La
Convención sobre los Humedales
10ª Reunión de la Conferencia de las Partes Contratantes en la Convención sobre los Humedales
| "Humedales
Sanos, Gente Sana" 10ª Reunión de la Conferencia de las Partes Contratantes en la Convención sobre los Humedales (Ramsar, Irán, 1971) República de Corea, 28 de octubre a 4 de noviembre de 2008 |
| Punto XV del orden del día |
Ramsar
COP10 DR 4 |
Proyecto de Resolución X.4
Establecimiento de un Comité de Transición del Grupo de Trabajo Administrativo
Presentado por el Comité Permanente
1. RECORDANDO que la Conferencia de las Partes Contratantes (COP), en su Resolución IX.24 (2005), estableció el Grupo de Trabajo Administrativo (GTA) en el Comité Permanente encargado de revisar los distintos sistemas y estructuras administrativos existentes en el marco de la Convención, y que el GTA se compone de los Presidentes y Vicepresidentes de los Comités Permanentes anterior y actual; de los Presidentes de los Subgrupos de Finanzas anterior y actual del Comité Permanente y del Grupo de Examen Científico y Técnico (GECT); del Secretario General ex officio, y de cualesquiera otras Partes interesadas;
2. RECONOCIENDO que el Grupo de Trabajo Administrativo ha demostrado ser un valioso instrumento para guiar las relaciones de trabajo entre el Comité Permanente y la Secretaría, tanto durante el período entre sesiones como en asociación con las reuniones del Comité Permanente, y DESEOSA de que el GTA continúe llevando a cabo esa función en el futuro;
3. EXPRESANDO SU AGRADECIMIENTO por la labor de los miembros del GTA que han participado en ese examen continuo de las estructuras administrativas y en la supervisión racional de los asuntos de la Secretaría en el marco de la Convención; y
4. CONSCIENTE de la importancia de los conocimientos heredados para garantizar una transición paulatina al principio de cada trienio desde un Comité Permanente al recién elegido después de cada reunión de la Conferencia de las Partes Contratantes, y PREOCUPADA por encontrar un mecanismo de bajo costo para asegurar la transferencia de ese bagaje de conocimientos y experiencias;
LA CONFERENCIA DE LAS PARTES CONTRATANTES
5. REAFIRMA el establecimiento del Grupo de Trabajo Administrativo en el futuro y ADOPTA el texto revisado en el anexo a esta Resolución para los párrafos de la parte dispositiva de la Resolución IX.24, a fin de eliminar las referencias limitadas en el tiempo de esa Resolución;
6. ESTABLECE un Comité de Transición del GTA que deberá reunirse justo antes de la primera reunión de trabajo sustantivo del nuevo Comité Permanente después de cada COP, que tenga un orden del día acordado y cuya finalidad sea permitir que los oficiales del CP salientes informen a los oficiales entrantes de las prácticas consuetudinarias y las cuestiones pendientes;
7. CONVIENE en que el Comité de Transición se componga de los Presidentes y Vicepresidentes del Comité Permanente y los Presidentes del Subgrupo de Finanzas, salientes y de nueva elección, junto con el Secretario General y el Secretario General Adjunto, ex officio, y en que estará presidido por el Presidente entrante del CP; e
8. INSTA a los miembros del Comité de Transición a que velen por que las consecuencias financieras que se puedan derivar de esta sesión informativa se reduzcan al mínimo posible.
Anexo
Texto revisado de la Resolución IX.24 (2005)
La Conferencia de las Partes Contratantes encarga a la Secretaría que modifique los párrafos de la parte dispositiva de la Resolución IX.24 sustituyéndolos por el texto siguiente.
LA CONFERENCIA DE LAS PARTES CONTRATANTES
7. ESTABLECE un Grupo de Trabajo Administrativo encargado de examinar y revisar los distintos sistemas y estructuras administrativos existentes en el marco de la Convención y de informar y presentar sus recomendaciones a cada reunión de la Conferencia de las Partes sobre:
a) el mejoramiento de los mandatos y/o procedimientos operativos del Comité Permanente, el Subgrupo de Finanzas, el Grupo de Examen Científico y Técnico, las reuniones regionales y la Secretaría;
b) el establecimiento de cualesquiera estructuras administrativas nuevas que el Grupo de Trabajo pudiera considerar necesarias; y
c) el fortalecimiento de los nexos entre las Partes Contratantes y sus Organizaciones Internacionales Asociadas;
8. DECIDE que el Grupo de Trabajo Administrativo quede integrado por:
a) el Presidente y el Vicepresidente del Comité Permanente del trienio precedente;
b) el Presidente y el Vicepresidente del Comité Permanente establecido para el siguiente trienio;
c) los Presidentes del Subgrupo de Finanzas de los Comités Permanentes anterior y posterior;
d) los Presidentes del Grupo de Examen Científico y Técnico del trienio anterior y posterior;
e) cualesquiera otras Partes Contratantes, teniendo presente la conveniencia de que exista una participación regional equitativa;
f) representantes de las Organizaciones Internacionales Asociadas;
g) el Secretario General ex officio; y
h) un experto competente en examen de cuestiones de organización, cuando sea necesario, que será designado por el Grupo de Trabajo, a reserva de que no haya repercusiones en el presupuesto de la Convención.
9. ENCARGA al Grupo de Trabajo Administrativo que informe periódicamente al Comité Permanente sobre los progresos logrados y que comunique sus conclusiones a cada reunión de la COP.
Por razones de economía, este documento se imprimirá en cantidades limitadas y no se distribuirá en la reunión. Se solicita a los delegados que traigan consigo sus copias y no soliciten copias adicionales durante la reunión.
Para
más información, se ruega contactar: Secretaría
de la Convención de Ramsar, Rue Mauverney 28,
CH-1196 Gland, Suiza (Tel: +41 22 999 0170, Fax: +41 22 999 0169, E-mail
).
Este texto se incluyó en el sitio Web el 30 de junio de 2008. Dwight Peck,
Ramsar.