Resolución 4.2: Idiomas de Trabajo de la Conferencia de la Partes Contratantes
4a. Reunión de la Conferencia de las Partes Contratantes
Montreux, Suiza
27 de junio al 4 de julio de 1990
OBSERVANDO que una cantidad creciente de países latinoamericanos se están convirtiendo en Partes Contratantes en la Convención;
CONSCIENTE de la necesidad de mejorar la comunicación con los Estados latinoamericanos y con otras Partes Contratantes y Observadores, y realzar su participación;
CONSIDERANDO que es indispensable para la eficacia de la Convención aumentar la cantidad de Partes Contratantes;
CONVENCIDA de que si se añade el idioma español como idioma de trabajo prestando servicios de interpretación en las Reuniones de la Conferencia de las Partes Contratantes, se facilitaría la adhesión de los Estados latinoamericanos y otros Estados a la Convención;
LA CONFERENCIA DE LAS PARTES CONTRATANTES
DECIDE que el español será un idioma de trabajo de la Conferencia de las Partes Contratantes.
La versión en español de este documento fue preparada para información de las Partes Contratantes antes de la COP5 de Ramsar (Kushiro, Japón, 1993) y por lo tanto no constituye una versión oficial del mismo.

