los recursos de agua potable y de la biodiversidad, mejor manejo de los "recursos húmedos", control de crecidas)?.

9.2 ¿Cuál es la eficacia del proyecto en función de los costos? (Las inversiones y los cambios deben ser sostenibles a largo plazo y sus resultados no han de ser sólo temporales. Debe procurarse que los costos sean reducidos en la etapa de construcción y que, posteriormente, los costos de mantenimiento también sean reducidos o, incluso, nulos. Es preciso tener en cuenta los posibles beneficios añadidos que se obtendrán en la zona del proyecto.)

9.3 ¿Qué opciones, ventajas o desventajas supondrá la zona restaurada para la población local y para la región? Esto puede abarcar las condiciones sanitarias, los recursos básicos de alimentos y agua, el aumento de las posibilidades de desarrollar actividades recreativas y de ecoturismo, el mejoramiento de los valores paisajísticos, la utilización con fines educativos, la conservación de sitios históricos o religiosos, etc.

9.4 ¿Cuál es el potencial ecológico del proyecto? ¿Cuál es la situación actual de la zona desde el punto de vista de los valores biológicos y de hábitat? ¿Cómo se prevé el desarrollo de la zona con respecto a la hidrología, la geomorfología, la calidad del agua, las comunidades de fauna y flora, etc.?

9.5 ¿Cuál es la situación actual de la zona con respecto al uso de la tierra? La situación será muy diferente según se trate de países en desarrollo, países con economías en transición y países desarrollados, así como en función de los distintos objetivos de restauración y rehabilitación. Concretamente, en la situación actual muchas veces es posible introducir mejoras en las tierras marginales que proporcionan pocos beneficios.

9.6 ¿Cuáles son las principales limitaciones socioeconómicas? ¿Existe un interés real a nivel local y regional en realizar el proyecto?

9.7 ¿Cuáles son las principales limitaciones técnicas?

Tomado del Manual 2 del ‘juego de herramientas’ de Ramsar para el uso racional, "Elaboración y aplicación de políticas nacionales de humedales"

Recuadro informativo 5 - Racionalización de las leyes e instituciones de Costa Rica mediante una ley nacional de humedales

Costa Rica ha elaborado una Estrategia Nacional de Conservación de los Humedales, lo que representa un paso importante hacia el cumplimiento de sus obligaciones con arreglo a la Convención de Ramsar. La Estrategia, cuya meta es lograr el uso racional de los recursos de los humedales, constituye un llamamiento a proteger y usar racionalmente los ecosistemas de humedales mediante la puesta a punto de herramientas técnicas, jurídicas y administrativas para los numerosos grupos que se interesan por la conservación de los humedales. Estos grupos comprenden organizaciones gubernamentales, gobiernos locales, ONG, el sector privado y los usuarios locales.

Para elaborar la Estrategia hizo falta un gran esfuerzo para documentar la legislación y las políticas de humedales en un intento por racionalizar la confusa gama de instituciones e instrumentos legislativos relacionados con la conservación de los humedales. Durante este proceso quedó claro que la legislación vigente, juntamente con las numerosas autoridades con responsabilidades sobre los humedales, redundaba en confusión y superposición de atribuciones administrativas. Se estimó que esto representaba un impedimento grave a la aplicación de los principios de uso racional de la Convención y que ponía de relieve la necesidad de promulgar una nueva ley de humedales que regulase el uso de los ecosistemas de humedales.

La evolución del proyecto de ley de humedales se resume a continuación. Las seis etapas reflejan la importancia de la elaboración de una Estrategia Nacional y del correspondiente examen y análisis de la legislación en la redacción de esta nueva ley.

Primer paso: Al elaborar la Estrategia Nacional de Conservación de los Humedales, el Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) sostuvo una serie de consultas con especialistas nacionales y extranjeros para preparar un conjunto de informaciones básicas relativas a los humedales y su uso racional.

Segundo Paso: En el curso de este proceso, se recopilaron todas las leyes y políticas relacionadas con los humedales, así como los acuerdos internacionales ratificados por el país que guardaban una relación directa con la conservación y el uso racional de los humedales.

Tercer paso: Se analizó el resumen de la legislación y las políticas y se publicó una Guía de los procedimientos para el manejo de los humedales de Costa Rica. En la Guía se presentan las leyes y los procedimientos más importantes para la conservación y el uso racional de los humedales, así como un análisis sucinto de las experiencias adquiridas en el manejo de los humedales.

Cuarto paso: La información recogida a raíz de los pasos primero a tercero puso de manifiesto que hacía falta una Ley de Humedales y se estableció una Comisión multidisciplinaria encargada de poner en marcha el proceso. La Comisión estuvo integrada por representantes de varios ministerios (incluido el MINAE), así como por expertos en ecología de los humedales, derecho ambiental, ingenieros forestales, sociólogos y economistas. Tras una serie de reuniones, la Comisión redactó la primera versión del proyecto de ley de humedales.

