La
Convención de Ramsar sobre los Humedales
La 9ª Reunión de la Conferencia de las Partes Contratantes
| "Los humedales
y el agua: ¡mantienen la vida, nos dan el sustento" 9ª Reunión de la Conferencia de las Partes Contratantes de la Convención sobre los Humedales (Ramsar, Irán, 1971) Kampala, Uganda, 8 a 15 de noviembre de 2005 |
| Punto IX del orden del día |
Ramsar
COP9 DR 1
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Orientaciones científicas y técnicas adicionales para llevar a la práctica el concepto de Ramsar de uso racional
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Nota explicativa de la Secretaría 1. En su reunión de marzo de 2005, el Subgrupo del Comité Permanente sobre la COP9, como parte de su respuesta a la Resolución VIII.45 a fin de racionalizar el proceso de preparación y examen de las Resoluciones de la COP (véase el DOC. SC31-5), aprobó, mediante la Decisión COP9 SG-3, la propuesta del Grupo de Examen Científico y Técnico de presentar a la COP dos proyectos de resoluciones técnicas, una que contiene nuevas orientaciones que se proponen como anexos, y otra que recomienda la futura labor científica y técnica de la Convención. La 31ª reunión del Comité Permanente aprobó que la COP9 examinara dichas propuestas. 2. El proyecto de Resolución de la COP9 (COP9 DR1) adjunto a la presente nota tiene por objeto abordar una serie de marcos clave de la aplicación científica y técnica y lineamientos técnicos de apoyo preparados por el GECT durante el trienio 2003-2005 como tareas prioritarias del plan de trabajo del GECT para 2003-2005, siguiendo las instrucciones del Comité Permanente a raíz de las tareas solicitadas por la COP8. 3. Cada uno de estos marcos y lineamientos se adjunta como un anexo al presente DR. A fin de facilitar las referencias, cada uno de estos anexos se incluye en los documentos de la COP9 como documento separado (COP9 DR1 Anexo A a Anexo E). Está previsto que el documento DR1 y sus anexos se presenten a la COP9 para su aprobación dentro del punto IX del orden del día. 4. La segunda resolución técnica de la COP9, que aborda las futuras prioridades para la aplicación científica y técnica de la Convención, corresponde al documento COP9 DR2. |
Orientaciones científicas y técnicas adicionales para llevar a la práctica el concepto de Ramsar de uso racional
1. TENIENDO PRESENTE el conjunto de lineamientos científicos y técnicos y otros documentos preparados por el Grupo de Examen Científico y Técnico (GECT) para ayudar a las Partes Contratantes a llevar a la práctica la conservación y el uso racional de los humedales;
2. TOMANDO NOTA de que la 8ª reunión de la Conferencia de las Partes (COP8) encargó al GECT que preparara asesoramiento y orientaciones adicionales, a fin de que las Partes Contratantes pudieran examinarlos en la COP9, sobre asuntos como, entre otros, el inventario y la evaluación, el uso racional, el manejo de los recursos hídricos, la designación y manejo de sitios Ramsar, y la evaluación de la eficacia de la aplicación de la Convención;
3. AGRADECIENDO al GECT por el trabajo realizado en la preparación del asesoramiento y las orientaciones que se adjuntan a la presente Resolución, así como por haber puesto a disposición de las Partes Contratantes y otras entidades los exámenes e informes técnicos de apoyo en forma de Informes Técnicos de Ramsar; y
4. AGRADECIENDO ASIMISMO al Gobierno de Suecia, la UICN, el Fondo Mundial para la Naturaleza (WWF), el World Fish Centre, y la Water Research Commission (Sudáfrica), el apoyo financiero que han proporcionado al GECT y a sus grupos de trabajo para la preparación del asesoramiento, las orientaciones y los informes técnicos, y EXPRESANDO SU AGRADECIMIENTO a las numerosas organizaciones que han proporcionado un importante apoyo en especie a la labor del Grupo;
LA CONFERENCIA DE LAS PARTES CONTRATANTES
5. APRUEBA el Marco conceptual para el uso racional de los humedales y el mantenimiento de sus características ecológicas (Anexo A a la presente Resolución) y sus definiciones actualizadas de "uso racional" y "características ecológicas", y CONFIRMA que éstas sustituyen a todas las definiciones anteriores de estos términos;
6. APRUEBA ASIMISMO el Marco estratégico y lineamientos revisados para el desarrollo futuro de la Lista de Humedales de Importancia Internacional (Anexo B a la presente Resolución), ENCARGA a la Secretaría de Ramsar que introduzca esos cambios en la preparación de una nueva edición del Manual Ramsar sobre el uso racional Nº 7, incluidas las revisiones de la Ficha Informativa de los Humedales Ramsar (FIR), e INSTA a todas las Partes Contratantes que estén preparando una Ficha Informativa Ramsar (FIR) para designar un nuevo sitio para inscripción en la Lista de Ramsar y para actualizar la FIR de sitios ya designados, a que faciliten esa información a la Secretaría de Ramsar ciñéndose al modelo revisado;
7. ACOGE CON AGRADO los marcos, lineamientos y demás asesoramiento proporcionados en los Anexos C, D, y E de la presente Resolución y PIDE a las Partes Contratantes que hagan un buen uso de los mismos cuando proceda, adaptándolos según sea necesario en respuesta a las condiciones y circunstancias nacionales, y en el marco de las iniciativas y compromisos regionales existentes;
8. EXHORTA a las Partes Contratantes a que preparen esos marcos, lineamientos y demás asesoramiento a la atención de todas las partes interesadas pertinentes, incluidos, entre otros, ministros de gobierno, departamentos e instituciones, autoridades responsables del manejo del agua y de la ordenación de las cuencas fluviales, organizaciones no gubernamentales y la sociedad civil; y ADEMÁS INSTA a las Partes Contratantes a alentar a dichos interesados directos a que tengan en cuenta esos lineamientos, junto con los del "Juego de Herramientas de Ramsar" (Manuales Ramsar para el uso racional de los humedales, 2ª edición), en la adopción de decisiones y en las actividades relacionadas con el logro del uso racional de los humedales a través del mantenimiento de sus características ecológicas; y
9. ENCARGA a la Secretaría de Ramsar que difunda ampliamente los marcos y lineamientos anexos a la presente Resolución, incluso por medio de la modificación y actualización del "Juego de Herramientas de Ramsar" (Manuales Ramsar para el uso racional de los humedales).
Anexos
| Anexo A | Marco conceptual para el uso racional de los humedales y el mantenimiento de sus características ecológicas |
| Anexo B | Marco estratégico y lineamientos revisados para el desarrollo futuro de la Lista de Humedales de Importancia Internacional |
| Anexo C | Marco
integrado para los lineamientos de la Convención de Ramsar en relación
con el agua, con inclusión de nuevas directrices anexas, de la
siguiente manera: i) Ordenación de las cuencas fluviales: orientaciones adicionales y marco general para el análisis de estudios monográficos; ii) Lineamientos para el manejo de las aguas subterráneas a fin de mantener las características ecológicas de los humedales. |
| Anexo D | Indicadores ecológicos "orientados a los resultados" para evaluar la aplicación efectiva de la Convención de Ramsar |
| Anexo E | Marco
integrado para la evaluación y la supervisión del inventario
de humedales, con inclusión de nuevas directrices anexas, de la
siguiente manera: i) Directrices para la evaluación rápida de la biodiversidad de los humedales continentales, costeros y marinos |
Para
más información, se ruega contactar: Secretaría de la Convención de
Ramsar, Rue Mauverney 28, CH-1196 Gland, Suiza (Tel: +41 22 999 0170, Fax:
+41 22 999 0169, E-mail
).
Este texto se incluyó en el sitio Web el 8 de agosto de 2005, Dwight Peck, Ramsar.