Quinto paso: El proyecto se presentó a los distintos sectores de la sociedad que habían participado en la elaboración de la Estrategia Nacional y se perfeccionó en el marco de una serie de seminarios. El proyecto se mandó también por correo a distintas organizaciones gubernamentales, empresas privadas, funcionarios públicos y expertos extranjeros para recabar sus comentarios y observaciones.

Sexto paso: Tras 11 revisiones del proyecto, reflejo de un intento serio por involucrar a todos los sectores de la sociedad en el proceso de redacción y producir un documento consensuado, el proyecto definitivo quedó listo para ser presentado a la Asamblea Legislativa.

En el proyecto se propone que el MINAE y uno de sus organismos, el SINAC (Sistema Nacional de Áreas de Conservación), se encarguen de la administración, la conservación y uso racional de los humedales del área continental-insular de Costa Rica y de las áreas naturales protegidas. Estas entidades se encargarán también de coordinar el manejo y la protección de los humedales con otras instituciones.

La nueva Ley de Humedales debería ayudar a resolver algunos de los problemas identificados mientras se elaboró la Estrategia Nacional de Conservación de los Humedales de Costa Rica.

El texto íntegro del estudio de caso titulado ‘Legal aspects of the conservation and wise use of wetlands in Costa Rica’ (‘Aspectos jurídicos de la conservación y el uso racional de los Humedales en Costa Rica’), de Grethel Aguilar, UICN- Unión Mundial de Conservación, Suiza, se puede consultar en la página Web de la Oficina de Ramsar: http://ramsar.org/wurc_index.htm.

Tomado del Manual 3 del ‘juego de herramientas’ de Ramsar para el uso racional, "Lineamientos para examinar leyes e instituciones a fin de promover la conservación y el uso racional de los humedales"

Recuadro 6 - Australia promulga ley sin precedentes para proteger sitios Ramsar y aves migratorias

En julio de 2000 el gobierno nacional de Australia promulgó una ley - la Environment Protection and Biodiversity Conservation Act 1999 (ley de protección del medio ambiente y conservación de la biodiversidad de 1999) – que confirió por primera vez en este país un régimen jurídico especial a los humedales de importancia internacional y a las aves migratorias. La ley sustituyó (y dejó sin efecto) varios textos legislativos existentes, si bien cabe señalar que ninguno de ellos se aplicaba a los sitios Ramsar o a las aves migratorias.

La Ley declara de "importancia ecológica nacional" y da protección a los sitios Ramsar y a las especies migratorias (además de los bienes del Patrimonio Mundial, las especies y comunidades amenazadas, etc.). En lo que respecta a los sitios Ramsar, el Título 6 de la Ley enuncia los deberes jurídicos, que comprenden describir y mantener las ‘características ecológicas’ de los sitios, formular y ejecutar planes para conservarlos y promover el uso racional, preparar planes de manejo apropiados y normas de evaluación del impacto que habrán de aplicarse en caso de necesidad. La Ley consagra asimismo lo que se ha dado en llamar principios australianos de administración de sitios Ramsar, que dan orientaciones acerca del contenido de los planes de manejo de las zonas declaradas sitios Ramsar.

Quizá uno de los aspectos más innovadores de la nueva ley es que faculta al Ministro Federal Australiano de Medio Ambiente para ‘declarar’ como tal a cualquier humedal siempre que se haya cerciorado de que "reviste importancia internacional en términos ecológicos, botánicos, zoológicos, limnológicos o hidrológicos", y cuando las características ecológicas de todo el sitio o una parte de él estén amenazadas. Esta nueva potestad significa que cualquier humedal que reúne los requisitos para ser inscrito en la Lista de Ramsar y enfrenta una amenaza puede ser protegido por el Gobierno Federal.

En cuanto a la fauna migratoria, la nueva ley reconoce que algunas especies incluidas en la lista ‘son de importancia ecológica nacional’ y que por tanto deben ser protegidas. Entre tales especies figuran todas las que están sujetas a los acuerdos bilaterales sobre aves migratorias concertados por Australia con el Japón y China– comprendidas todas las aves costeras migratorias que emplean la vía migratoria de Asia-Australasia Oriental.

Esta ley es nueva en el contexto de Ramsar, primero porque confiere a los sitios Ramsar y a las aves migratorias una protección jurídica mucho más rigurosa que en ningún otro momento. Segundo, la ley consagra legalmente conceptos de Ramsar tales como el de ‘características ecológicas’. Tercero, la ley prescribe que se determinen las características ecológicas de referencia de todos los sitios Ramsar y que se elaboren planes de manejo respecto de todos ellos (los que han de ceñirse a determinadas normas). Cuarto, la ley prevé un mecanismo de protección de todo humedal que cumpla los criterios de la Convención, aun cuando no haya sido designado sitio Ramsar. Quinto, la nueva ley pone mucho énfasis en el control de las amenazas externas a los sitios propiamente dichos, como las que pueden dimanar de decisiones desacertadas de gestión de recursos hídricos en otra parte de la cuenca, o el impacto potencial de una especie invasora en el sitio. Y, por último, la ley va dirigida también a promover la participación de los interesados directos y la práctica de consultarlos.

Para mayores informaciones sobre la Ley diríjase a la página Web de Environment Australia en: http://www.environment.gov.au/epbc/

 

Recuadro 7 - Valoración económica de los humedales
de Edward B. Barbier, Mike Acreman y Duncan Knowler

Este manual de 143 páginas, publicado en 1997, aporta orientaciones prácticas dirigidas a los encargados de formular políticas y planificadores respecto de la aplicación de técnicas de valoración económica en el manejo de los humedales.

Tras una corta sinopsis sobre la importancia de los humedales y de las numerosas causas de pérdidas de los mismos, los autores explican el papel de la valoración económica en la toma de decisiones. Analizan por qué los valores de los humedales suelen infraestimarse y subrayan la necesidad de que las Partes Contratantes en la Convención de Ramsar empleen técnicas apropiadas de valoración para garantizar la conservación y el uso racional de sus humedales. Los autores aportan un marco detallado para evaluar los beneficios económicos de usos alternativos de los humedales, que presentan como un proceso dividido en tres etapas:

  • determinación del problema y elección del método de evaluación económica acertado;
  • determinación del alcance y los límites del análisis, así como de la información requerida por el método de evaluación elegido; y
  • determinación de métodos de recogida de datos y técnicas de valoración requeridos por la evaluación económica, comprendido cualquier análisis de los impactos distributivos.

La finalización con éxito de las tres etapas debería redundar en una valoración económica del humedal e indicar a los encargados de formular políticas/adoptar decisiones si la opción se ha de llevar o no adelante. En uno de los capítulos siguientes las tres etapas se dividen en siete pasos prácticos que ofrecen al lector recomendaciones pormenorizadas para escoger la metodología más apropiada y llevar a cabo el estudio de valoración.

Seis estudios de caso sirven de demostraciones inestimables de aplicación de varias técnicas sobre el terreno empleando una serie de métodos en distintos tipos de humedales y diversas zonas geográficas. Además de poner de relieve la necesidad de integrar los enfoques ecológico, hidrológico y económico, demuestran que la valoración no es un fin en sí, sino que ha de ir dirigida a las cuestiones de política. El libro contiene un glosario completo y diez páginas de bibliografía, que incrementan aún más su utilidad.

El libro está disponible en español, francés e inglés en la página Web de la Oficina de la Convención de Ramsar en http://ramsar.org/index_lib.htm.

y lo distribuye también:
IUCN Publication Services Unit
219c Huntingdon Road, Cambridge CB3 0DL, Reino Unido
Fax: +44 1223 277 175
Correo electrónico: info@books.iucn.org

 

Recuadro 8 – Valoración de los servicios de los humedales - reposición de aguas subterráneas

  • Muchos humedales contribuyen a recargar acuíferos subterráneos que almacenan 97% del agua no congelada del mundo.
  • Las aguas subterráneas revisten una importancia crítica para miles de millones de personas como única fuente de abastecimiento de agua potable.
  • Las aguas subterráneas son la única fuente de abastecimiento de agua de muchos programas de regadío – 17% de las tierras cultivadas del mundo son de regadío.
  • En el Valle de Messara en Creta casi el 50% de la recarga procede de lechos de ríos de la cuenca.
  • En Túnez tres ríos recargan acuíferos durante la época de crecidas – los ríos se secan durante una parte del año, pero los acuíferos suministran agua de regadío todo el año.
  • Un pantano de 223.000 hectáreas en la Florida ha sido valorado en 25 millones de dólares E.U.A. por año debido al papel que juega en la recarga del acuífero.
  • En el norte de Nigeria el valor de la función de los humedales en la recarga de los acuíferos para uso doméstico se ha calculado en 4,8 millones de dólares por año.

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Para más información, se ruega contactar: Oficina de la Convención de Ramsar, Rue Mauverney 28, CH-1196 Gland, Suiza (Tel: +41 22 999 0170, Fax: +41 22 999 0169, E-mail ramsar@ramsar.org). Este texto se incluyó en el sitio Web el 26 de marzo de 2001. Dwight Peck, Ramsar.